DECRETO No. 17-2025: PUBLICADO EN FECHA 7 DE JUNIO DEL 2025, EN LA GACETA No. 36,858
Decreto No. 17-2010
Poder Legislativo DECRETO No. 17-2025 EL CONGRESO NACIONAL, CONSIDERANDO: Que la Ley de Fortalecimiento de los Ingresos, Equidad Social y Racionalización del Gasto Público, contenida en el Decreto No.17-2010 del 28 de Marzo de 2010, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” de fecha 23 de Abril de 2010, autoriza al Poder Ejecutivo para que suscriba los convenios sobre los empréstitos que considere necesarios en virtud del estado de emergencia actual de las Finanzas Públicas y que deban ser financiados con capital externo; Aprobándose para tal efecto los proyectos de convenio correspondientes, sin perjuicio de su posterior ratificación por parte del Congreso Nacional, una vez firmados los mismos por el Poder Ejecutivo y el Organismo de Crédito Externo de que se trate. CONSIDERANDO: Que la agricultura y el sector agroalimentario internacional enfrentan desde la segunda década del presente Siglo XXI una convulsionada situación que combina aspectos políticos, ambientales, sanitarios y económicos. Esa combinación causa incertidumbre en la decisión de producir a nivel nacional. Por otro lado, el cambio climático amenaza la producción alimentaria, demandando alternativas de adaptación y mitigación que resulten en nuevos materiales genéticos y sistemas agroalimentarios sostenibles. CONSIDERANDO: Que el Gobierno de la República, mediante la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG), facilita insumos al sector agro productivo nacional, que le permita ingresar, crecer y desarrollarse, en forma competitiva en los mercados adecuados, a través de las cadenas agroalimentarias y de estrategias que generen un mayor impacto en el sector. CONSIDERANDO: Que la situación alimentaria y nutricional de la población hondureña está influenciada por una serie de factores interrelacionados, destacando entre ellos los comportamientos socioculturales, bajos niveles de ingresos familiares y las limitaciones en el acceso a la educación. Asimismo, la insuficiente cobertura de los servicios de salud, sumada a la falta de condiciones adecuadas de higiene y saneamiento, especialmente en las áreas rurales, contribuyen a esta problemática. La interacción de estos factores sociales y una debilitada capacidad de resiliencia frente al cambio climático ha intensificado tanto la inseguridad alimentaria como la mal nutrición, impactando de manera más severa a mujeres, niños, jóvenes y comunidades indígenas. CONSIDERANDO: Que el Plan de Gobierno para la Refundación de la Patria y la construcción del Estado Socialista y Democrático 2022-2026, propone elaborar una estrategia contra la pobreza rural y por la soberanía alimentaria, enfocada en las zonas más vulnerables. Esta iniciativa prioriza el fortalecimiento de la producción local, el acceso a recursos esenciales y el apoyo a pequeños productores, buscando reducir la desigualdad y mejorar la calidad de vida en las comunidades rurales. CONSIDERANDO: Que la Política de Estado del Sector Agroalimentario de Honduras 2023-2043 se orientó en la prioridad de lograr seguridad alimentaria, e incursionar en mejorar las cifras de soberanía alimentaria para los principales productos de la dieta alimenticia del hondureño, sin olvidar el potencial de agro industrialización e incremento de la comercialización nacional e internacional.
CONSIDERANDO: Que el Contrato de Préstamo No.15882P, suscrito el 13 de Diciembre de 2024, entre el Fondo OPEP para el Desarrollo Internacional, en su condición de Prestamista y el Gobierno de la República de Honduras, en su condición de Prestatario del financiamiento para la ejecución del “Proyecto para el Fortalecimiento de la Innovación, Resiliencia y Sostenibilidad de los Sistemas Agroalimentarios en el Centro- Norte de Honduras (INNOVASAN)”, tiene por objetivo mejorar los ingresos, la seguridad alimentaria, nutricional y la resiliencia al cambio climático de las familias de los pequeños productores rurales en condición de vulnerabilidad y pobreza, con el desarrollo de sistemas agroalimentarios sensibles a la nutrición resilientes al cambio climático. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 205, Atribución 19) de la Constitución de la República; es potestad del Congreso Nacional: Aprobar o improbar los contratos que lleven involucrados exenciones, incentivos y concesiones fiscales, o cualquier otro contrato que haya de producir o prolongar sus efectos el siguiente período de Gobierno de la República. CONSIDERANDO: Que conforme al Artículo 205, Atribución 1) de la Constitución de la República, es potestad del Congreso Nacional: Crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes. POR TANTO, D E C R E T A
Artículo 1 — - Aprobar en todas y cada una de sus partes
el CONTRATO DE PRÉSTAMO NO.15882P, suscrito el 13 de Diciembre del 2024, entre el Fondo OPEP para el Desarrollo Internacional, en su condición de Prestamista y el Gobierno de la República de Honduras, en su condición de Prestatario del financiamiento, hasta por un monto de QUINCE MILLONES DE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD15,000,000.00), recursos destinados a la ejecución del “PROYECTO PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA INNOVACIÓN, RESILIENCIA Y SOSTENIBILIDAD DE LOS SISTEMAS AGROALIMENTARIOS EN EL CENTRO-NORTE DE HONDURAS (INNOVASAN)” , que literalmente dice: “SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS. PRÉSTAMO No.15882P. PROYECTO FORTALECIMIENTO DE LA INNOVACIÓN, RESILIENCIA Y SOSTENIBILIDAD DE LOS SISTEMAS AGROALIMENTARIOS EN EL CENTRO-NORTE DE HONDURAS – INNOVASAN. CONTRATO DE PRÉSTAMO ENTRE EL FONDO DE LA OPEP PARA EL DESARROLLO INTERNACIONAL Y LA REPÚBLICA DE HONDURAS. ACUERDO entre el Fondo de la OPEP para el Desarrollo Internacional (“Fondo OPEP”) y la República de Honduras (“Prestatario”). Considerando que el Prestatario ha solicitado un préstamo del Fondo de la OPEP para el financiamiento
