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La Gaceta No. 34685 — 20180706

La Gaceta No. 34,685

Dirección de Niñez Adolescencia y Familia ACUERDO N o. 184-2018

DIRECCIÓN DE NIÑEZ ADOLESCENCIA Y FAMILIA Acuerdos Nos. 184-2018, 244-2018 PODER EJECUTIVO Decretos Ejecutivos números PCM-024-2018, 037-2018 y 045-2018. A. 1-16 A. 17-28

Avisos Legales B. 1 - 44 Desprendible para su comodidad La Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia, CONSIDERANDO: Que la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF) es un ente desconcentrado adscrito a la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social, con independencia, técnica funcional y administrativa para el fiel cumplimiento de sus fines. CONSIDERANDO: Que el ejercicio de la competencia de la DINAF se realiza a través de Oficinas Regionales que son unidades con compet encia geográfica determinada, con atribuciones y responsabilidades vinculadas a las políticas públicas, las leyes atinentes a su ejercicio y a las disposiciones e instrucciones de esta Dirección Ejecutiva CONSIDERANDO: Que el Artículo 17 del Decreto Ejecutivo PCM 27-2014 del 04 de junio de 2017 le otorga a la DINAF la facultad para emitir reglam entos y disposiciones para su funcionamiento, así como normativa de carácter general para el mejor cumplimiento de sus fines. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo 62-2017 del 15 de agosto de 2017, con relación a los Acuerdos 585-2015 y 64-2014, emitidos todos por la DINAF, se han establecido sus distintas siguientes Oficinas Regionales, así: • Oficina Regional Atlántica • Oficina Regional Centro • Oficina Regional Centro-Oriente • Oficina Regional Norte • Oficina Regional Occidente • Oficina Regional Sur CONSIDERANDO: Que la atención de la niñez requiere de respuestas inmediatas que incluyen decisiones financieras emergentes. CONSIDERANDO: El Fondo de Caja Chica es una asignación de dinero en efectivo reembolsable, que se utiliza para el pago de gastos menores que se requieren de forma inmediata para las operaciones de la institución. En aplicación de los Artículos: 97 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Cuentas; 31 de la Ley General de la

DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO Gerente General JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 Administración: 2230-3026 Planta: 2230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL Administración Pública; 36, párrafo último, de la Ley de Contratación del Estado; 126 de la Ley de Procedimiento Administrativo; Artículos 129 y 130 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Cuentas; y, 34 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo; 2, 10 y 17 del Decreto Ejecutivo PCM 27-2014 del 04 de junio de 2014; 1 del Acuerdo 62-2017 del 15 de agosto de 2017; 1 del Acuerdo 585-2015 del 24 de noviembre de 2015 y del Acuerdo 64-2014 del 24 de noviembre de 2014 del emitidos por la DINAF Acuerda, aprobar el siguiente: REGLAMENTO PARA EL MANEJO DEL FONDO DE CAJA CHICA DE LA DIRECCIÓN DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA (DINAF)

CAPÍTULO I

OBJETIVOS Y ALCANCE

Artículo 1 — - Objetivos del Fondo de Caja Chica. Son

objetivos del Fondo de Caja Chica: a) Financiar de forma oportuna los gastos menores que se presenten en los procesos operativos de la institución; b) Disminuir las transacciones que se realizan a través de los distintos medios de pagos que utiliza la institución (cheques, transferencias y regularizaciones); c) Estandarizar los procedimientos administrativos en los niveles Central y Regional aplicando una normativa única para las distintas dependencias que integran la institución; d) Mantener una adecuada liquidez en los niveles Central y Regional, de manera que las operaciones se realicen de manera eficiente y oportuna.

Artículo 2 — - Ámbito de Aplicación. Se sujetarán a las

disposiciones establecidas en este Reglamento, las diferentes unidades administrativas de la DINAF, tanto en el ámbito Regional como Central.

CAPÍTULO II

DEFINICIONES

Artículo 3 — - Para efecto del presente Reglamento se entiende

a) Administración Central: Se refiere al órgano de apoyo de la DINAF que es responsable de la administración presupuestaria, la administración de los recursos humanos y la administración de materiales y servicios generales, incluyendo las funciones de compras y suministros y de administración y custodia de los bienes a su cargo y que tiene su sede en el domicilio Institucional de la DINAF. b) Administración del Fondo de la Caja Chica: Facultad decisoria que ostenta el Administrador del Fondo de Caja Chica sobre la adquisición o pago de un bien o un servicio. c) Administrador del Fondo de Caja Chica: Servidor Público de la DINAF, preferiblemente personal permanente con nombramiento, responsable de la administración del Fondo de que se trata y que incluye: i) Solicitar la apertura y reintegro del Fondo de Caja Chica; y, ii) Liquidar el Fondo de Caja Chica; d) Fondo de Caja Chica o Fondo: Es una asignación de dinero en efectivo en moneda nacional que se utiliza para el pago de gastos menores, que requiere de forma inmediata las operaciones de la institución.

e) Gastos Autorizados: Son los pagos o anticipos que se realicen con cargo al Fondo de Caja Chica y que han sido autorizados por el respectivo Administrador de cada Fondo. f) Gastos o Anticipos Elegibles: Son los pagos o anticipos que pueden realizarse con cargo al Fondo de Caja Chica y que estarán definidos en el presente Reglamento. g) Gastos Menores: Gastos o anticipos por un monto igual o menor a TRES MIL LEMPIRAS EXACTOS (L.3,000.00) por rubro, incluido el Impuesto Sobre Venta por adquisición o anticipo, según el caso. h) Manejo de la Caja Chica: Actos y acciones relacionados directamente con el Fondo de Caja que conducen a la autorización para la adquisición y pago de bienes y servicios adquiridos a través del mismo Fondo y para el otorgamiento de anticipos. i) Oficina Central: Dependencia principal de la DINAF y sede domiciliar de la misma y de su Titular, conforme al Artículo 3 del Decreto Ejecutivo PCM 27-2014 del 04 de junio de 2017. j) Oficina Regional: Dependencia de la DINAF que establecida en atención al Artículo 10 del Decreto Ejecutivo PCM 27-2014 del 04 de junio de 2014. k) Responsable del Fondo de Caja Chica: Servidor Público de la DINAF encargado de efectuar los desembolsos para las adquisiciones y anticipos, previa autorización del Administrador, y quien es solidariamente responsable con aquel de la administración del Fondo de Caja Chica, que incluye las siguientes responsabilidades: i) La custodia del efectivo; y, ii) Realizar y documentar los pagos; l) Carácter urgente: Situación que obliga a la adquisición de un bien o servicio inmediato el desarrollo de alguna actividad institucional vinculada directamente a la atención de la niñez, conforme a las prioridades dispuestas en este Reglamento. m) Liquidación: Presentación de comprobantes de gastos a la Gerencia Administrativa, por un monto no mayor al Fondo de Caja Chica asignado. n) Reembolso: Devolución de una cantidad de dinero o factura por reposición del fondo de caja chica.

CAPÍTULO III

DE LA CUANTÍA Y AUTORIZACIONES

Artículo 4 — - De la Cuantía del Fondo. Los Fondos de Caja

Chica se asignarán anualmente y de la siguiente manera:

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k) Responsable del Fondo de Caja Chica: Servidor Público de la DINAF encargado de efectuar los desembolsos para las adquisiciones y anticipos, previa autorización del Administrador, y quien es solidariamente responsable con aquel de la administración del Fondo de Caja Chica, que incluye las siguientes responsabilidades: i) La custodia del efectivo; y, ii) Realizar y documentar los pagos; l) Carácter urgente: Situación que obliga a la adquisición de un bien o servicio inmediato el desarrollo de alguna actividad institucional vinculada directamente a la atención de la niñez, conforme a las prioridades dispuestas en este Reglamento. m) Liquidación: Presentación de comprobantes de gastos a la Gerencia Administrativa, por un monto no mayor al Fondo de Caja Chica asignado. n) Reembolso: Devolución de una ca ntidad de dinero o factura por reposición del fondo de caja chica.

CAPITULO III

DE LA CUANTÍA Y AUTORIZACIONES

Artículo 4 — - De la Cuantía del Fondo. Los Fondos de Caja Chica se asignar án anualmente y

de la siguiente manera:

No. Oficina Monto (HNL) Administrador

  1. Oficina Central Hasta 100,000.00 Administración Central
  2. Oficina Regional Atlántica Hasta 100,000.00 Jefatura Regional
  3. Oficina Regional Centro Hasta 100,000.00 Jefatura Regional
  4. Oficina Regional Centro-Oriente Hasta 100,000.00 Jefatura Regional
  5. Oficina Regional Norte Hasta 100,000.00 Jefatura Regional
  6. Oficina Regional Occidente Hasta 100,000.00 Jefatura Regional
  7. Oficina Regional Sur Hasta 100,000.00 Jefatura Regional Total Hasta 700,000.00

Artículo 5 — - Regla General para la Autorización de Fondos. La Dirección Ejecutiva autorizará

la asignación de los recursos financieros a que se refiere este Reglamento , a solicitud de la Administración Central.

En la solicitud a que se refiere este Artículo se deberá establecer la cantidad que corresponderá a la Oficina Central.

Artículo 6 — - Delegación en la Administración Central . La Administración Central autorizará

las solicitudes de Autorización de Fondos de Caja Chica presentadas por cada Oficina Regional conforme a este Reglamento y dentro de los parámetros autorizados por la Dirección Ejecutiva.

Artículo 7 — - Fecha de Presentación de las Solicitudes . Las solicitudes a que se refiere este

Capítulo, se deberán presentar cada mes de enero al inicio del Ejercicio Fiscal. No se admitirán solicitudes después de enero de cada año para el respectivo ejercicio fiscal.

Artículo 8 — - De la Solicitud del Fondo de Caja Chica . Para tramitar la asignación del Fondo

de Caja Chica , el responsable de la administración deberá presentar a la Administración Central la siguiente documentación: a) Solicitud de Asignación del Fondo de Caja Chica, la cual deberá con tener la siguiente información: i) Dependencia que solicita el fondo;

Artículo 5 — - Regla General para la Autorización de Fondos.

La Dirección Ejecutiva autorizará la asignación de los recursos financieros a que se refiere este Reglamento, a solicitud de la Administración Central. En la solicitud a que se refiere este Artículo se deberá establecer la cantidad que corresponderá a la Oficina Central.

Artículo 6 — - Delegación en la Administración Central .

La Administración Central autorizará las solicitudes de Autorización de Fondos de Caja Chica presentadas por cada Oficina Regional conforme a este Reglamento y dentro de los parámetros autorizados por la Dirección Ejecutiva.

Artículo 7 — - Fecha de Presentación de las Solicitudes.

Las solicitudes a que se refiere este Capítulo, se deberán presentar cada mes de enero al inicio del Ejercicio Fiscal. No se admitirán solicitudes después de enero de cada año para el respectivo ejercicio fiscal.

Artículo 8 — - De la Solicitud del Fondo de Caja Chica. Para

tramitar la asignación del Fondo de Caja Chica, el responsable de la administración deberá presentar a la Administración Central la siguiente documentación: a) Solicitud de Asignación del Fondo de Caja Chica, la cual deberá contener la siguiente información: i) Dependencia que solicita el fondo; ii) Monto del fondo; iii) Nombre del responsable de la Administración del Fondo y del responsable de su Manejo y fotocopia de sus respectivas Tarjetas de Identidad. Preferiblemente, deberá ser personal permanente con nombramiento. iv) Lugar y fecha de la solicitud. b) Recibo firmado por el responsable del fondo por el monto total autorizado. c) La autorización por parte del Responsable del Manejo de Caja Chica y por parte del Administrador del Fondo de Caja Chica para que se proceda automáticamente a efectuar las deducciones del sueldo o del salario, de las indemnizaciones o de las prestaciones laborales que correspondan respectivas para el caso de los hallazgos que resulten de los arqueos respectivos.

Artículo 9 — - Reembolsos. Podrán solicitarse a la Administración

Central, reembolsos mensuales de los Fondos de Caja Chica o cuando se hayan efectuado gastos mayores al cincuenta por ciento (50%) del valor del fondo asignado para cada Objeto del Gasto. Los fondos no ejecutados serán registrados como gastos para efectos contables.