parcial del Proyecto descrito en el Anexo 1; y Considerando que el Fondo de la OPEP ha aprobado un préstamo al Prestatario por un monto de quince millones de dólares ($15,000,000) en los términos y condiciones establecidos a continuación (“Préstamo”). Por lo tanto, las partes de este Contrato de Préstamo (“Acuerdo”) acuerdan lo siguiente:
Artículo 1 — CONDICIONES
GENERALES; DEFINICIONES. 1.01. Las Condiciones Generales adjuntas al presente documento constituirán parte integral del presente Acuerdo. 1.02. Además de los términos definidos en el preámbulo, los siguientes términos y expresiones tendrán los siguientes significados o, cuando dupliquen términos y expresiones en las Condiciones Generales, los siguientes significados específicos: (a) “Representante Autorizado” del Prestatario significa su Secretario de Finanzas.; (b) Día hábil” significa un día (i) en el que los bancos comerciales y los mercados de divisas liquidan los pagos en dólares en Nueva York; (ii) (en relación con la fijación de una tasa de interés) que es un día hábil de valores del gobierno de los EE. UU.; y, (iii) sobre el cual el Fondo de la OPEP está abierto a las operaciones en Viena, Austria; (c) Fecha de cierre” significa el 31 de diciembre de 2032; (d) Fracción de Cuenta Diaria” significa, Actual/360, o cualquier otra Fracción de Cuenta Diaria que sea habitual para el USD o una Tasa de Referencia, según lo determine el Fondo OPEP. (e) Fecha de Reembolso Final” significa la última Fecha de Reembolso especificada en la tabla de amortización establecida en el Anexo 3; (f) Fecha de Reembolso” significa la fecha de cada reembolso semestral del Préstamo según lo establecido en el Anexo 3; (g) Dólar” y el signo “$” significan y se refieren a la moneda legal de los Estados Unidos de América; (h) Fecha de inicio de gastos elegibles” significa el 28 de agosto de 2024; (i) Organismo Ejecutor” se entiende la Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG); (j) Condiciones Generales” significa las Condiciones Generales Aplicables a los Contratos de Préstamo al Sector Público, junio de 2019; (k) Período de Gracia” significa el período que comienza en la Fecha del Acuerdo y finaliza cinco (5) años a partir de esa fecha; (l) Fecha de Determinación de Intereses” significa el segundo Día Hábil después del final de cada Período de Intereses; (m) Fecha de Pago de Intereses” significa cualquier día en el que los intereses venzan y sean pagaderos sobre el Préstamo en cualquier año, siempre que, si dicho día no es un Día Hábil, la Fecha de Pago de Intereses que de otro modo caería en ese día caerá en el siguiente Día Hábil; (n) Período de Interés” significa cada período de seis
(6) meses (o el período que permita que las siguientes Fechas de Determinación de Intereses y las correspondientes Fechas de Pago de Intereses coincidan con la Fecha de Determinación de Intereses del retiro inmediatamente anterior) que comienza en una Fecha de Pago de Intereses y finaliza el día anterior a la siguiente Fecha de Pago de Intereses, excepto en el caso del primer Período de Interés aplicable al retiro cuando significa el período que comienza en la fecha en el que se realiza el retiro y finaliza el día anterior a la siguiente Fecha de Pago de Intereses; (o) Tasa de Interés” significa la tasa de interés pagadera por el Préstamo, determinada de acuerdo con la Sección 2.02; (p) Por “Administrador de Préstamos” se entiende el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA); (q) Margen” significa doscientos treinta (230) puntos básicos; (r) Tasa de Referencia” significa, para cualquier Período de Interés, SOFR, y si esa tasa es inferior a cero, la Tasa de Referencia se considerará cero; (s) Página de Tasas Relevantes” significa la página de visualización designada por un proveedor establecido de datos del mercado financiero seleccionado por el Fondo de la OPEP como la página con el fin de mostrar en los momentos de publicación habituales la Tasa de Referencia; (t) SOFR” significa, con respecto a cualquier Período de Interés, la Tasa de Financiamiento Garantizada a un día para el período que aparece en la Página de Tasas Relevante en los momentos de publicación habituales especificados por el administrador de referencia correspondiente, calculada sobre una base compuesta en mora utilizando un período retrospectivo de dos (2) días y expresada como un porcentaje anual, según lo determine razonablemente el Fondo de la OPEP para el Período de Interés relevante; y, (u) Día hábil de los valores del gobierno de EE. UU.” significa cualquier día que no sea: (i) un sábado o un domingo; y, (ii) un día en el que la Asociación de la Industria de Valores y Mercados Financieros (o cualquier organización sucesora) recomiende que los departamentos de renta fija de sus miembros estén cerrados durante todo el día a efectos de negociación de valores del Gobierno de los Estados Unidos.