Artículo 10 — - Del Desembolso Inicial y de los Reembolsos

del Fondo de Caja Chica. Una vez admitida la Solicitud de Apertura del Fondo de Caja Chica se deberá proceder de la siguiente manera: a) Para el caso del Desembolso Inicial: i) Admitida la solicitud, la Administración Central la remitirá al Departamento de Contabilidad, a través del cual se revisará la documentación soporte, para verificar que cumple con lo establecido en el presente Reglamento. ii) Revisada la documentación antes referida y estar la misma de conformidad, el Departamento de Contabilidad expresará su parecer favorable para que se proceda a suscribir el respectivo pagaré. En caso que se deba agregar o enmendar información, el Departamento de Contabilidad deberá expresarse en tal sentido, a fin que se proceda a las enmiendas del caso. iii) Una vez que se autorice el desembolso inicial, éste no se hará efectivo sino hasta que el funcionario o empleado a quien se le asigne la Administración del Fondo de Caja Chica firme un pagaré a la vista y sin protesto por el monto asignado mediante el cual se determina su responsabilidad por el manejo de ese fondo, debiendo ser avalado por el funcionario o empleado responsable del manejo, en aplicación al artículo 97 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Cuentas. El cálculo de la caución y su documentación se harán conforme a las reglas establecidas en los Artículos 129 y 130 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Cuentas. El título-valor a que refiere este inciso, se deberá mantener en custodia por la Administración Central, bajo responsabilidad del Titular de ese Órgano de apoyo; dicho documento se le devolverá al obligado al momento de liquidar el Fondo de manera total y de conformidad a la revisión realizada por la Administración Central.

Los Pagarés se elaborarán siguiendo el formato establecido en el Anexo A de este Reglamento. b) Para el caso de los Reembolsos: i) Para solicitar el reembolso de Caja Chica se deberá presentar la siguiente información:

  1. La Solicitud de Pago por Concepto de Reembolso de Caja Chica;
  2. Detalle de la respectiva ejecución por Objeto del Gasto afectado;
  3. Todos los documentos originales de soporte de cada pago, los cuales deben tener el sello de cancelado en el anverso. Sólo se aceptarán pagos que se hayan efectuado de conformidad al Régimen de Facturación vigente.
  4. Resultado del último arqueo. ii) En caso de reembolso por Devolución de Fondos a través del Sistema de Administración Financiera Integrado (SIAFI) de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, además de la información descrita en los numerales 2 al 4 del subinciso i) de este inciso, se deberá solicitar la respectiva boleta de la Tesorería General de la República del depósito ante el Banco Central de Honduras. iii) Cuando se pretenda el reembolso a través de cheque, además de la información descrita en los numerales 2 al 4 del subinciso i) de este inciso, se deberá adjuntar el respectivo comprobante de depósito de la cuenta por la que se ejecutó el gasto.

Artículo 11 — - Registro de Firmas. Las firmas del Administrador

del Fondo de Caja Chica y del Responsable del Manejo de Caja Chica, deberán ser acreditadas y registradas ante la Secretaría General de la DINAF.

Artículo 12 — - Acreditación Mensual. La acreditación de los

montos a ejecutar a través del Fondo de Caja Chica se hará mes a mes.

Artículo 13 — - Otras Opiniones. Sin perjuicio de lo establecido

con respecto de la verificación administrativa a que se refiere este Reglamento, la Administración Central podrá solicitar la opinión de otras dependencias de la DINAF previo a la toma de las decisiones sobre los asuntos que versa este mismo Instrumento.

CAPÍTULO IV

DE LA UTILIZACIÓN DEL FONDO DE CAJA CHICA

Artículo 14 — - Pagos y Gastos Elegibles. Los pagos y gastos

elegibles para realizarse a través del Fondo de Caja Chica son:

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Solo se aceptarán pagos que se hayan efectuado de conformidad al Régimen de Facturación vigente. 4. Resultado del último arqueo. ii) En caso de reembolso por Devolución de Fondos a través del Sistema de Administración Financiera Integrado (SIAFI) de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, además de la información descrita en los numerales 2 al 4 d el sub inciso i) de este inciso, se deberá solicitar la respectiva boleta de la Tesorería General de la República del depósito ante el Banco Central de Honduras. iii) Cuando se pretenda el reembolso a través de cheque, además de la información descrita en los numerales 2 al 4 del sub inciso i) de este inciso, se deberá adjuntar el respectivo comprobante de depósito de la cuenta por la que se ejecutó el gasto.

Artículo 11 — - Registro de Firmas. Las firmas del Administrador del Fondo de Caja Chica y del

Responsable del Manejo de Caja Chica, deberán ser acreditadas y registradas ante la Secretaría General de la DINAF.

Artículo 12 — - Acreditación Mensual. La acreditación de los montos a ejecutar a través del

Fondo de Caja Chica se hará mes a mes.

Artículo 13 — - Otras Opiniones. Sin perjuicio de lo establecido con respecto de la verificación

administrativa a que se refiere este Reglamento, la Administración Central podrá solicitar la opinión de otras dependencias de la DINAF previo a la toma de las decisiones sobre los asuntos que versa este mismo Instrumento.

CAPITULO IV

DE LA UTILIZACIÓN DEL FONDO DE CAJA CHICA

Artículo 14 — - Pagos y Gastos Elegibles. Los pagos y gastos elegibles para realizarse a través

del Fondo de Caja Chica son: Objeto Descripción Observaciones

Mantenimiento y Reparación de Edificios y Locales Servicio de conservación y reparación de inmuebles, tales como oficinas, escuelas, hospitales, cuarteles, cárceles, etc., a fin de mantenerlos en condiciones adecuadas de funcionamiento sin aumento de su vida útil (como pintura y mantenimiento menores). Incluye el pago de gastos comunes en edificios o locales en propiedad horizontal 23200 Mantenimiento y Reparación de Equipos y Medios de Transporte Servicio de conservación y reparación de vehículos y medios de transporte en general. 25100 Servicio de Transporte Fletes terrestres, marítimos y aéreos, así como los gastos derivados del embalaje de mercaderías. Incluye el servicio de mudanza y otros gastos originados por el transporte de efectos personales de funcionarios y empleados del gobierno desde y hacia el exterior, de acuerdo con la normativa vigente y el transporte urbano de personas como empleados, testigos, enfermos, deportistas y otros. 25900 Otros Servicios Comerciales y Financieros Otros servicios comerciales y financieros no tipificados en las cuentas anteriores. 26110 Pasajes Nacionales Pasajes pagados a empresas de transporte (terrestre, aéreo, fluvial y marítimo) por el traslado del personal de las instituciones gubernamentales. 26210 Viáticos Nacionales

  1. Se pagarán hasta una noche por beneficiario.
  2. Se utilizará este rubro para cubrir hospedaje de niños en casos particulares.
  3. En lo demás, s e estará a lo dispuesto en el Acuerdo 696 del 27 de octubre de 2008 emitido por la Secretaría de Estado en el

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Objeto Descripción Observaciones Despacho de Finanzas 1 y a lo que las Disposiciones Presupuestarias establezcan para cada Ejercicio Fiscal. 27210 Tasas Tasa: Es la suma de dinero que el Estado o alguno de sus organismos descentralizados, percibe por la prestación efectiva de un servicio público a una persona determinada, natural o jurídica, cuyo monto debe corresponder al costo o mantenimiento del servicio. 31100 Alimentos y Bebidas para Personas Comidas y bebidas consumidas por los establecimientos hospitalarios, penitenciarios, de orfandad, cuarteles, etc. Comprende además, los gastos eventuales para el refrigerio al personal, almuerzos o cenas de trabajo, debidamente autorizados por autoridad competente. Incluye los gastos realizados por suministro de desayuno escolar. Estará sujeto a las siguientes reglas:

  1. Para el caso que los Servidores Públicos de la DINAF realicen actividades y tareas en días no laborables o después de las horas laborables, estas deberán ser aprobadas de conformidad a los Artículo 39 y 40 del Reglamento Interno de Servicio Público de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia y no se pagará a ellos más de un tiempo de comida por persona cuyo valor no deberá exceder de 80 lempiras.
  2. En el caso de los niños atendidos por la DINAF en las distintas sedes administrativas de la Institución, se estará a lo dispuesto en el Artículo 83 del Código de la Niñez y Adolescencia, y no se pagará a ellos un tiempo de comida por niño con valor mayor a ochenta lempiras exactos (L. 80.00) 32310 Prendas de Vestir No incluye la compra de calzados. 33100 Papel de Escritorio Papel de escritorio en sus diferentes variedades de uso común en oficinas, como ser: papel bond, papel cebolla, papel mimeógrafo, 35210 Productos Farmacéuticos y Medicinales Varios Preparados farmacéuticos para uso médico, preparados genéricos y de marca registrada presentados en ampollas, cápsulas, tabletas, ungüentos. Incluye oxigeno de uso médico, productos botánicos pulverizados o molidos o preparados de otra forma. Asimismo , comprende sustancias químicas utilizadas en la preparación de productos farmacéuticos, como reactivos de análisis médicos, apósitos quirúrgicos, láminas de algodón medicinal, vendajes para fracturas, productos de sutura, etc. En principio, los niños atendidos por la DINAF deberán recibir sus medicamentos y atención médica a través del sistema de salud pública.

35500 Tintas, Pinturas y Colorantes Tintas para escribir, dibujar e imprenta. Incluye pinturas, barnices, esmaltes y lacas, pigmentos y colores preparados, masillas y preparados similares no refractarios, para relleno y enlucido, disolventes, diluyentes y removedores de pintura. No incluye cartuchos de tinta de fotocopiadoras e impresoras. 35650 Aceites y Grasas Lubricantes No incluye aceite de cocina 35800 Productos de Material Plástico No incluye los artículos de cocina y comedor 36930 Elementos de Ferretería Artículos varios de ferretería como tuercas, tornillos, clavos, roldanas, argollas. 39100 Elementos de Limpieza y Aseo Personal Jabones, detergentes y cloro en todas sus formas; betunes, ceras y cremas para calzado, pisos, carrocerías, vidrios y metal; preparados para desodorizar ambientes. Incluye elementos de uso personal como pañales, toallas sanitarias, etc. y utensilios de limpieza tales como cepillos, trapos en sus diversas for mas, secadores, escobillones, baldes, palanganas, panas, etc. No Incluye preparados químicos para maquillaje e higiene personal.

1 Reglamento de Viáticos y Otros Gastos de Viaje para Funcionarios y Empleados del Poder Ejecutivo. La Gaceta, 18 de noviembre de 2008.

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Objeto Descripción Observaciones 39200 Útiles de Escritorio, Oficina y Enseñanza Lápices, lapiceros, carpetas, reglas, punteros, broches, alfileres, engrapadoras, perforadoras, pegamentos, borradores, sellos, tizas, marcadores, etc. y demás elementos de uso común en oficinas y establecimientos de enseñanza 39600 Otros Repuestos y Accesorios Menores Repuestos y accesorios menores considerados como instrumental complementarios de máquinas y equipos. Comprende repuestos para máquinas de oficina en general, equipos de tracción, transporte y elevación, maquinarias y equipos de producción, equipos de computación (cartuchos de tinta para impresoras y fotocopiadoras, d iskettes, discos compactos, unidades USB, mouse, etc.), casete (audio y audiovisual), etc.

Artículo 15 — - Carácter Urgente de la Adquisición o Pago . El uso de los Fondos de Caja Chica

debe ser eventual y sustentado en el carácter urgente de la adquisición o anticipo que se pretenda, atendiendo al siguiente orden de prioridades: a) El interés superior del niño; b) Seguridad laboral y salud en el Centro de Trabajo; c) Evitar el perjuicio institucional, incluido a sus servidores públicos , como consecuencia del ejercicio de sus atribuciones y del desempeño de sus funciones; d) Ejecución del Plan Operativo Anual; y, e) Celeridad procesal.

Artículo 16 — - Inelegibilidad. Además de los no expresados en el Artículo precedente, n o son

gastos elegibles para ser pagados o utilizados por el Fondo de Caja Chica: a) Pago de servicios personales que habitualmente deben realizarse mediante otros medios de pago (Cheque, transferencias, regularizaciones); b) Gastos de uso personal de los funcionarios o empleados; c) Cambio de cheques personales o de terceros, préstamos personales a empleados o terceros u otros desembolsos no estipulados en estas disposiciones; d) Gastos que no tengan carácter urgente; e) Apertura de cuentas bancarias y transacciones de igual naturaleza; f) Realizar pagos diferentes a la función del fondo de caja chica; g) Compra de equipo (impresoras, fax, escáner, etc.) que deba ser registrado como bienes nacionales, los cuales deberán adquirirse a través de los procedimientos de compra, utilizando otros medios de pago establecidos (Cheques, transferencias); h) Pago de multas y recargos; y, i) Obligaciones adquiridas previas a la creación del Fondo.

Artículo 17 — - Las adquisiciones con recursos del Fondo se debe rán hacer mediante el

formulario Anexo B de este Reglamento.

Artículo 18 — - Los anticipos de efectivo se deberán hacer de conformidad al Anexo C de este

Reglamento.