Artículo 2 — EL PRÉSTAMO . 2.01 El
Fondo de la OPEP se compromete a prestar al Prestatario y el Prestatario se compromete a pedir prestado al Fondo de la OPEP el Préstamo por la cantidad de quince millones de dólares ($15,000,000) en los términos y condiciones establecidos en este Acuerdo. 2.02 A los efectos de este Préstamo: (a) La Tasa de Interés, para cualquier Período de Interés, será la tasa que sea la suma de la Tasa de Referencia
más el Margen. (b) Durante cada Período de Interés, el Préstamo devengará intereses a la Tasa de Interés, según se determine en esta Sección. (c) Los intereses se acumularán de día en día y se prorrateará sobre la base del número de días durante un mes y un año de la Fracción de Cuenta de Días aplicable. (d) La determinación de las tasas de interés por parte del Fondo de la OPEP es definitiva y concluyente y vincula al Prestatario, a menos que el Prestatario demuestre a satisfacción del Fondo de la OPEP que la determinación implica un error administrativo. e) Si el Fondo de la OPEP determina que: (i) la Tasa de Referencia relevante no está disponible a través de las fuentes normales de información en los momentos de publicación habituales con respecto al Período de Interés pertinente, el Fondo de la OPEP determinará razonablemente dicha Tasa de Referencia teniendo en cuenta la práctica de mercado prevaleciente con respecto a los métodos alternativos para calcular la Tasa de Referencia, su representatividad en el mercado y su aceptabilidad para el Fondo de la OPEP a efectos de su gestión de activos y pasivos y notificar al Prestatario en consecuencia; o. (ii) la Tasa de Referencia ha dejado de cotizarse permanentemente, o el Fondo de la OPEP ya no puede, o ya no es comercialmente aceptable para el Fondo de la OPEP, continuar utilizando dicha Tasa de Referencia, a efectos de su gestión de activos y pasivos, el Fondo de la OPEP aplicará esa otra tasa de referencia comparable para la moneda correspondiente, incluido cualquier diferencial aplicable, según determine el Fondo de la OPEP y notifique al Prestatario en consecuencia. 2.03 El Prestatario pagará una comisión de compromiso a razón de un cuarto del uno por ciento (0,25%) anual sobre el saldo no retirado que comenzará a acumularse sesenta (60) días a partir de la Fecha del Acuerdo y será pagadero en primera instancia dentro de los noventa (90) días a partir de la Fecha de Efectividad. Para evitar dudas, no se pagará ninguna tarifa de compromiso si el Acuerdo se rescinde por falta de efectividad. 2.04 El Prestatario pagará una comisión inicial de un cuarto del uno por ciento (0,25%) del Préstamo. Por la presente, el Prestatario autoriza al Fondo de la OPEP a deducir la tarifa inicial del primer desembolso de los fondos del Préstamo tras la declaración de efectividad. 2.05 Los intereses y la comisión de compromiso (excepto el primer pago de la comisión de compromiso, que será pagadero según lo estipulado en la
Sección 2.03) se pagarán semestralmente
el 15 de mayo y el 15 de noviembre de cada año en la Cuenta del Fondo de la
OPEP. 2.06 El Prestatario reembolsará el principal del Préstamo en dólares, o en cualquier otra moneda libremente convertible aceptable para el Fondo de la OPEP, por un monto equivalente al monto adeudado en dólares de acuerdo con el tipo de cambio del mercado vigente en el momento y lugar del reembolso. El reembolso comenzará inmediatamente después del final del Período de Gracia y se efectuará en treinta (30) cuotas semestrales, cada una por un monto determinado por el Fondo de la OPEP según lo especificado en el Anexo 3 (AMORTIZACIÓN) para la Fecha de Reembolso respectiva. 2.07 Cualquier saldo acreedor o deudor pendiente en la cuenta del Préstamo posterior a la Fecha de Reembolso Final será liquidado por las partes dentro de los sesenta (60) días calendario posteriores a la emisión de la notificación de cálculo de los intereses devengados en mora por el Fondo de la OPEP al Prestatario. 2.08 La Fecha del Acuerdo será la fecha en que sea firmado y fechado por el representante autorizado de la última parte que haya firmado y fechado el mismo. Artículo 3. EFECTIVIDAD . 3.01 El presente Acuerdo entrará en vigor y efecto de conformidad con la Sección 3.02 una vez que el Fondo de la OPEP reciba lo siguiente: (a) evidencia satisfactoria de que la ejecución y entrega de este Acuerdo en nombre del Prestatario han sido debidamente autorizadas y ratificadas de acuerdo con los requisitos constitucionales del Prestatario; (b) una opinión jurídica emitida por el Ministro de Justicia o el Fiscal General o cualquier otra autoridad legal competente del Prestatario que confirme que este Acuerdo ha sido debidamente autorizado y ratificado por el Prestatario y constituye una obligación válida y vinculante del Prestatario de acuerdo con sus términos; y, (c) evidencia de que el préstamo u otro acuerdo de financiamiento entre el Administrador del Préstamo y el Prestatario para financiar el Proyecto ha sido declarado efectivo o será declarado efectivo simultáneamente con este Acuerdo. 3.02 Tan pronto como sea posible después de que las condiciones especificadas en la Sección 3.01 se hayan cumplido satisfactoriamente, este Acuerdo entrará en pleno vigor y efecto en la Fecha de Efectividad. 3.03 Si este Acuerdo no entra en vigor dentro de los ciento ochenta (180) días posteriores a la Fecha del Acuerdo, el Acuerdo y todas las obligaciones de las partes en virtud del mismo terminarán, a menos que el Fondo de la OPEP, después de considerar las razones de la demora, establezca una fecha posterior para los fines de esta Sección.
Artículo 4 DIRECCIONES 4.01 Las direcciones de las partes son las que se especifican a continuación: Para el Fondo de la OPEP: El Fondo de la OPEP para el Desarrollo Internacional Parkring 8 A-1010 Viena AUSTRIA Fax: (+43-1) 513 92 38 Para el prestatario: Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas Dirección General de Crédito Público Avenida Cervantes, Barrio El Jazmín Tegucigalpa, M.D.C. Honduras, C.A. Fax: (504) 2237-4142 Correo electrónico: dgcp@sefin.gob.hn
Artículo 5 — GOBERNANZA DEL PROYECTO. 5.01 El Prestatario, a través del Organismo de Ejecución,
se asegurará de que las actividades de adquisición que se realicen en el marco del Préstamo cumplan con los requisitos de contratación del Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola.
PRÉSTAMO No.15882P. EN FE DE LO CUAL, las partes del presente, actuando a través de sus representantes debidamente autorizados, han hecho que este Acuerdo sea firmado y entregado mediante intercambio de correspondencia en dos contrapartes en el idioma inglés, cada uno considerado original y ambos con el mismo y un solo efecto a partir de la Fecha del Acuerdo. PARA EL FONDO DE LA OPEP PARA EL DESARROLLO INTERNACIONAL: Firma: F__ Nombre: Dr. Abdulhamid Alkhalifa Título: Presidente Fecha: 18 DE OCTUBRE DE 2024 PARA EL PRESTATARIO: Firma: F y S____ Nombre: Christian Duarte Título: Secretario de Finanzas Fecha: 13 DE DICIEMBRE DE 2024”
”REPÚBLICA DE HONDURAS PROYECTO FORTALECIMIENTO DE LA INNOVACIÓN, RESILIENCIA Y SOSTENIBILIDAD DE LOS SISTEMAS AGROALIMENTARIOS EN EL CENTRO NORTE DE HONDURAS – INNOVASAN ANEXO 1 DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO 1.01 El proyecto tiene como objetivo mejorar la seguridad alimentaria y nutricional y crear resiliencia en los sistemas agroalimentarios en el centro-norte de Honduras. El alcance del Proyecto incluye un enfoque integral que aborda diversos desafíos técnicos, ambientales y socioeconómicos que enfrenta la población objetivo. El proyecto está diseñado para beneficiar a los pequeños productores rurales, centrándose en las mujeres, los jóvenes y los pueblos indígenas a través de una serie de intervenciones coordinadas. 2.01 Los objetivos del Proyecto se alcanzarán mediante la realización de las siguientes actividades: Componente 1: Inversiones en el capital humano, social, económico y natural de las familias pobres de pequeños agricultores: El componente tiene como objetivo fortalecer las unidades de producción familiar y las organizaciones de pequeños productores a través de inversiones en planes de negocios que desarrollen cadenas de valor sensibles a la nutrición y mejoren las capacidades organizativas, administrativas y de comercialización. Subcomponente 1.1: Inversiones en Producción, Agregación de Valor y Comercialización. Este subcomponente financiará la formulación e implementación de planes de negocios en cadenas de valor sensibles a la nutrición, género y juventud y resilientes al cambio climático, así como asistencia técnica especializada que incluya un plan de fortalecimiento organizacional, basado en las necesidades de los grupos objetivo. En concreto, este subcomponente:
- Mejorar las capacidades de producción, agregar valor a los productos y mejorar las estrategias de comercialización de las empresas rurales;
- Proporcionar apoyo financiero que permita a las pequeñas empresas rurales invertir en nuevas tecnologías, equipos y mejoras de infraestructura;
- Proporcionar asistencia técnica a través de programas de capacitación y talleres enfocados en prácticas agrícolas modernas, técnicas de adición de valor y estrategias de comercialización eficientes;
- Proporcionar acceso a los mercados conectando a los productores rurales con mercados más grandes y oportunidades de exportación, incluyendo el establecimiento de grupos cooperativos de comercialización para reducir los costos de transacción y mejorar el poder de negociación; y,
- Fomentar la adopción de prácticas agrícolas respetuosas con el medio ambiente y económicamente viables, como la agricultura orgánica y la agrosilvicultura. Subcomponente 1.2: Inversiones en infraestructura gris y verde y gestión de microcuencas hidrográficas para el abastecimiento de agua. Este subcomponente incluirá el financiamiento de inversiones en infraestructura física y natural para reducir los impactos del cambio climático de la población objetivo y sus medios de producción debido a
lluvias extremas, huracanes y/o sequías. En concreto, este subcomponente incluirá:
Un enfoque integral de inversión a nivel de microcuencas que incluya obras de infraestructura de pequeña y mediana envergadura;
Promoción de la restauración de paisajes forestales y agrícolas productivos para fortalecer y recuperar los servicios ecosistémicos;
Un diagnóstico biofísico a nivel municipal para preparar un plan de inversión en infraestructura gris y verde para evaluar (i) el acceso y la disponibilidad de agua en términos de cantidad y calidad y (ii) los riesgos de desastres asociados con los eventos climáticos actuales y futuros;
Un estudio hidrológico para crear un mapeo detallado de las necesidades de infraestructura hídrica;
Construcción de varios tipos de pozos, en coordinación con los gobiernos municipales, para atender al menos a diez (10) familias por pozo;