Artículo 19 — - Administración, Manejo y Uso del Fondo de Caja Chica . La administración,

manejo y uso del Fondo de Caja Chica observará las siguientes reglas: a) Los recibos, facturas y demás documentos que sirvan de soporte del gasto no deben tener tachones, borrones, enmiendas, mutilaciones, roturas o deterioro ; no se tendrán por válidos. b) No se aceptarán recibos o facturas con fechas anteriores a la creación del Fondo de Caja Chica; c) Los gastos efectuados por Fondo de Caja Chica se resumirán en orden numérico y secuencial. Todo formulario deberá ser firmado por el responsable del manejo del Fondo

Artículo 15 — - Carácter Urgente de la Adquisición o Pago.

El uso de los Fondos de Caja Chica debe ser eventual y sustentado en el carácter urgente de la adquisición o anticipo que se pretenda, atendiendo al siguiente orden de prioridades: a) El interés superior del niño; b) Seguridad laboral y salud en el Centro de Trabajo; c) Evitar el perjuicio institucional, incluido a sus servidores públicos, como consecuencia del ejercicio de sus atribuciones y del desempeño de sus funciones; d) Ejecución del Plan Operativo Anual; y, e) Celeridad procesal.

Artículo 16 — - Inelegibilidad. Además de los no expresados

en el Artículo precedente, no son gastos elegibles para ser pagados o utilizados por el Fondo de Caja Chica: a) Pago de servicios personales que habitualmente deben realizarse mediante otros medios de pago (Cheque, transferencias, regularizaciones); b) Gastos de uso personal de los funcionarios o empleados; c) Cambio de cheques personales o de terceros, préstamos personales a empleados o terceros u otros desembolsos no estipulados en estas disposiciones; d) Gastos que no tengan carácter urgente; e) Apertura de cuentas bancarias y transacciones de igual naturaleza; f) Realizar pagos diferentes a la función del fondo de caja chica; g) Compra de equipo (impresoras, fax, escáner, etc.) que deba ser registrado como bienes nacionales, los cuales deberán adquirirse a través de los procedimientos de compra, utilizando otros medios de pago establecidos (Cheques, transferencias); h) Pago de multas y recargos; y, i) Obligaciones adquiridas previas a la creación del Fondo.

Artículo 17 — - Las adquisiciones con recursos del Fondo

se deberán hacer mediante el formulario Anexo B de este Reglamento.

Artículo 18 — - Los anticipos de efectivo se deberán hacer de

conformidad al Anexo C de este Reglamento.

Artículo 19 — - Administración, Manejo y Uso del Fondo de

Caja Chica. La administración, manejo y uso del Fondo de Caja Chica observará las siguientes reglas: a) Los recibos, facturas y demás documentos que sirvan de soporte del gasto no deben tener tachones, borrones, enmiendas, mutilaciones, roturas o deterioro; no se tendrán por válidos.

b) No se aceptarán recibos o facturas con fechas anteriores a la creación del Fondo de Caja Chica; c) Los gastos efectuados por Fondo de Caja Chica se resumirán en orden numérico y secuencial. Todo formulario deberá ser firmado por el responsable del manejo del Fondo y autorizado por el Administrador. La Administración Central en concordancia con las Oficinas Regionales establecerá la nomenclatura correspondiente. d) Los vales de anticipo de Caja Chica deberán ser liquidados o devueltos en efectivo en un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas, caso contrario el monto del vale será deducido del salario más próximo; e) En los casos en que el gasto corresponda a la compra de alimentos para participantes en reuniones o eventos, deberá adjuntarse a la factura, recibo o listado de las personas atendidas. f) Aquellas facturas o recibos que no cumplan con lo dispuesto en el presente Reglamento, no serán consideradas para el reembolso y no se reconocerá gasto alguno; g) Los comprobantes soportes del reintegro por cheque deben estar a nombre de la Dirección de Niñez, Adolescencia, Familia y cumplir con los requisitos establecidos; en caso de reembolso mediante el SIAFI, deberá hacerse a nombre de la Tesorería General de la República (TGR). h) Los gastos no elegibles pagados o que excedan los montos máximos establecidos en el presente Reglamento, deberán ser cubiertos por los Administradores y/o los Responsables de los Fondos de Caja Chica.

Artículo 20 — - Sujeción a las Disposiciones Presupuestarias

y a la Ley de Contratación del Estado. Las adquisiciones se sujetarán a lo que las Disposiciones Generales del Presupuesto establezcan para los Contratos de la Administración Pública, con especial atención a las compras menores, y a la Ley de Contratación del Estado. Aplicable a compras mayores a quinientos lempiras exactos (L. 500.00).

Artículo 21 — - Identificación de los Firmantes. Cuando el

caso lo amerite, la documentación soporte de los pagos o anticipos deben tener la identificación del firmante receptor del pago o anticipo mediante la anotación del número de la Tarjeta de Identidad y su nombre completo.

Artículo 22 — - Correspondencia de Pagos. Las fechas de

los comprobantes que respaldan las erogaciones deben estar comprendidas dentro del mes que se solicita el reembolso para cumplir con el principio contable generalmente aceptado que establece que todas las transacciones deben registrarse en el período en que se ejecutaron. Los reembolsos correspondientes a gastos del mes anterior serán presentados, a más tardar, dentro de los cinco (5) días hábiles del mes siguiente. No obstante lo anterior y sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 17, inciso a), el Responsable del Manejo del Fondo debe realizar las aclaraciones, ampliaciones, correcciones o reposiciones y/o rectificaciones que exija la Administración Central e incluirlas en el siguiente reembolso de caja chica, debidamente Autorizadas por el Administrador del mismo. Lo anterior no debe perjudicar la procedencia de los pagos debidamente documentados. En caso que en el mes subsiguiente no se haya efectuado las enmiendas o correcciones ordenadas, se procederá a las deducciones correspondientes y conforme al Capítulo VI de este Reglamento.

Artículo 23 — - Las facturas o comprobantes que comprendan

más de un rubro u objeto del gasto, deberán desglosarse a efecto de no afectar la cuenta de cada rubro.

Artículo 24 — - Los montos del Fondo de Caja Chica no

ejecutados deberán de reintegrarse, de conformidad a las instrucciones que la Administración Central gire.

CAPÍTULO V

DEL CONTROL Y LIQUIDACIÓN DEL FONDO DE CAJA CHICA

Artículo 25 — - Arqueos. Para asegurar el uso adecuado de los

recursos de los fondos asignados conforme a este Reglamento se deberán realizar arqueos de form a periódica por el Administrador del Fondo de Caja Chica y por el Responsable del Manejo de Caja Chica, sin perjuicio de que se puedan hacer de forma sorpresiva sobre los valores entregados ya por la Administración Central o por la Unidad de Auditoría Interna de esta Dirección. Los Arqueos se harán conforme a lo establecido en el Anexo D de este Reglamento.

Artículo 26 — - De la Liquidación Anual del Fondo de Caja

Chica. La liquidación anual del Fondo deberá hacerse a más tardar el 10 de diciembre de cada año, por el Responsable y por el Administrador del mismo quien deberá presentar a la Administración Central, la documentación de los gastos realizados, para liquidar el Fondo de Caja Chica.

Artículo 27 — - En caso que a la fecha de la liquidación se

mantenga dinero en efectivo, éste deberá ser depositado así: a) A nombre de la Tesorería General de la República (TGR), en caso que se haya pagado a través del SIAFI; y, b) A nombre de la Dirección de Niñez, Adolescencia, Familia, cuando se haya pagado a través de cheque. Una vez revisada y aprobada la Liquidación Anual del Fondo de Caja Chica, el Departamento de Contabilidad dará al Administrador del Fondo de Caja Chica y al Responsable del manejo del Fondo, el finiquito correspondiente.

Artículo 28 — - Cambio del Administrador del Fondo de Caja

Chica. En caso de ausencia por viaje oficial, por incapacidad o por vacaciones del Administrador del Fondo de Caja Chica, éste deberá comunicar de manera expresa a la Administración Central tal extremo designando su sustituto y haciendo acompañar a su comunicación el pagaré suscrito, conforme al Artículo 6 de este Reglamento y en atención al párrafo último del Artículo 6 de la Ley de Procedimiento Administrativo, sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 129 de la Ley de Procedimiento Administrativo. En caso fortuito o fuerza mayor, la Administración Central podrá designar de oficio al sustituto temporal, quien ejercerá la función por un período no mayor a dos (2) meses. Se deberá seguir, en lo pertinente, la regla establecida en el inciso a) del Artículo 10 de este Reglamento.

Artículo 29 — - Cambio del Responsable del Fondo de

Caja Chica. En caso de vacaciones, enfermedad o ausencia temporal justificada de la persona responsable del manejo de los fondos de que se trata, el superior jerárquico encargará su administración a otro empleado de la misma área, para lo cual se suscribirá un Acta de Entrega/Recepción que será enviada a la Gerencia Administrativa, para el registro y control del Departamento de Contabilidad. En su caso y en lo pertinente, se procederá conforme a los Artículos 10, inciso a), subinciso iii), párrafo segundo y 11 y 27 de este Reglamento. Artículo.- 30.- Devolución del Pagaré y Suscripción de Nuevo Título-Valor. En el caso de los Artículos 28 y 29 precedentes, se deberá devolver el título-valor al obligado una vez que éste cese en sus funciones y, en su caso, suscribir el nuevo pagaré que corresponda.

CAPÍTULO VI

INFRACCIONES Y SANCIONES

Artículo 31 — - Aplicación del Marco Sancionatorio

General. Las infracciones a la presente normativa serán sancionadas sin perjuicio de las responsabilidades civiles y

penales que se deduzcan, así como de lo que otras normas administrativas dispongan.

Artículo 32 — - Concordancia con los Principios del

Servidor Público de la DINAF. El presente Reglamento hace suyos los principios contenidos en la Sección II del

Capítulo I del Reglamento Interno de Servicio Público de

la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia.

Artículo 33 — - Responsabilidad de la Coordinación de

Oficinas Regionales. Para el caso de los llamados de atención a que refiere el Artículo 100 del Reglamento Interno de Servicio Público de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia, los llamados de atención a los Jefes Regionales se harán por la Coordinación de Oficinas Regionales de la DINAF.

Artículo 34 — - Otras Agravantes. Sin perjuicio de otras

agravantes dispuestas en otras normas jurídicas aplicables, el fraccionamiento de adquisiciones y las simulaciones contractuales ejecutadas mediando o utilizando los recursos del Fondo de Caja Chica, serán considerados agravantes de las infracciones cometidas.

Artículo 35 — - Responsabilidad de la Supervisión. El

Administrador del Fondo de Caja Chica y el Responsable del Manejo de Caja Chica velarán por que se cumpla con las normas establecidas en este Instrumento y el incumplimiento por ellos cometido y/o por parte del personal a su respectivo cargo, será sancionado de conformidad.

Artículo 36 — - Procedimiento Sancionatorio Único. El

incumplimiento a lo ordenado en las presentes normas será sancionado a través del procedimiento establecido en el Reglamento Interno de Servicio Público de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia.

Artículo 37 — - Principio de Inocencia. La ejecución de

la caución a que se refiere el Artículo 10, inciso a), subinciso iii), arriba mencionado, procederá una vez que, ya al Administrador del Fondo de Caja Chica o al Responsable del Manejo de Caja Chica, se les haya comprobado la comisión de la infracción a la presente normativa o al incumplimiento de las obligaciones que deriven de ella, sin perjuicio de la sanción que administrativa, civil o penalmente corresponda.

CAPÍTULO VII

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES

Artículo 38 — - Para efectos del Ejercicio Fiscal 2018 y por

esta única vez, la elegibilidad de pagos se hará conforme a la siguiente tabla global:

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CAPITULO VI

INFRACCIONES Y SANCIONES

Artículo 31 — - Aplicación del Marco Sancionatorio General . Las infracciones a la presente

normativa serán sancionadas sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que se deduzcan, así como de lo que otras normas administrativas dispongan.

Artículo 32 — - Concordancia con los Principios del Servidor Público de la DINAF . El presente

Reglamento hace suyos los principios contenidos en la Sección II del Capítulo I del Reglamento Interno de Servicio Público de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia.

Artículo 33 — - Responsabilidad de la Coordinación de Oficinas Regionales. Para el caso de los

llamados de atención a que refiere el Artículo 100 del Reglamento Interno de Servicio Público de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia , los llamados de atención a los Jefes Regionales se harán por la Coordinación de Oficinas Regionales de la DINAF.

Artículo 34 — - Otras Agravantes. Sin perjuicio de otras agravantes dispuestas en otras normas

jurídicas aplicables, e l fraccionamiento de adquisiciones y las simulaciones contractuales ejecutadas mediando o utilizando los recursos del Fondo de Caja Chica, serán considerados agravantes de las infracciones cometidas.