Desarrollo de sistemas de aguas superficiales para tratar agua entubada de manantiales o puntos de captura, para beneficiar a cien (100) familias cada uno;
Instalación de sistemas de riego por goteo para la producción de alimentos;
Diseño de medidas de protección para carreteras y estabilización de taludes;
Implementación de los tres Planes de Manejo de Microcuencas existentes y formulación de tres (3) nuevos;
Un estudio municipal para evaluar la inseguridad alimentaria y las necesidades específicas de mejora de viviendas en las zonas más vulnerables. Se recurrirá a las licitaciones públicas para contratar empresas especializadas en mejorar las condiciones básicas de vida, como pisos, techos, cocinas, letrinas y acceso al agua potable en los hogares rurales. La mitad de las viviendas mejoradas también recibirán unidades agrícolas como mini-invernaderos verticales o sistemas de riego de baja presión, junto con sistemas de recolección de agua de lluvia; y,
Proporcionar tecnologías como paneles solares y sistemas de recolección de agua para respaldar la producción de alimentos y las necesidades energéticas. Subcomponente 1.3: Fortalecimiento de las capacidades de la población rural, con énfasis en las mujeres y los jóvenes. Este subcomponente busca mejorar las capacidades de la población rural, especialmente aquella en riesgo de inseguridad alimentaria y frente a eventos climáticos, para mejorar y diversificar sus hábitos alimenticios y nutricionales, así como su capacidad de adaptación al cambio climático, a través de una adecuada gestión de los riesgos causados por eventos climáticos y para el uso adecuado de las tecnologías de la información y las comunicaciones. En concreto, este subcomponente incluirá:
Desarrollar un Programa de Cambio de Comportamiento para las habilidades de Saneamiento e Higiene (WASH) de Alimentos y Agua, con enfoque de género y juventud. El programa contará con cinco módulos de capacitación para familias, maestros y padres de familia involucrados en el Programa Nacional de Alimentación Escolar y una campaña para mejorar los hábitos alimentarios en las comunidades rurales;
Establecer sistemas de alerta temprana para desastres naturales como inundaciones, huracanes y sequías;
Capacitación sobre prácticas agrícolas resilientes al clima, como cultivos resistentes a la sequía, métodos de riego eficientes en el uso del agua y agrosilvicultura;
Desarrollar planes de preparación para desastres y adaptación al clima para garantizar la pertinencia y eficacia local;
Realización de talleres y sesiones de capacitación de sensibilización en materia de género para crear conciencia sobre la importancia de la participación de la mujer en la agricultura y las actividades comunitarias;
Desarrollar programas diseñados específicamente para la juventud rural, incluyendo capacitación en liderazgo, educación vocacional y oportunidades de mentoría;
Proporcionar cursos de capacitación empresarial sobre planificación empresarial, gestión financiera y marketing para ayudar a los jóvenes empresarios a iniciar y hacer crecer sus propios negocios;
Establecer incubadoras y aceleradoras de empresas para proporcionar servicios de mentoría, financiación y apoyo a los jóvenes emprendedores; y,
Proporcionar formación profesional en áreas como la agricultura, la carpintería, la fontanería y otros oficios para mejorar la empleabilidad. Componente 2: Fortalecimiento de las capacidades y la coordinación de los gobiernos y las partes interesadas. Este componente tiene como objetivo mejorar los marcos institucionales e integrar las políticas públicas para desarrollar soluciones sistémicas que permitan una mejor prestación de servicios a las organizaciones de productores. Se centra en mejorar la resiliencia climática y la seguridad alimentaria y nutricional (RAS) a través de dos subcomponentes. Los resultados previstos incluyen capacidades institucionales mejoradas, un mayor acceso a los servicios financieros y no financieros para las familias rurales y mejores servicios de comercialización para las organizaciones de productores. Subcomponente 2.1: Fortalecimiento de la gobernanza y las capacidades institucionales en RAS y cambio climático. El objetivo de este subcomponente es mejorar la gobernanza y las capacidades de las instituciones públicas, privadas y de la sociedad civil para implementar políticas públicas en RAS y cambio climático dentro del sector agroalimentario, creando condiciones propicias para las actividades del Componente 1. En concreto, este subcomponente incluirá:
Un estudio de diagnóstico de la infraestructura escolar para mejorar la seguridad hídrica y el saneamiento de al menos 8.400 niños en 42 escuelas, apoyando una mejor higiene, el acceso al agua potable y el almacenamiento adecuado de alimentos con el equipo necesario para almacenar alimentos;
Inversiones para construir o rehabilitar áreas de cocina y almacenamiento de alimentos para permitir la implementación del racionamiento de alimentos frescos;
Programas integrales de formación institucional con cuatro diplomados en planificación municipal, vigilancia nutricional, lactancia materna y educación alimentaria para construir una red de promotores locales de RAS;
Publicación y distribución de Guías Dietéticas Basadas en Alimentos (GABAS, por sus siglas en inglés) para ayudar a los maestros y preparadores de comidas escolares a promover comidas equilibradas y saludables y mejorar las prácticas culinarias y reducir el uso de madera;
Desarrollar sistemas de alerta temprana para desastres climáticos y naturales, monitorear la deforestación
y la degradación de los recursos, y capacitación especializada en agrometeorología y emisiones de gases de efecto invernadero; 6. Generar y difundir materiales sobre el cambio climático y la reducción del riesgo de desastres y desarrollar herramientas para evaluar los impactos de los eventos climáticos en los sistemas agroalimentarios; y, 7. Promoción de la participación y el empoderamiento de las organizaciones de productores a través de diálogos entre múltiples partes interesadas para abordar las barreras a los sistemas agroalimentarios sostenibles, centrándose en el género y la juventud. Subcomponente 2.2: Fortalecimiento de los servicios financieros, no financieros y de tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) para el desarrollo. Este subcomponente tiene como objetivo mejorar el acceso al crédito y otros servicios financieros y no financieros para los pequeños productores y las poblaciones rurales a través de asociaciones con instituciones financieras, en particular instituciones no bancarias que satisfagan mejor las necesidades de la población objetivo. También busca mejorar la adopción y el uso de las TIC para la transición hacia sistemas agroalimentarios sostenibles y resilientes. En concreto, este subcomponente incluirá:
- Mapeo de las empresas de remesas en Honduras, identificando productos financieros para el uso de remesas y explorando oportunidades de negocio e inversión para canalizar los fondos de remesas hacia actividades productivas;
- Colaboración con instituciones de servicios crediticios para desarrollar productos y soluciones financieras a través de canales innovadores como empresas Fintech y Agritech;
- Formación de asociaciones rurales de ahorro y crédito y digitalización de sus operaciones para garantizar que puedan generar los estados financieros requeridos;
- Impartir capacitación digital para reducir la brecha digital urbano-rural e implementar un programa de educación financiera a través de una empresa Fintech;
- Identificar los servicios necesarios para abordar los cuellos de botella en las cadenas de valor sensibles a la nutrición y apoyar su desarrollo a través de actividades de emprendimiento y asociaciones con empresas de Agritech;
- Colaborar con INNOVATECH, un proyecto financiado por el FIDA e implementado por la Sparkassenstiftung Alemana, con el objetivo de ayudar a los pequeños agricultores a recuperarse más rápido y con mayor resiliencia de los impactos causados por la pandemia de COVID-19, para financiar al menos tres (3) empresas de tecnología agrícola que brindan servicios no financieros como logística, comercio electrónico y suministro de insumos agroecológicos locales;
- Coordinar con los gobiernos municipales para identificar mercados clave e invertir en su reacondicionamiento para cumplir con los estándares legales, técnicos y sanitarios;
- Promover la reducción de la pérdida y el desperdicio de alimentos en estos mercados y mejorar la infraestructura de agua y saneamiento para mejorar las prácticas de seguridad alimentaria y nutrición;
- Apoyar al Instituto Hondureño de Mercadeo Agrícola en la mejora de la rentabilidad de las familias de pequeños productores mediante el fortalecimiento del sistema de acopio de granos básicos a través de inversiones en tres centros de acopio e implementación
de un sistema digital de gestión de inventario y logística; 10. Trabajar con las autoridades públicas para digitalizar la demanda de alimentos y promover la participación de las organizaciones de productores en los sistemas de contratación pública, aprovechando las oportunidades de inclusión y desarrollo local; y, 11. Integración sistemática y exhaustiva de las TIC a través de cuatro acciones principales: a. Fortalecimiento de las capacidades institucionales: El proyecto (i) apoyará al SAG para mejorar el Sistema de Información de Mercados de Productos Agrícolas de Honduras (SIMPAH), mejorando la usabilidad de los sistemas de información de mercados y precios; ii) desarrollar y fortalecer el Sistema de Información Climática, el Sistema de Alerta Temprana y los Sistemas de Información Geográfica para mejorar la gestión y planificación del riesgo climático basada en datos a nivel regional y de microcuencas. b. Análisis de la demanda de asistencia técnica virtual: El proyecto evaluará la demanda de asistencia técnica virtual de productores, estudiantes y técnicos agrícolas. c. Establecimiento de una Plataforma Virtual de Asistencia Técnica (PATV): Sobre la base del programa Agroextension, el Proyecto creará una PATV que integre información de universidades, proveedores de servicios técnicos, instituciones del sector público, estaciones experimentales, entre otros. d. Desarrollo de un sistema de trazabilidad para la producción sensible a la nutrición: El proyecto establecerá un sistema nacional de trazabilidad para productos sensibles a la nutrición. Componente 3: Gestión, Seguimiento, Evaluación y Gestión del Conocimiento. El objetivo de este componente es coordinar, gestionar y administrar eficientemente el Proyecto para garantizar el logro de los objetivos y resultados relevantes. Incluye acciones de seguimiento y evaluación, gestión del conocimiento y comunicación, así como una adecuada gestión financiera y administrativa del Proyecto. La planificación estratégica y operativa se llevará a cabo desde la dirección y coordinación de diversas unidades, asegurando estrategias viables y actualizadas en temas clave como género y juventud, cambio climático, seguridad hídrica, RAS y sostenibilidad. También definirá los mecanismos para el desarrollo de asociaciones y acuerdos marco. Esto implicará:
- diseñar e implementar un sistema de Monitoreo y Evaluación (M&E) para apoyar la gestión de proyectos internos y externos y la toma de decisiones;
- crear una estrategia y plan de Gestión del Conocimiento y Comunicación en el primer año, asesorando en la creación de productos de conocimiento y comunicación para compartir los resultados del Proyecto y las lecciones aprendidas y coordinando actividades de capacitación en diversos temas productivos, comerciales, de gestión ambiental/Cambio Climático, RAS, género y juventud; y,
- Gestionar y administrar eficientemente los recursos financieros, humanos y materiales, así como las adquisiciones, de conformidad con las reglamentaciones nacionales y las normas del FIDA”,
“REPÚBLICA DE HONDURAS PROYECTO FORTALECIMIENTO DE LA INNOVACIÓN, RESILIENCIA Y SOSTENIBILIDAD DE LOS SISTEMAS AGROALIMENTARIOS EN EL CENTRO NORTE DE HONDURAS – INNOVASAN ANEXO 2 ASIGNACIÓN DE PRÉSTAMOS
- A menos que el Prestatario y el Fondo de la OPEP acuerden otra cosa, en el cuadro que figura a continuación se indican los componentes que se financiarán con los fondos del Préstamo, la asignación de los montos del Préstamo a cada componente y el porcentaje de los gastos totales de las partidas que se financiarán con respecto a cada componente:
- No obstante la asignación de los fondos del Préstamo o el porcentaje de desembolso establecido en el párrafo 1 anterior, si el Fondo de la OPEP ha estimado razonablemente que el monto del Préstamo asignado entonces al componente especificado anteriormente será insuficiente para financiar el porcentaje acordado de todos los gastos en ese componente, el Fondo de la OPEP podrá, mediante notificación al Prestatario: reducir el porcentaje de desembolso aplicable en ese momento a dichos gastos, a fin de que puedan continuar los nuevos retiros respecto de dicho componente hasta que se hayan efectuado todos los gastos correspondientes”.
- 21 - “REPÚBLICA DE HONDURAS
PROYECTO FORTALECIMIENTO DE LA INNOVACIÓN, RESILIENCIA Y SOSTENIBILIDAD DE LOS SISTEMAS AGROALIMENTARIOS EN EL CENTRO NORTE DE HONDURAS – INNOVASAN
ANEXO 2 ASIGNACIÓN DE PRÉSTAMOS
- A menos que el Prestatario y el Fondo de la OPEP acuerden otra cosa, en el cuadro que figura a continuación se indican los componentes que se financiarán con los fondos del Préstamo, la asignación de los montos del Préstamo a cada componente y el porcentaje de los gastos totales de las partidas que se financiarán con respecto a cada componente:
Componentes Fondo de la OPEP (Expresado en dólares estadounidenses)1 Porcentaje de gastos a financiar
- Inversiones en el capital humano, social, económico y natural de las familias campesinas 10,650,000 71%
- Fortalecimiento de las capacidades y coordinación del gobierno y otros actores en el territorio 2,404,000 16%
- Gestión y administración 1,946,000 13% Total 15,000,000 100%
1 Los fondos del Préstamo excluirán cualquier pago de impuestos.
- 21 - “REPÚBLICA DE HONDURAS
PROYECTO FORTALECIMIENTO DE LA INNOVACIÓN, RESILIENCIA Y SOSTENIBILIDAD DE LOS SISTEMAS AGROALIMENTARIOS EN EL CENTRO NORTE DE HONDURAS – INNOVASAN
ANEXO 2 ASIGNACIÓN DE PRÉSTAMOS
- A menos que el Prestatario y el Fondo de la OPEP acuerden otra cosa, en el cuadro que figura a continuación se indican los componentes que se financiarán con los fondos del Préstamo, la asignación de los montos del Préstamo a cada componente y el porcentaje de los gastos totales de las partidas que se financiarán con respecto a cada componente:
Componentes Fondo de la OPEP (Expresado en dólares estadounidenses)1 Porcentaje de gastos a financiar
- Inversiones en el capital humano, social, económico y natural de las familias campesinas 10,650,000 71%
- Fortalecimiento de las capacidades y coordinación del gobierno y otros actores en el territorio 2,404,000 16%
- Gestión y administración 1,946,000 13% Total 15,000,000 100%
1 Los fondos del Préstamo excluirán cualquier pago de impuestos.
“REPÚBLICA DE HONDURAS PROYECTO FORTALECIMIENTO DE LA INNOVACIÓN, RESILIENCIA Y SOSTENIBILIDAD DE LOS SISTEMAS AGROALIMENTARIOS EN EL CENTRO NORTE DE HONDURAS – INNOVASAN PROGRAMA 3 AMORTIZACIÓN
- La siguiente tabla establece las Fechas de Pago del Préstamo y el porcentaje del monto principal del Préstamo vencido y pagadero (Monto Adeudado) en cada Fecha de Pago. Si los fondos del Préstamo se han retirado en su totalidad a partir de la primera Fecha de Reembolso, el monto principal del Préstamo reembolsable por el Prestatario en cada Fecha de Reembolso será determinado por el Fondo de la OPEP multiplicando: (a) el monto total del Préstamo retirado y pendiente a la primera Fecha de Reembolso; por (b) el porcentaje del Monto Adeudado especificado a continuación para cada Fecha de Reembolso.