Artículo 35 — - Responsabilidad de la Supervisión. El Administrador del Fondo de Caja Chica y

el Responsable del Manejo de Caja Chica velarán por que se cumpla con las n ormas establecidas en este Instrumento y el incumplimiento por ellos cometido y/o por parte del personal a su respectivo cargo, será sancionado de conformidad.

Artículo 36 — - Procedimiento Sancionatorio Único . El incumplimiento a lo ordenado en las

presentes normas será sancionado a través del procedimiento establecido en el Reglamento Interno de Servicio Público de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia.

Artículo 37 — - Principio de Inocencia. La ejecución de la caución a que se refiere el Artículo 10,

inciso a), sub inciso iii), arriba mencionado, procederá una vez que , ya al Administrador del Fondo de Caja Chica o al Responsable del Manejo de Caja Chica , se les haya comprobado la comisión de la infracción a la presente normativa o al incumplimiento de las obligaciones que deriven de ella, sin perjuicio de la sanción que administrativa, civil o penalmente corresponda.

CAPÍTULO VII

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES

Artículo 38 — - Para efectos del Ejercicio Fiscal 2018, y por esta única , vez la elegibilidad de

pagos se hará conforme a la siguiente tabla global:

Objeto Descripción Observaciones

Mantenimiento y Reparación de Edificios y Locales Servicio de conservación y reparación de inmuebles, tales como oficinas, escuelas, hospitales, cuarteles, cárceles, etc., a fin de mantenerlos en condiciones adecuadas de funcionamiento sin aumento de su vida útil (como pintura y mantenimiento menores). Incluye el pago de gastos comunes en edificios o locales en propiedad horizontal 23200 Mantenimiento y Reparación de Equipos y Medios de Transporte Servicio de conservación y reparación de vehículos y medios de transporte en general. 25100 Servicio de Transporte Fletes terrestres, marítimos y aéreos, así como los gastos derivados del embalaje de mercaderías. Incluye el servicio de mudanza y otros gastos originados por el transporte de efectos

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Objeto Descripción Observaciones personales de funcionarios y empleados del gobierno desde y hacia el exterior, de acuerdo con la normativa vigente y el transporte urbano de personas como empleados, testigos, enfermos, deportistas y otros. 25900 Otros Servicios Comerciales y Financieros Otros servicios comerciales y financieros no tipificados en las cuentas anteriores. 26110 Pasajes Nacionales Pasajes pagados a empresas de transporte (terrestre, aéreo, fluvial y marítimo) por el traslado del personal de las instituciones gubernamentales. 26210 Viáticos Nacionales

  1. Se pagarán hasta dos noches por beneficiario si este es funcionario o empleado de la DINAF.
  2. En caso que el beneficiario no sea empleado o funcionario de la DINAF, se cubrirá solo hasta una noche.
  3. Se estará a lo dispuesto en el Acuerdo 696 del 27 de octubre de 2008 emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas 2 y a lo que las Di sposiciones Presupuestarias establezcan para cada Ejercicio Fiscal. 27210 Tasas Tasa es la suma de dinero que el Estado o alguno de sus organismos descentralizados, percibe por la prestación efectiva de un servicio público a una persona determinada, natural o jurídica, cuyo monto debe corresponder al costo o mantenimiento del servicio. 31100 Alimentos y Bebidas para Personas Comidas y bebidas consumidas por los establecimientos hospitalarios, penitenciarios, de orfandad, cuarteles, etc. Comprende además, los gastos eventuales para el refrigerio al personal, almuerzos o cenas de trabajo, debidamente autorizados por autoridad competente. Incluye los gastos realizados por suministro de desayuno escolar. 32310 Prendas de Vestir No incluye la compra de calzados. 33100 Papel de Escritorio Papel de escritorio en sus diferentes variedades de uso común en oficinas, como ser: papel bond, papel cebolla, papel mimeógrafo, etc. 35210 Productos Farmacéuticos y Medicinales Varios Preparados farmacéuticos para uso médico, preparados genéricos y de marca registrada presentados en ampollas, cápsulas, tabletas, ungüentos. Incluye oxigeno de uso médico, productos botánicos pulverizados o molidos o preparados de otra forma. Asimismo , comprende sustancias químicas utilizadas en la preparación de productos farmacéuticos, como reactivos de análisis médicos, apósitos quirúrgicos, láminas de algodón medicinal, vendajes para fracturas, productos de sutura, etc. En principio, los niños atendidos por la DINAF deberán recibir sus medicamentos y atención médica a través del sistema de salud pública. 35500 Tintas, Pinturas y Colorantes Tintas para escribir, dibujar e imprenta. Incluye pinturas, barnices, esmaltes y lacas, pigmentos y colores preparados, masillas y preparados si milares no refractarios, para relleno y enlucido, disolventes, diluyentes y removedores de pintura. No incluye cartuchos de tinta de fotocopiadoras e impresoras. 35610 Gasolina Uso debidamente justificado . Aplicable solo a los meses de mayo y junio de 2018 35620 Diesel Uso debidamente justificado . Aplicable solo a los meses de mayo y junio de 2018 35650 Aceites y Grasas Lubricantes No incluye aceite de cocina. Aplicable solo a los meses de mayo y junio de 2018 35800 Productos de Material Plástico No incluye los artículos de cocina y comedor 36930 Elementos de Ferretería Artículos varios de ferretería como tuercas, tornillos, clavos, roldanas, argollas

2 Reglamento de Viáticos y Otros Gastos de Viaje para Funcionarios y Empleados del Poder Ejecutivo. La Gaceta, 18 de noviembre de 2008.

Artículo 39 — - Los montos a desembolsar al tenor de la

Tabla Global de Elegibilidad Provisional de Pagos para el Ejercicio Fiscal 2018 a cada Oficina Regional, incluida la Oficina Central, se harán conforme a la disponibilidad que para cada una de ellas disponga la Administración Central y debe incluir la ejecución de los objetos del gasto efectuado por cada Oficina Regional y la Oficina Central, a la fecha de emisión de este Acuerdo.

Artículo 40 — - No obstante lo dispuesto en el Artículo

18, inciso b), de este Reglamento, se aceptarán facturas correspondientes al período mayo de 2018.

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Objeto Descripción Observaciones 39100 Elementos de Limpieza y Aseo Personal Jabones, detergentes y cloro en todas sus formas; betunes, ceras y cremas para calzado, pisos, carrocerías, vidrios y metal; preparados para desodorizar ambientes. Incluye elementos de uso personal como pañales, toallas sanitarias, etc. Y utensilios de limpieza tales como cepillos, trapos en sus diversas formas, secadores, escobillones, baldes, palanganas, panas, etc. No Incluye preparados químicos para maquillaje e higiene personal. 39200 Útiles de Escritorio, Oficina y Enseñanza Lápices, lapiceros, carpetas, reglas, punteros, broches, alfileres, engrapadoras, perforadoras, pegamentos, borradores, sellos, tizas, marcadores, etc. Y demás elementos de uso común en oficinas y establecimientos de enseñanza 39600 Otros Repuestos y Accesorios Menores Repuestos y accesorios menores considerados como instrumental complementarios de máquinas y equipos. Comprende repuestos para máquinas de oficina en general, equipos de tracción, transporte y elevación, maquinarias y equipos de producción, equipos de computación (cartuchos de tinta para impresoras y fotocopiadoras, disket tes, discos compactos, unidades USB, mouse, etc.), cas etes (audio y audiovisual), etc.

Artículo 39 — - Los montos a desembolsar al tenor de la Tabla Global de Elegibilidad

Provisional de Pagos para el Ejercicio Fiscal 2018 a cada Oficina Regional, incluida la Oficina Central, se har án conforme a la disponibilidad que para cada una de ellas disponga la Administración Central y debe incluir la ejecución de los objetos del gasto efectuado por cada Oficina Regional y la Oficina Central, a la fecha de emisión de este Acuerdo.

Artículo 40 — - No obstante lo dispuesto en el Artículo 18, inciso b), de este Reglamento, se

aceptarán facturas correspondientes al período mayo de 2018.

Artículo 41 — - Derogar el Acuerdo 17 -2017, emitido por esta Dirección el 17 de marzo de 2017,

contentivo del Reglamento Especial para el Manejo del Fondo Rotatorio de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia.

Artículo 42 — - Serán supletorias a las ausencias normativas de este Reglamento, por su orden,

las Normas relativas al Control Interno, las Normas Técnicas del Subsistema d e Contabilidad Gubernamental, las Normas Contables del Sector Público Internacional y los principios generales del procedimiento administrativo.

Artículo 43 — - El presente Reglamento es vigente a partir de su emisión.

COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.

LOLIS MARÍA SALAS MONTES Directora Ejecutiva

MÓNICA HIDALGO WELCHEZ Secretaria General

Artículo 41 — - Derogar el Acuerdo 17-2017, emitido por

esta Dirección el 17 de marzo de 2017, contentivo del Reglamento Especial para el Manejo del Fondo Rotatorio de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia.

Artículo 42 — - Serán supletorias a las ausencias normativas

de este Reglamento, por su orden, las Normas relativas al Control Interno, las Normas Técnicas del Subsistema de Contabilidad Gubernamental, las Normas Contables del Sector Público Internacional y los principios generales del Procedimiento Administrativo.

Artículo 43 — - El presente Reglamento es vigente a partir de

su emisión.

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ANEXO A

PAGARE POR L._________

Yo, _____________________________, mayor de edad, ___________, __________ y de este domicilio, con Tarjeta de Identidad ______, PAGARÉ Incondicionalmente a la vista y SIN PROTESTO a la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF) ubicada en la Colonia Humuya, calle La Salud No. 1101 de la colonia El Prado de esta Ciudad, la cantidad de ___________________________ (), obligándome pagar, en su caso, un interés moratorio equivalente al uno y medio por ciento (1.5%) mensual.

Tegucigalpa, MDC, ______ de _______ 2018.

Teléfono: _____________ Aval: _______________________________________________ Tarjeta de Identidad _________________ Domicilio: ______________________________________________________

Fecha: _____ de _____________ de 2018.

COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. LOLIS MARÍA SALAS MONTES Directora Ejecutiva MÓNICA HIDALGO WELCHEZ Secretaria General

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ANEXO C

DIRECCIÓN DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA VALE DE CAJA CHICA

Vale por L.____________ Recibí del Fondo de Caja Chica de la Oficina [Central, Regional, según el caso], la cantidad de______________________________________________________ L. ( ), para: ___________________________________________________. [Ciudad] _____ de ______________ de 20 __.


Responsable del Manejo de Caja Chica Administrador del Fondo de Caja Chica

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ANEXO B

DIRECCIÓN DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA SOLICITUD PARA COMPRA POR CAJA-CHICA Señor Proveedor: Favor suministrar lo descrito a continuación:

No. Objeto del Gasto Descripción Cantidad Unidad Valor

SOLICITADO POR:

APROBADO POR:

Original: Administración Central Copia: Dependencia solicitante

DIA MES AÑO

OBJETO DEL GASTO:

C E R T I F I C A C I Ó N El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en los Derechos de Gobernación, Justica y Descentralización. CERTIFICA: La Resolución que literalmente dice: RESOLUCIÓN N° 2445-2017.- SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN. Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, diecinueve de diciembre de dos mil diecisiete. VISTA: Para resolver la solicitud presentada al Poder Ejecutivo, por medio de esta Secretaría de Estado, en fecha siete de septiembre de dos mil diecisiete, misma que corre al expediente administrativo N° PJ- 07092017-593 presentada ante esta Secretaría de Estado por el abogado LEONEL DAMIAN SUAZO CASTILLO, en su condición de apoderado legal de la JUNTA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE EL CARRIZAL, MUNICIPIO DE TAULABÉ, DEPARTAMENTO DE COMAYAGUA, con domicilio en la comunidad de El Carrizal, municipio de Taulabé, departamento de Comayagua , Honduras; en el trámite de OTORGAMIENTO DE PERSONALIDAD JURÍDICA a favor de sus representados. RESULTA: Que el peticionario acompañó a su solicitud los documentos correspondientes. RESULTA: Que a la solicitud se le dio el trámite de ley habiéndose mandado oír a la Unidad de Servicios Legales de esta Secretaría de Estado quien emitió Dictamen Favorable No. U.S.L. 2232-2017 de fecha 19 de diciembre de 2017. CONSIDERANDO: Que la JUNTA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE EL CARRIZAL, MUNICIPIO DE TAULABÉ, DEPARTAMENTO DE COMAYAGUA, se crea como una asociación civil de beneficio mutuo, cuyas disposiciones estatutarias no son contrarias a las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres por lo que es procedente acceder a lo solicitado. CONSIDERANDO: La presente resolución no le da validez a cualquier disposición contenida en los estatutos que sea contraria a la Constitución de la República de Honduras y a las leyes. POR TANTO: El Secretario de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, en uso de sus facultades y en aplicación a lo establecido en los Artículos 245 numeral 40 de la Constitución de la República; 18 de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento; 34, 35, 36, 37, 38 y 39 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector de Agua Potable y Saneamiento; 29 reformado mediante Decreto 266-2013 publicado en fecha 23 de enero de 2014; 116 y 120 de la Ley General de la Administración Pública; 56 y 58 del Código Civil; 24, 25 y 83 de la Ley de Procedimiento Administrativo; Acuerdo Ministerial No. 410-2016. RESUELVE PRIMERO: Conceder Personalidad Jurídica a la JUNTA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE EL CARRIZAL, MUNICIPIO DE TAULABÉ, DEPARTAMENTO DE COMAYAGUA, con domicilio en la comunidad de El Carrizal, municipio de Taulabé, departamento de Comayagua , Honduras; la cual tendrá los Estatutos siguientes: ESTATUTOS DE LA JUNTA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE EL CARRIZAL, MUNICIPIO DE TAULABÉ, DEPARTAMENTO DE COMAYAGUA

CAPITULO I

CONSTITUCIÓN, DENOMINACIÓN, DURACIÓN Y DOMICILIO

Artículo 1 — - Se constituye la organización cuya denominación será

Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento y se reconocerá con las siglas siguientes: JAAS DE LA COMUNIDAD DE EL CARRIZAL, MUNICIPIO DE TAULABÉ, DEPARTAMENTO DE COMAYAGUA, como una asociación de servicio comunal, de duración indefinida, sin fines de lucro y que tendrá como finalidad obtener la participación efectiva de dicha comunidad para la construcción, operación y mantenimiento del sistema de agua potable de acuerdo con las normas, procedimientos y reglamentaciones vigentes, establecidos en la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento, su Reglamento General y demás reglamentos, Código de Salud y Ley General del Ambiente y demás Leyes Aplicables efectuando trabajos de promoción y educación sanitaria ambiental, entre los habitantes de EL CARRIZAL, MUNICIPIO DE TAULABÉ, DEPARTAMENTO DE COMAYAGUA.

Artículo 2 — - El domicilio legal será en EL CARRIZAL,

MUNICIPIO DE TAULABÉ, DEPARTAMENTO DE COMAYAGUA, HONDURAS; y tendrá operación en dicha comunidad proporcionando el servicio de agua potable.

Artículo 3 — - Se considera componentes del sistema de agua potable

los siguientes: 1.- La microcuenca que comprende el área de terreno delimitada y protegida. 2.- El acueducto que comprende las obras físicas de captación, conducción, almacenamiento y distribución de agua potable. 3.- Saneamiento que comprende las obra físicas para el saneamiento ambiental en cada uno de los hogares construido por la comunidad.

CAPÍTULO II

DE LOS OBJETIVOS Y ACTIVIDADES

Artículo 4 — - El fin primordial de los presentes Estatutos es

regular y normal el funcionamiento de la Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento Básico (JAAS) y los diferentes comités para la administración, operación y mantenimiento del sistema agua potable y saneamiento.

Artículo 5 — - La Organización tendrá los siguientes objetivos:

a.- Mejorar la condición de salud de los abonados y de las comunidades en general. b.- Asegurar una correcta administración del sistema. c.- Lograr un adecuado mantenimiento y operación del sistema. d.- Solicitar capacitación y asesoría a las instituciones competentes según la ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento. e.- Gestionar financiamiento para mejorar el servicio de abastecimiento de agua potable y el saneamiento básico de la forma siguiente: 1.- Obtención del área de la microcuenca por medio de la compra, firma de convenios con dueños de terreno. 2.- Mejorando la infraestructura. 3.- Construyendo obras que ayuden a mejorar el saneamiento de la comunidad. f.- Vigilar porque la población use y maneje el agua adecuadamente y evitando el desperdicio del agua. g.- Gestionar la asistencia técnica de SANAA necesaria para mantener adecuadamente el sistema. h.- Realizar labores de vigilancia en todos los componentes del sistema: 1) Microcuencas. 2) Acueducto. 3) Saneamiento Básico. i.- Asegurar la sostenibilidad de los servicios de agua potable y

Sección “B”

saneamiento básicos. j.-Vigilar que la población practique hábitos higiénicos y sanitarios en los hogares.

Artículo 6 — Para el logro de los objetivos indicados, la

organización podrá realizar las siguientes actividades: a.- Recibir las aportaciones ordinarias en concepto de tarifa mensual por pagos del servicio de agua potable y extraordinaria en concepto de cuotas como ser actividades con fines de lucro discutidas y aprobadas por la asamblea de usuarios con su firma respectiva en acta, categorización de la tarifa en base a: 1) Capacidad de pago. 2) Número de familia por vivienda. 3) Número de llaves adicionales. 4) otras consideraciones establecidas por la Junta Directiva de acuerdo a la inversión que se requiera hacer al sistema de agua potable y saneamiento estimado por la misma. b.- Establecer programas de capacitación permanentes a fin de mejorar y mantener la salud de los abonados. c.- Aumentar el patrimonio económico a fin de asegurar una buena operación y mantenimiento del sistema. d.- Gestionar, canalizar y ejecutar recursos financieros de entes nacionales e internacionales. e.- Coordinar y asociarse con otras juntas (Asociación de Juntas Administradoras de Agua a nivel Municipal AJAAMTE) e instituciones públicas y privadas para mantener y mejorar el sistema. f.- Promover la integración de la comunidad e involucrarla con el sistema. g.- Conservar, vigilar, mantener y aumentar el área de la microcuenca cada año. h.- Realizar cualquier actividad que tienda mejorar la salud y/o a conservar el sistema de agua potable y saneamiento.

CAPÍTULO III.-

DE LOS MIEMBROS, DE LAS CLASES DE MIEMBROS, OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS

Artículo 7 — - La Junta administradora de Agua potable y

Saneamiento “JAAS” tendrá las siguientes categorías de miembros: a.- Fundadores. b.- Activos. Miembros Fundadores: Son los que suscriben el acta de Constitución de la Junta Administradora de Agua potable y Saneamiento “JAAS”. Miembros Activos: Son los que participan en las Asambleas de Usuarios.

Artículo 8 — - Son derechos de los miembros: a.- Ambas clases

de miembros tienen derecho a voz y a voto. b.- Elegir y ser electos. c.- Presentar iniciativas o proyectos a la Junta Directiva. d.- Elevar peticiones o iniciativas que beneficien la adecuada gestión de los servicios. e.- Presentar reclamos ante el prestador por deficiencias en la calidad de servicios. f.- Recibir avisos oportunamente de las interrupciones programadas del servicio, de las modificaciones en la tarifa y de cualquier evento que afecte sus derechos o modifique la calidad del servicio que recibe.

Artículo 9 — - Son obligaciones de los miembros (usuarios

directivos): a.- Conectarse en el acueducto y al sistema de saneamiento. b.- Hacer uso adecuado de los servicios, sin dañar ni poner en riesgo la infraestructura. c.- Asistir puntualmente a las reuniones. d.- Participar en cualquiera de las comisiones que se le asigne. e.- Vigilar por el buen estado de las partes del sistema. f.- Realizar labores de mantenimiento y mejoramiento del sistema cuando la junta los requiera. g.- Mantener limpio los solares, pilas, letrinas y la vivienda para prevenir las enfermedades. h.- Pagar una multa equivalente al valor de un día de trabajo por no asistir a las reuniones. i.- Permitir la inspección de las instalaciones, letrinas, pilas a personal autorizado de la junta j.- Pagar puntualmente la tarifa dentro de los primeros diez días del mes siguiente. k.- Pagar una multa establecida por la junta por el incumplimiento de las obligaciones.

CAPÍTULO IV .

DE LOS MIEMBROS, ATRIBUCIONES DE CADA ORGANO, ASAMBLEA DE USUARIOS, JUNTA DIRECTIV AS COMITÉ DE APOYO.

Artículo 10 — - La dirección, administración, operación y

mantenimiento en el ámbito de todo el sistema estará a cargo de: a.- Asamblea de usuarios. b.- Junta directiva. c.- Comités de apoyo integrado por: 1) Comité de Microcuencas. 2) Comité de operación y mantenimiento. 3) Comité de saneamiento y educación de usuarios. 4) Comité de vigilancia. DE LA ASAMBLEA DE USUARIOS.

Artículo 11 — - Es la máxima autoridad de la comunidad a

nivel local, expresa la voluntad colectiva de los usuarios debidamente convocados. Son funciones de la Asamblea de usuarios: a.- Elegir los miembros directos de la Junta los que coordinaran los comités. b.- Tratar los asuntos relacionados con los intereses de la Junta. c.- Aprobar los informe trimestrales de la ejecución del presupuesto vigente y del Plan Operativo Anual POA. d.- Resolver la aprobación de sanciones para faltas graves de Renovar o suspender cualquier miembro directivo propuesto o no propuesto por los demás miembros de la Junta Directiva. DE LA JUNTA DIRECTIV A

Artículo 12 — - Después de la Asamblea de Usuarios la

Junta Directiva, es el órgano de gobierno más importante de la Junta Administradora de Agua y Saneamiento estará integrada por hombres y mujeres mayores de diez y ocho años electos por el voto mayoritario de la Asamblea de Usuarios o por los presentes en la reunión después de una espera de media hora para que se presenten los usuarios; deberá considerar la equidad de género; y estará en funciones por un período de dos años y podrá ser nombrada por un periodo más en forma consecutiva, ejercerán los cargos ad honorem, para ser miembro de la Junta Directiva deberá cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 13 del Reglamento de Juntas de Agua y Saneamiento de la Ley Marco del Sector de Agua Potable y Saneamiento, estará conformado por cinco (5) miembros propietarios y dos V ocales: 1.- Un Presidente(a). 2.- Vicepresidente(a). 3.- Secretario(a). 4.- Un Tesorero(a). 5.- Un Fiscal. 6.- Dos Vocales.

Artículo 13 — - La Junta Directiva tendrá las siguientes funciones:

a.- Brindar informes trimestrales sobre la ejecución del presupuesto y el seguimiento del Plan Operativo Anual “POA”, en el orden siguiente el primero marzo el segundo en junio el tercero en septiembre y el cuarto en diciembre. b.- Elaborar el presupuesto anual y el Plan Operativo Anual “POA” y presentarlo a la Asamblea de Usuario en el mes de enero. c.- Coordinar y ejecutar las actividades de saneamiento básico, operación y mantenimiento del sistema de agua. d.- Realizar los cobros de tarifas mensuales y demás ingresos en efectivo provenientes del servicio de agua en la comunidad. e.- Depositar los fondos en una cuenta bancaria a nombre del Presidente, Tesorero y el Fiscal; si los directivos consideran conveniente las recaudaciones de cobros de tarifa y demás ingresos en efectivo provenientes del servicio de agua en la comunidad. f.- Asistir a las reuniones de la Asociación de Juntas Administradoras de Agua Potable y Saneamiento. g.- Cancelar o superar el servicio de Agua a los directivos y usuarios por el no cumplimiento de las leyes, Reglamentos, estatutos y acuerdos aprobados en sesiones de Directiva o de Asamblea o por poner en peligro la vida de los habitantes de la comunidad al realizar prácticas que afecten la salud. h.- Vigilar y proteger las fuentes de abastecimientos de agua.- Evitando su contaminación y realizando acciones de protección y reforestación de la microcuenca. i.- Vigilar el mantenimiento de las obras sanitarias en los hogares de los usuarios como ser letrinas, pilas, solares y las viviendas que se encuentren en las condiciones higiénicas sanitarias. j.- Nombrar los delegados de los comités lo mismo que el personal de trabajo de la junta como ser el fontanero y otro que estime conveniente siempre que no se necesite de una asesoría para su nombramiento k.- Informar a la asociación de juntas sobre las labores realizadas en la comunidad así como los problemas no resueltos.

Artículo 14 — - Para tratar los asuntos relaciones con el sistema

y crear una comunicación y coordinación en su comunidad, se harán reuniones así: a.- Trimestralmente en forma Ordinaria con los usuarios del servicio y cuando fuese de urgencia en forma Extraordinaria. b.- La Junta Directiva se reunirá una vez por mes y en forma Extraordinaria o cuando sea convocado por la AJAAMTE o u otra institución. DEL COMITÉ DE VIGILANCIA

Artículo 15 — - Dentro de la Junta Administradora desempeña un

papel muy importante para el éxito de las actividades administrativas de operación y mantenimiento del sistema, el Comité de Vigilancia, que se encargará de controlar y vigilar permanentemente todas las actividades que se realicen en la Junta, serán sus funciones: a.- Comprobar la exactitud de los inventarios y estados financieros. b.- Verificar el dinero de caja cada vez que estime conveniente. c.- Vigilar que todos los abonados cumplan con sus obligaciones. d.- Fiscalizar las actividades realizadas por los miembros de la Junta. e.- Auditar y supervisar las cuentas de recaudación proveniente de los abonados. f.- Comprobar los gastos efectuados por la Junta. g.- Verificar el trabajo realizado por los fontaneros y/o mano de obra calificada y no calificada. h.- Firmar los documentos administrativos que den fe de aceptado a los informes del Presidente y Tesorero. i.- Vigilar la bodega. j.- Estará formado por un coordinador que será el Fiscal tendrá delegados nombrados por la Asamblea o el coordinador y serán ratificados por la directiva el número será de acuerdo a la magnitud del trabajo. DE LOS COMITES DE APOYO

Artículo 16 — - La Junta Directiva tendrá los siguientes Comités

de Apoyo: a.- Comit é de Operación y Mantenimiento. b.- Comité de Microcuenca. c.- Comité Saneamiento y Educación de Usuarios.

Artículo 17 — - Estos comités estarán integrados por un

coordinador y delegados o nombrados uno por cada 15 usuarios o el número que la Junta Directiva estime conveniente el coordinador del Comité de Salud será el V ocal Primero y el coordinador del Comité de Microcuenca será el V ocal Segundo y el coordinador de Comité de Operación y Mantenimiento será el Vicepresidente y los delegados podrán ser nombrados por la Asamblea o por cada coordinador y ratificados por la directiva de acuerdo al trabajo a realizar, su función específica es la de coordinar todas las labores de operación, mantenimiento y conservación de la microcuenca y salud de los abonados en el tiempo y forma que determine la Asamblea de Usuarios y los reglamentos que para designar sus funciones específicas y estructura interna, oportunamente se emitan, debiendo siempre incorporar como miembros de los Comités de Operación y Mantenimiento y de microcuenca el Alcalde Auxiliar, fontanero y representante de la UMA y al Promotor de Salud y al personal comunitario de Salud Pública asignado de la zona como miembro del Comité de Saneamiento. DE LA JUNTA DIRECTIV A

Artículo 18 — - La Junta Directiva de la Junta Administradora

de Agua estará formada por: Presidente. Vicepresidente. Secretario. Tesorero. Un Fiscal. V ocales.

Artículo 19 — - Son atribuciones del PRESIDENTE: a.- Convocar

a sesiones. b.- Abrir, presidir y cerrar las sesiones. c.- Elaborar la agenda con el Secretario. d.- Autorizar y aprobar con el Secretario las actas de las sesiones. e.- Autorizar y aprobar con el Tesorero todo documento que implique erogación de fondos. f.- Representar judicial y extrajudicialmente a la Junta Administradora de Agua y Saneamiento JAAS. g.- Solicitar un informe por escrito al fontanero y presentarlo a los directivos y usuarios. h.- Firmar con el Presidente las salidas del dinero de tesorería de la junta.

Artículo 20 — - Son atribuciones del VICEPRE-SIDENTE:

a.- Sustituir al Presidente en caso de ausencia temporal o definitiva, en este último caso se requerirá la mayoría simple de la Junta directiva. b.- Supervisará las comisiones que se asignen. c.-Coordinar el comité de operación y mantenimiento. d.- Nombrar los delegados del comité de operación y mantenimiento e.- Las demás atribuciones que le asigne la Junta Directiva o la Asamblea.

Artículo 21 — - Son atribuciones del SECRE-TARIO: a.- Llevar

el libro de actas. b- Autorizar con su firma las actuaciones del Presidente de la Junta, excepto con lo relacionado con el dinero. c.- Encargarse de la correspondencia. d.- Convocar junto con el Presidente. e.- Llevar el registro de abonados. f.- Organizar el archivo de la Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento JAAS. g.- Manejo de planillas de mano de obras. h- Firmar las actas con el Presidente.

Artículo 22 — - Son atribuciones del TESORERO : Es el

encargado de manejar fondos, archivar documentos que indique ingresos y egresos: a.- Recaudar y administrar los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema. b.- Responder solidariamente con el Presidente del manejo y custodia de los fondos que serán destinados a una cuenta bancaria o del sistema cooperativista. c.- Llevar al día y con claridad el registro y control de las operaciones que se refieren a entradas y salidas dinero, tesorería de la Junta (libro de entradas y salidas, talonario de recibos ingresos y egresos, pagos mensuales de agua). d.- Informar mensualmente a la Junta directiva, Municipalidad y la Asociación de Juntas Administradora de Agua a nivel Municipal AJAAMTE sobre el manejo económico y financiero (cuenta bancaria), gastos e inversiones lo mismo de las necesidades económicas que tiene la junta. e.- Dar a los abonados las explicaciones que soliciten sobre sus cuentas. f.- Llevar el inventario de los bienes de la Junta. g.- Autorizar conjuntamente con el Presidente toda erogación de fondo. h.- Presentar ante la Asamblea un informe de ingresos y egresos en forma trimestral y anual con copia a la Municipalidad. i- Firmar las salidas egresos de la junta.

Artículo 23 — - Son atribuciones del FISCAL : a.- Es el

encargado de fiscalizar los fondos de la organización. b.- Supervisar y coordinar la administración de los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema. c.- Comunicar a los miembros de la Junta Directiva de cualquier anomalía que se encuentre en la administración de los fondos o bienes de la Junta. d.- Llevar el control y practicar las auditorías que sean necesarias para obtener una administración transparente de los bienes de la organización. e.- Coordinar el comité de vigilancia. f.- Nombrar los delegados de vigilancia. Y someterlos a ratificación ante los directivos. g- llevar el inventario de los bienes de la junta. h.- Cargarles los bienes de la junta a las personas que los tienen en su poder para uso o custodia y descargárselos cuando éstos ya no los tengan, esto se deberá hacer por medio con una nota donde se explica el estado, el uso en que se utilizara el bien de la junta en un libro único donde firmara el que recibe el bien y el fiscal que lo entrega.

Artículo 24 — - son atribuciones de los VOCALES: a.- Desempeñar

algún cargo en forma transitoria o permanente que le asigne la Asamblea o la Junta Directiva y apoyar en convocar a la Asamblea. b.- El V ocal I coordinará el comité de Saneamiento Básico. c.- El V ocal II coordinará el Comité de Microcuenca y sus funciones se especificarán en el Reglamento respectivo. d.- Nombrar los delegados de salud y de microcuenca.

CAPÍTULO V .-

DEL PATRIMONIO

Artículo 25 — - Los recursos económicos de la Junta

Administradora podrán constituirse: a.- Con la tarifa mensual de agua,

venta de derecho a pegue, multas así como los intereses capitalizados. b.- Con bienes muebles e inmuebles y trabajos que aportan los abonados. c.- Con las instalaciones y obras físicas del sistema. d.- Con donaciones, herencias, legados, préstamos, derechos y privilegios que reciban de personas naturales o jurídicas.

Artículo 26 — - Los recursos económicos de la Junta

Administradora se emplearán exclusivamente para el uso, operación, mantenimiento, mejoramiento y ampliación del sistema.

CAPÍTULO VI.-

DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN

Artículo 27 — - En caso de disolución y liquidación de la Junta

Administradora de Agua los bienes de ésta serán donados exclusivamente a organizaciones filantrópicas, siempre y cuando éstas no sean de carácter lucrativo, que señale la Asamblea de usuarios, cumpliendo asimismo con lo estipulado en el Código civil para su disolución y liquidación.

CAPÍTULO VII.-

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 28 — - El ejercicio financiero de la Junta Administradora

de Agua Potable y Saneamiento coincidirá con el año fiscal del Gobierno de la República.

Artículo 29 — - Los programas, proyectos o actividades que la

Junta ejecute no irán en detrimento ni entorpecerán los que el Estado realice, por el contrario llevarán el propósito de complementarlos de común acuerdo por disposición de este último.

Artículo 30 — - La presente resolución deberá inscribirse en el

Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de la Propiedad.

Artículo 31 — - Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego

de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. SEGUNDO: La JUNTA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE EL CARRIZAL, MUNICIPIO DE TAULABÉ, DEPARTAMENTO DE COMAYAGUA, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización; indicando el nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro de su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida. TERCERO: La JUNTA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE EL CARRIZAL, MUNICIPIO DE TAULABÉ, DEPARTAMENTO DE COMAYAGUA, presentará anualmente ante la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, a través de la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C) los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual, así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos. CUARTO: La JUNTA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE EL CARRIZAL, MUNICIPIO DE TAULABÉ, DEPARTAMENTO DE COMAYAGUA, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización y demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. QUINTO: La disolución y liquidación de la JUNTA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE EL CARRIZAL, MUNICIPIO DE TAULABÉ, DEPARTAMENTO DE COMAYAGUA, se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo Artículo. SEXTO: Que la legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario. SÉPTIMO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. OCTA VO : La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el Artículo 28 de la Ley de Propiedad. NOVENO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.) para que emita la correspondiente inscripción. D ÉCIMO: De oficio procédase a emitir la certificación de la presente resolución, a razón de ser entregada a la JUNTA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE EL CARRIZAL, MUNICIPIO DE TAULABÉ, DEPARTAMENTO DE COMAYAGUA, la cual será publicada en el Diario Oficial “La Gaceta”, cuya petición se hará a través de la Junta Directiva para ser proporcionado en forma gratuita, dando cumplimiento con el Artículo 18 Párrafo segundo de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento. NOTIFÍQUESE. CLARISA EVELIN MORALES REYES, SUBSECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN. RICARDO ALFREDO MONTES NAJERA, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintitrés días del mes de febrero de dos mil dieciocho. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SECRETARIO GENERAL 6 J. 2018.

Marcas de Fábrica [1] Solicitud: 2018-003967 [2] Fecha de presentación: 24/01/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: APPLE INC. [4.1] Domicilio: 1 INFINITE LOOP, CUPERTINO, CALIFORNIA 95014, Estados Unidos de América [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: [7] Clase Internacional: 9 [8] Protege y distingue: Computadoras; hardware de cómputo; computadoras portátiles; computadoras tipo tableta; aparatos e instrumentos de telecomunicación; teléfonos; teléfonos móviles; teléfonos inteligentes; dispositivos inalámbricos para la transmisión de voz, datos, imágenes, audio, vídeo y contenido multimedia; aparatos para redes de comunicación; dispositivos electrónicos portátiles capaces de proveer acceso a la internet y para enviar, recibir y almacenar llamadas telefónicas, correo electrónico y otros datos digitales; hardware de cómputo usables dispositivos electrónicos digitales usables capaces de proveer acceso a la internet, para enviar, recibir y almacenar llamadas telefónicas, correo electrónico, y otros datos digitales; relojes inteligentes; lentes inteligentes; anillos inteligentes; administradores de actividades usables; pulseras conectadas [instrumentos de medida]; lectores de libros electrónicos; software de cómputo; software de cómputo para ajustar, configurar, operar y controlar computadoras, periféricos de cómputo, dispositivos móviles, teléfonos móviles, relojes inteligentes, lentes inteligentes, dispositivos usables, audífonos auriculares, televisiones, decodificadores, reproductores y grabadoras de audio y vídeo, sistemas de teatros en casa, y sistemas de entretenimiento; software para el desarrollo de aplicaciones; software de juegos de computadora archivos pregrabados de audio, vídeo y contenidos multimedia descargables; dispositivos periféricos de cómputo; dispositivos periféricos para computadoras, teléfonos móviles, dispositivos móviles electrónicos, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos usables, relojes inteligentes, lentes inteligentes, auriculares, audífonos, televisiones, decodificadores, grabadoras y reproductores de audio y vídeo; periféricos usables para ser usados con computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, relojes inteligentes, lentes inteligentes, anillos inteligentes, audífonos, auriculares, televisiones, decodificadores, y grabadoras y reproductores de audio y vídeo; aparatos de identificación y autenticación biométrica acelerómetros; altímetros; aparatos de medición de distancia; aparatos para grabar datos de distancia; podómetros; aparatos de medición para presión; aparatos indicadores de presión; monitores, pantallas, pantallas de disposición frontal, y aparatos de cómputo para colocarse en la cabeza, para ser usados con computadoras, teléfonos inteligentes, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos usables, relojes inteligentes, lentes inteligentes, televisiones, decodificadores, grabadoras y reproductores de audio y vídeo; pantallas de realidad virtual y aumentada, gogles, controles, y auriculares; anteojos 3d; anteojos; gafas de sol; lentes para gafas; vidrio óptico; productos ópticos; aparatos e instrumentos ópticos; cámaras; flashes para cámaras; teclados, ratones de computadora, alfombrillas para ratones de computadoras, impresoras, unidades de disco, y discos duros; aparatos para grabar y reproducir sonido; grabadoras y reproductores de audio y vídeo digitales; bocinas de audio; amplificadores y receptores de audio; aparatos de audio para vehículos con motor; aparatos para la grabación y reconocimiento de voz; audífonos, auriculares; micrófonos; televisiones; receptores de televisión y monitores; decodificadores; radios; radiotransmisores y radiorreceptores; dispositivos electrónicos y de cómputo, a saber, interfaces para vehículos motorizados, paneles electrónicos de control, monitores, pantallas táctiles, controles remotos, estaciones de carga de batería, conectores, switches y controles de activación por voz; sistemas de posicionamiento global (dispositivos gps); instrumentos de navegación; instrumentos de navegación para vehículos [computadoras a bordo del vehículo]; controles remotos para controlar computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos móviles usables, relojes inteligentes, lentes inteligentes, audífonos, auriculares, reproductores y grabadoras de audio y vídeo, televisiones, decodificadores, y bocinas, amplificadores, sistemas de teatro en casa, y sistemas de entretenimiento; dispositivos usables para controlar computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, relojes electrónicos, lentes electrónicos, audífonos, auriculares, grabadoras y reproductores de audio y vídeo, televisiones, decodificadores, bocinas, amplificadores, sistemas de teatro en casa y sistemas de entretenimiento; aparatos para el almacenamiento de datos; chips de cómputo; baterías; cargadores de batería; conectores eléctricos y electrónicos, acopladores, cables eléctricos, alambres eléctricos, cargadores, estaciones para cargar batería, y adaptadores para ser usados con computadoras, teléfonos móviles, computadoras portátiles, periféricos de cómputo, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos usables, relojes inteligentes, lentes inteligentes, audífonos, auriculares, grabadoras y reproductores de audio y vídeo, televisiones, y decodificadores; pantallas táctiles interactivas; interfaces para computadoras, pantallas de computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos usables, relojes inteligentes, lentes inteligentes, televisiones, decodificadores, y grabadoras y reproductores de audio y vídeo; láminas protectoras especiales para pantallas de computadora, pantallas de teléfonos móviles, y de relojes inteligentes; partes y accesorios para computadoras, periféricos de cómputo, dispositivos electrónicos móviles, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos usables, relojes inteligentes, lentes inteligentes, audífonos auriculares, grabadoras y reproductoras de audio y vídeo, televisiones y decodificadores; cubiertas, bolsas, estuches, fundas, correas y cordones especialmente adaptados para computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos usables, relojes inteligentes, lentes inteligentes, audífonos, auriculares, decodificadores, grabadoras y reproductores de audio y vídeo; brazos extensibles para autofotos; cargadores de batería para cigarros electrónicos; collares electrónicos para entrenar animales; agendas electrónicas; aparatos para revisar correo; cajas registradoras; mecanismos para aparatos de previo pago; aparatos para dictado; marcadores hemline; aparatos pa ra contar votos; aparatos electrónicos para etiquetar productos; aparatos para seleccionar precios; aparatos de fax; aparatos e instrumentos de pesaje; medidas; tablones de anuncios electrónicos; aparatos de medición; obleas [wafers]; circuitos integrados; amplificadores; pantallas fluorescentes; controles remotos; filamentos para la conducción de la luz (fibras ópticas); instalaciones electrónicas para controlar de forma remota operaciones industriales; descargadores de rayos; electrolizadores; extintores; aparatos radiológicos para uso industrial; aparatos y equipos de salvamento; silbatos de alarma; caricaturas; ovoscopios; silbatos para perros; imanes decorativos; rejas electrificadas; controles remotos portátiles para aparatos en automóviles. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Leonardo Casco Fortín USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 21 de marzo del año 2018. [12] Reservas: No se da exclusividad sobre el lenguaje técnico “HD”. Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018. RETINA HD

1/ No. Solicitud: 12016-2018 2/ Fecha de presentación: 15-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: LOTTE Corporation 4.1/ Domicilio: 300, Olympic-ro, Songpa-gu, Seoul, República de Corea (Sincheon-dong) 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: República de Corea B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 40-2017-0120795 5.1/ Fecha: 22/09/2017 5.2/ País de Origen: República de Corea 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LA LETRA L 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores Rojo (Pantone 485C) y Blanco, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Servicios libre de impuestos; administración de negocio libre de impuestos; publicidad y asesoría de administración de negocio; información de negocio y servicios de asesoría de contabilidad; servicios de oficina; administración de negocios y trabajo de oficina; suministro de ayudantes; servicios de tienda por departamentos; servicios de hipermercado; centro comercial completo por internet; servicios de intermediario de telemarketing por comunicación eléctrica; supermercados; tiendas de conveniencia al por menor; publicidad; contabilidad; servicio de agencia de ventas para preparaciones farmacéuticos y veterinarios; administración de negocio y asesoría organizativa; suministro de información de trabajos; recopilación de información en bancos de datos informáticos; servicios de agencia importadora/ exportadora; funciones de oficina; servicios de subasta; servicios secretariales; renta de máquinas expendedoras; arreglo de suscripciones para servicios de internet; servicios de agencia de ventas para fertilizantes; servicios de agencia de ventas para cereales procesados; servicios de agencia de ventas para especias; servicios de agencia de ventas para agua mineral; servicios de agencia de ventas para cerveza; servicios de agencia de ventas para carne procesada; servicios de agencia de ventas para algas frescas; servicios de agencia de ventas para tabaco; servicios de agencia de ventas para almidón para lavandería; servicios de agencia de ventas para aparatos e instrumentos médicos que no son para uso dental; servicios de agencia de ventas para cosméticos; servicios de agencia de ventas para preparaciones de limpieza; servicios de agencia de ventas para herramientas de limpieza y utensilios para lavar (que no son eléctricos); servicios de agencia de ventas para revestimientos (pinturas); servicios de agencia de ventas para gemas; servicios de agencia de ventas para construcción de vidrio; servicios de agencia de ventas para vajillas; servicios de agencia de ventas para tapetes; servicios de agencia de ventas para madera para construcción; servicios de agencia de ventas para papel higiénico; servicios de agencia de ventas para material de oficina; servicios de agencia de ventas para cuero; servicios de agencia de ventas para pulpa; servicios de agencia de ventas para bolsas; servicios de agencia de ventas para muebles; servicios de agencia de ventas para calzado; servicios de agencia de ventas para aparatos calentadores de agua; servicios de agencia de ventas para aparatos y dispositivos de iluminación no eléctricos; servicios de agencia de ventas para clavos de metal; servicios de agencia de ventas para rasuradoras no eléctricas; servicios de agencia de ventas para acero; servicios de agencia de ventas para piedra; servicios de agencia de ventas para aparatos e instrumentos fotográficos; servicios de agencia de ventas para relojes; servicios de agencia de ventas para alarmas; servicios de agencia de ventas para bicicletas; servicios de agencia de ventas para máquinas procesadoras de alimentos y bebidas para uso industrial; servicios de agencia de ventas para aparatos e instrumentos eléctricos de audio y visuales; servicios de agencia de ventas para anticongelante; servicios de agencia de ventas para encendedores de gas; servicios de agencia de ventas para armas de fuego; servicios de agencia de ventas para artículos deportivos (que no son artículos de golf o artículos de alpinismo); servicios de agencia de ventas para joyería; servicios de agencia de ventas para abrigos (excepto ropa para uso exclusivo deportivo e indumentaria tradicional coreana); servicios de agencia de ventas para huevos de gusano de seda; servicios de agencia de ventas para fibras de algodón en bruto; servicios de agencia de ventas para hebras e hilos para uso textil; servicios de agencia de ventas para tela; servicios de agencia de ventas para cordones y cintas de hule; servicios de agencia de ventas para instrumentos musicales; servicios de agencia de ventas para libros; servicios de agencia de ventas para composiciones para la fabricación de cerámica técnica. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23-04-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.

1/ No. Solicitud: 11992-2018 2/ Fecha de presentación: 15-3-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: LOTTE Corporation 4.1/ Domicilio: 300, Olympic-ro, Songpa-gu, Seoul, República de Corea (Sincheon-dong). 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: República de Corea B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 40-2017-0120771 5.1/ Fecha: 22/09/2017 5.2/ País de Origen: República de Corea 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LA LETRA L 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores Rojo (Pantone 485C) y Blanco, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/ Clase Internacional: 11 8/ Protege y distingue: Esterilizadores médicos; hornos dentales; purificadores de agua no eléctricos para uso doméstico; congeladores (excepto portátiles); cocinas de gas; fregaderos; números luminosos para casa; calentadores de bolsillo; aparato de filtración para pecera; tazas de inodoro; calentadores para planchas; duchas; aparatos para bronceado (camas solares); aparatos para calentar; aparatos e instalaciones de refrigeración (no para vehículos); ventiladores; aparatos y dispositivos de iluminación no eléctricos; arandelas para grifo; instalaciones para abastecimiento de agua; inodoros portátiles; aparatos y dispositivos para calentar, para uso en laboratorio; sistemas de calefacción y enfriamiento para barcos; sistemas de calefacción y enfriamiento para aviones; sistemas de calefacción y enfriamiento para vehículos de rieles; sistemas de calefacción y enfriamiento para automóviles que no son parte de motores o mecanismos; aparatos y dispositivos de iluminación para bicicletas; lanzallamas; aparatos de secado para uso agrícola; aparatos y máquinas purificadores de aire; aparatos para deshidratar desperdicios alimenticios; aparatos de enfriamiento de bebidas; hornos industriales; instalaciones de enfriamiento de tabaco; accesorios de seguridad para aparatos de agua o gas y cañerías; aparatos de luz eléctrica; sistemas de calefacción y enfriamiento eléctricos para uso doméstico; secadores de pelo para uso doméstico; encendedores de gas; congeladores para hielo (para uso doméstico); aparatos de calefacción para vehículos; aparatos de iluminación para vehículos; aparatos e instalaciones para cocinar; estufas; calentadores de pies, eléctricos o no eléctricos; espirales (partes de instalaciones de destilación/ calefacción o enfriamiento); grifos (llaves); aparatos de chorro de hidromasaje; aparatos de calefacción y aire acondicionado; aparatos ventiladores; aparatos para calentar/ ventilar y de aire acondicionado; lavadoras de aire; purificadores de aire para uso doméstico; congeladores. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 20-04-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018. 1/ No. Solicitud: 12001-2018 2/ Fecha de presentación: 15-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: LOTTE Corporation 4.1/ Domicilio: 300, Olympic-ro, Songpa-gu, Seoul, República de Corea (Sincheon-dong). 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: República de Corea B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 40-2017-0120780 5.1/ Fecha: 22/09/2017 5.2/ País de Origen: República de Corea 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LA LETRA L 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores Rojo (Pantone 485C) y Blanco, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/ Clase Internacional: 20 8/ Protege y distingue: Paragüeros; coral en bruto o semitrabajado; canastas no de metal; vallas publicitarias de madera o plásticos; postes no de metal; tazas conmemorativas (no de metal); estacas no de metal, para plantas o árboles; casas para mascotas domésticas; gradas (escaleras) no de metal; bastidores para tejer; asideros de tina, no de metal; junco (material para trenzar); materiales de bambú (no para construcción); mimbre; hojas de madera para envolver comida japonesa (Kyogi); hueso animal (no trabajado o trabajado parcialmente); toneles (no de metal); cajas de madera; tubos plásticos para correo; clavijas no de metal; muebles; persianas para interior; marcos para fotos; buzones postales no de metal o mampostería; accesorios de cama excepto ropa de cama; accesorios para ataúdes; tacos para zapatos, no de metal; ventiladores planos de mano; clavos (no de metal); cerraduras no eléctricas y no de metal; caballetes; accesorios para puertas no metálicos; mosaicos de espejo; mesas de dibujo; sillas de peluquería; barras indicadoras de capacidad, no de metal, para vagones de tren; tarimas para transporte, no de metal; boyas para amarre, no de metal; comederos para forraje; colmenas; válvulas, no de metal, que no son partes de máquinas; exhibidores para armas; andaderas para bebés; mobiliario para acampar; sillas para pescar; tarjetas de crédito plásticas (no magnéticas); obras de arte de madera, cera, yeso o plástico; maniquís; camas y colchones. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 20-04-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018. 1/ No. Solicitud: 12002-2018 2/ Fecha de presentación: 15-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: LOTTE Corporation 4.1/ Domicilio: 300, Olympic-ro, Songpa-gu, Seoul, República de Corea (Sincheon-dong). 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: República de Corea B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 40-2017-0120781 5.1/ Fecha: 22/09/2017 5.2/ País de Origen: República de Corea 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LA LETRA L 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores Rojo (Pantone 485C) y Blanco, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/ Clase Internacional: 21 8/ Protege y distingue: Utensilios de baño; cepillos de dientes; herramientas de limpieza y utensilios para lavar (no eléctricos); productos con base de vidrio (no para construcción); ollas no eléctricas; vajillas; aparatos para procesar alimentos y bebidas para uso doméstico (no eléctricos); baldes; vallas publicitarias de porcelana o vidrio; cubos para carbón; aparatos no electrónicos para combatir plagas; trampas para ratones; macetas para flores; peceras para interior; jaulas para mascotas domésticas; cepillos para ropa; portapapel higiénico; alcancía; planchadores; percheros y anillos para toallas; cajas de vidrio; tapones de vidrio; botellas (excepto jarrones); individuales, no de papel o textiles; objetos de porcelana; platos o utensilios para funerales; calzadores; candelabros; cepillos para uso industrial; toallitas para lentes; peines para animales; dispositivos eléctricos para atraer y matar insectos; aparatos eléctricos para retirar maquillaje; ollas y cacerolas portátiles para acampar; guantes para uso doméstico; abotonadores; cepillos de baño; material para hacer cepillos; fibra de vidrio no como aislante o para uso textil; hilo de fibra de vidrio no como aislante o para uso textil; obras de arte hechas de vidrio; nidales (huevos artificiales); utensilios de cocina; utensilios no eléctricos para cocinar; peines y esponjas; cepillos; esponjas; vajillas que no incluyen cuchillos, tenedores y cucharas; contenedores para alimentos y bebidas aislados térmicamente; recipientes para beber; abridores de botellas, eléctricos y no eléctricos; aparatos para retirar maquillaje; quitapelusas, eléctricos y no eléctricos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 20-04-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.

1/ No. Solicitud: 47565-2017 2/ Fecha de presentación: 14-11-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Tensar International Corporation 4.1/ Domicilio: 2500 Northwinds Parkway, Suite 500, Alpharetta, Georgia 30009, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 87/455,458 5.1/ Fecha: 18/05/2017 5.2/ País de Origen: Estados Unidos de América 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TX8 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 19 8/ Protege y distingue: Materiales de malla plástica para la construcción de estructuras de ingeniería civil con fines de reforzamiento, especialmente, reforzamiento y estabilización de capas de tierra o áridos debajo de caminos no pavimentados y reforzamiento y estabilización de agregados o suelos situados debajo de caminos pavimentados para estabilizar la plataforma; malla de reforzamiento del suelo y malla de estabilización del suelo hecha de Plástico; mallas, esteras y láminas plásticas para control de erosión, que no sean de metal; malla plástica para construcción y película plástica para uso en ingeniería civil, con fines de drenaje, trampas estabilizadoras, recultivación, soporte de plantas, absorción, filtración, separación, estabilización y reforzamiento del suelo, para su uso en conexión con la construcción de carreteras, construcción de ferrocarriles, construcción de túneles, construcción de vías fluviales, construcción de pistas, construcción de diques y construcción de obras públicas, para viveros, invernaderos y paisajismo, vallado, encierro y cerramiento de campos y pastos para ganado y construcción de estructuras de ingeniería civil. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12/ Reservas: Abogado Camilo Zaglul Bendeck Pérez Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018. [1] Solicitud: 2017-036805 [2] Fecha de presentación: 24/08/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: TYCO FIRE & SECURITY LLC [4.1] Domicilio: 4700 Exchange Court, Suite 300, Boca Raton, FL 33431, Estados Unidos de América [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: G FOUNDED 1850 Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 6 [8] Protege y distingue: Uniones de tubería de metal; tubo metálico y unión de tuberías; accesorios de tubería de metal; acoplamientos y uniones de tubos metálicos, principalmente, codos, camisetas, correas, reductores (accesorios metálicos) y soportes; tapones de metal para sellar tubos; acoplamientos de tubería de metal, principalmente, acoplamientos acanalados y de presión, acoplamientos de alta presión, acoplamientos reductores, acoplamientos flexibles, acoplamientos rígidos, acoplamientos de extremo liso, acoplamientos de transición, acoplamientos de bridas y acoplamientos mecánicos de salida; tuercas y pernos de acoplamiento metálicos; adaptadores de brida metálica; válvulas metálicas y accesorios que no sean partes de máquinas, principalmente, válvulas de mariposa, válvulas de retención, válvulas de bola, válvulas de control de flujo, válvulas de balanceo de circuitos, filtros y difusores de succión. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Leonardo Casco Fortín USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 8 de diciembre del año 2017. [12] Reservas: No tiene reservas Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018. 1/ No. Solicitud: 1025-2018 2/ Fecha de presentación: 10-01-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Amazon Technologies, Inc. 4.1/ Domicilio: 410 Terry Ave. N., Seattle, Washington 98109, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: prime y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 39 8/ Protege y distingue: Transporte de productos; proporcionar un sitio web con información en el campo del transporte; envío, entrega y almacenamiento de productos; transporte de carga por camión, tren y aire; almacenamiento de mercancías; artículos de embalaje para el transporte; embalaje de mercancías para terceros; alquiler de contenedores de almacenamiento; alquiler de buzones; localizar y organizar reservas de espacio de almacenamiento para otros; servicios de mensajería; servicios de mensajería; servicios de envío acelerado, en concreto, organizar el transporte de mercancías por camión, tren y avión; servicios de distribución, en concreto, prestación de servicios en línea que permiten a los clientes seleccionar un punto de distribución para los productos comprados en Internet, programas de envío por camión, tren y transporte aéreo basados en la membresía; coordinar arreglos de viaje para individuos y grupos; agencias de reserva de viajes; proporcionar un sitio web con información de viaje y comentarios. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 28-02-2018 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018. 1/ No. Solicitud: 11989-2018 2/ Fecha de presentación: 15-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: LOTTE Corporation 4.1/ Domicilio: 300, Olympic-ro, Songpa-gu, Seoul, República de Corea (Sincheon-dong) 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: República de Corea B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 40-2017-0120768 5.1/ Fecha: 22/09/2017 5.2/ País de Origen: República de Corea 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LA LETRA L 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores Rojo (Pantone 485C) y Blanco, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/ Clase Internacional: 08 8/ Protege y distingue: Aparatos secadores de uñas LED; servicios de mesa (cuchillos, tenedores y cucharas); utensilios de hierro para la chimenea; planchas de hierro; cuchillos de oficina para todo uso; cuchillos para procesar; armas de mano que no son armas de fuego; martillos (herramientas manuales); afiladores de cuchillos; sierras (herramientas manuales); aparatos para masaje no eléctricos para uso doméstico; charolas para dinero; barras para autoprotección; implementos agrícolas operados manualmente; hormas para zapatos operadas manualmente; bombas de mano; rasuradoras eléctricas; espátulas para esquís; picos para hielo; rastrillos para hoyos de arena; tijeras; cuchillos; palas; rasuradoras; herramientas manuales portátiles multifunciones; juegos de manicure. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17-04-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.

1/ No. Solicitud: 2018-12128 2/ Fecha de presentación: 15-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: SUR QUIMICA INTERNACIONAL, S.A. 4.1/ Domicilio: Ciudad de Panamá, República de Panamá 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Panamá B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TAKA-ñon y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Preparaciones para limpiar, abrillantar, pulir, proteger, desengrasar y raspar. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 04-05-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018. 1/ No. Solicitud: 2018-11240 2/ Fecha de presentación: 12-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: LG ELECTRONICS INC. 4.1/ Domicilio: 128, Yeoui-daero, Yeongdeungpo-gu, Seoul, 150-721, República de Corea. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: República de Corea B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 017547407 5.1/ Fecha: 30/11/2017 5.2/ País de Origen: Unión Europea 5.3/ Código País: EU C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ThinQ 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 10 8/ Protege y distingue: Aparatos de masaje para uso médico; vibradores de cama; aparatos de masaje; aparatos eléctricos de masaje para uso doméstico; aparatos de diagnóstico para uso médico; aparatos de masaje para el cuerpo humano; sillas de masaje eléctricas para uso doméstico. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 03-05-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018. 1/ No. Solicitud: 2018-13144 2/ Fecha de presentación: 21-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Bayer Aktiengesellschaft 4.1/ Domicilio: Kaiser-Wilhelm-Allee, 51373 Leverkusen, Alemania 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Alemania B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 017573461 5.1/ Fecha: 07/12/2017 5.2/ País de Origen: Unión Europea 5.3/ Código País: EU C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: VITRAKVI 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: VITRAKVI Preparaciones farmacéuticas; preparaciones oncológicas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 09-05-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018. 1/ No. Solicitud: 2018-12127 2/ Fecha de presentación: 09-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: SUR QUIMICA INTERNACIONAL, S.A. 4.1/ Domicilio: Ciudad de Panamá, República de Panamá 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Panamá B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SUR Klear y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Preparaciones para limpiar, abrillantar, pulir, proteger, desengrasar y raspar, así como champú acondicionador y ceras pulidoras para todo tipo de vehículos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 09-05-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018. 1/ No. Solicitud: 2017-50805 2/ Fecha de presentación: 07-12-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GYNOPHARM, S.A. 4.1/ Domicilio: City Place, edificio B, cuarto piso, 50 metros Norte de la Cruz Roja, Santa Ana, San José, Costa Rica. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Costa Rica B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Xolyxa y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Inhíbidor HMG-CoA. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 10-05-18. 12/ Reservas: Abogada Nohemi Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.

[1] Solicitud: 2016-047724 [2] Fecha de presentación: 29/11/2016 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: JANSSEN SCIENCES IRELAND UC [4.1] Domicilio: EASTGATE VILLAGE, EASTGATE, LITTLE ISLAND, COUNTY CORK., IRLANDA [4.2] Organizada bajo las Leyes de: IRLANDA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: YUPRIZ [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas para uso humano para el tratamiento de enfermedades antivirales, enfermedades autoinmunes e inflamatorias, enfermedades cardiovasculares, enfermedades del sistema nervioso central, dolor, trastornos dermatológicos, enfermedades gastrointestinales, enfermedades relacionadas con infecciones, enfermedades relacionadas con infecciones, enfermedades metabólicas, enfermedades oncológicas, enfermedades oftálmicas y enfermedades respiratorias. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Emma Rosario Valle Reaños USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 16 de mayo del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas Abogado Fidel Antonio Medina Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018. YUPRIZ [1] Solicitud: 2017-018396 [2] Fecha de presentación: 24/04/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: FCA GROUP MARKETING S.P.A. [4.1] Domicilio: VIA NIZZA 250,10126 TORINO, ITALIA [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ITALIA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: FIAT ARGO Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 12 [8] Protege y distingue: Vehículos terrestres; automóviles, coches deportivos; vehículos utilitarios deportivos. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Leonardo Casco Fortín USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 8 de mayo del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas Abogado Fidel Antonio Medina Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018. [1] Solicitud: 2016-022330 [2] Fecha de presentación: 01/06/2016 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: TAKEDA PHARMACEUTICAL COMPANY LIMITED [4.1] Domicilio: 1-1, Doshomachi 4-chome, Chuo-ku, Osaka 540-8645, Japón [4.2] Organizada bajo las Leyes de: JAPÓN B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: EDARBI [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: EDARBI Preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y prevención de enfermedades diabéticas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Leonardo Casco Fortín USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 9 de mayo del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018. 1/ No. Solicitud: 2018-13143 2/ Fecha de presentación: 21-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Bayer Aktiengesellschaft 4.1/ Domicilio: Kaiser Wilhelm-Allee, 51373 Leverkusen, Alemania 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Alemania B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 017573387 5.1/ Fecha: 07/12/2017 5.2/ País de Origen: Unión Europea 5.3/ Código País: EU C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: RYGOTRAK 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas; preparaciones oncológicas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 09-05-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018. RYGOTRAK 1/ No. Solicitud: 2018-11663 2/ Fecha de presentación: 13-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: PUBLICACIONES Y NOTICIAS, S.A. (PUBLYNSA) 4.1/ Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., departamento de Francisco Morazán, Honduras, C.A. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: go player y diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 38 8/ Protege y distingue: Telecomunicaciones. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 09-05-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.

1/ No. Solicitud: 13388-2018 2/ Fecha de presentación: 21-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: GYNOPHARM, S.A. 4.1/ Domicilio: City Place, edififico B, cuarto piso, 50 metros Norte de la Cruz Roja, Santa Ana, San José, Costa Rica. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Costa Rica B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CARDIO CONTROL Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 44 