- 23 - “REPÚBLICA DE HONDURAS
PROYECTO FORTALECIMIENTO DE LA INNOVACIÓN, RESILIENCIA Y SOSTENIBILIDAD DE LOS SISTEMAS AGROALIMENTARIOS EN EL CENTRO NORTE DE HONDURAS – INNOVASAN
PROGRAMA 3 AMORTIZACIÓN
- La siguiente tabla establece las Fechas de Pago del Préstamo y el porcentaje del monto principal del Préstamo vencido y pagadero (Monto Adeudado) en cada Fecha de Pago. Si los fondos del Préstamo se han retirado en su totalidad a partir de la primera Fecha de Reembolso, el monto principal del Préstamo reembolsable por el Prestatario en cada Fecha de Reembolso será determinado por el Fondo de la OPEP multiplicando: (a) el monto total del Préstamo retirado y pendiente a la primera Fecha de Reembolso; por (b) el porcentaje del Monto Adeudado especificado a continuación para cada Fecha de Reembolso.
No. Fecha de reembolso Monto adeudado (expresado en porcentaje)
1 15 de noviembre de 2029 3.33 2 15 de mayo de 2030 3.33 3 15 de noviembre de 2030 3.33 4 15 de mayo de 2031 3.33 5 15 de noviembre de 2031 3.33 6 15 de mayo de 2032 3.33 15 de noviembre de 2032 3.33 8 15 de mayo de 2033 3.33 9 15 de noviembre de 2033 3.33 10 15 de mayo de 2034 3.33 15 de noviembre de 2034 3.33 15 de mayo de 2035 3.33
- En el caso de que los fondos del Préstamo no se hayan retirado en su totalidad a partir de la primera Fecha de Reembolso, el importe principal del Préstamo reembolsable por el Prestatario en cada Fecha de Reembolso se determinará de la siguiente manera: (a) En la medida en que cualquier importe de los fondos del Préstamo haya sido retirado a partir de la primera Fecha de Reembolso, el Prestatario reembolsará el importe del Préstamo retirado y pendiente de pago a la primera Fecha de Reembolso de conformidad con el párrafo 1 anterior. (b) Cualquier retiro realizado después de la primera Fecha de Reembolso será reembolsado en cada Fecha de Reembolso que caiga después de la fecha de dicho retiro en montos determinados por el Fondo de la OPEP de la siguiente manera: monto del retiro multiplicado por una fracción cuyo numerador será el porcentaje especificado en la tabla en el párrafo 1 anterior para dicha Fecha de Reembolso y cuyo denominador será la suma de todos los porcentajes restantes para Fechas de reembolso que caigan a partir de dicha fecha.
- Los retiros realizados dentro de los sesenta y cinco (65) días calendario anteriores a cualquier Fecha
- 24 - 13 15 de noviembre de 2035 3.33 14 15 de mayo de 2036 3.33 15 15 de noviembre de 2036 3.33 16 15 de mayo de 2037 3.33 17 15 de noviembre de 2037 3.33 18 15 de mayo de 2038 3.33 19 15 de noviembre de 2038 3.33 20 15 de mayo de 2039 3.33 21 15 de noviembre de 2039 3.33 22 15 de mayo de 2040 3.33 23 15 de noviembre de 2040 3.33 24 15 de mayo de 2041 3.33 25 15 de noviembre de 2041 3.33 26 15 de mayo de 2042 3.33 27 15 de noviembre de 2042 3.33 28 15 de mayo de 2043 3.33 29 15 de noviembre de 2043 3.33 30 15 de mayo de 2044 3.43 Total 100
- En el caso de que los fondos del Préstamo no se hayan retirado en su totalidad a partir de la primera Fecha de Reembolso, el importe principal del Préstamo reembolsable por el Prestatario en cada Fecha de Reembolso se determinará de la siguiente manera:
(a) En la medida en que cualquier importe de los fondos del Préstamo haya sido retirado a partir de la primera Fecha de Reembolso, el Prestatario reembolsará el importe del Préstamo retirado y pendiente de pago a la primera Fecha de Reembolso de conformidad con el párrafo 1 anterior.
(b) Cualquier retiro realizado después de la primera Fecha de Reembolso será reembolsado en cada Fecha de Reembolso que caiga después de la fecha de dicho retiro en montos determinados por el Fondo de la
de Reembolso, a los únicos efectos de calcular el monto del Préstamo pagadero en cualquier Fecha de Reembolso, se tratarán como retirados y pendientes en la fecha inmediatamente posterior a dicha Fecha de Reembolso. No obstante el tratamiento en este documento, los intereses y la tarifa de compromiso comenzarán a acumularse en las respectivas fechas de valor en las que se hayan realizado dichos retiros”.
Artículo 2 — - Los pagos bajo el convenio de financiación
incluyendo, entre otros, los realizados en concepto de capital, intereses, montos adicionales, comisiones y gastos estarán exentos de pago de toda clase de tributos, derechos, recargos, arbitrios, aportes, honorarios, contribución pública gubernamental o municipal y otros cargos hondureños, así como deducciones.
Artículo 3 — - Todos los bienes y servicios, que sean
adquiridos con los fondos de este convenio de financiación y fondos nacionales para la ejecución del programa en mención, quedan exonerados de los gravámenes arancelarios, impuesto selectivo al consumo e Impuestos sobre Ventas, que graven la importación y/o compra local.
Artículo 4 — - El presente Decreto entrará en vigencia
a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los veintidós días del mes de abril de dos mil veinticinco. LUIS ROLANDO REDONDO GUIFARRO PRESIDENTE LUZ ANGÉLICA SMITH MEJÍA SECRETARIA JOSUÉ FABRICIO CARBAJAL SANDOVAL SECRETARIO
Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecútese. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS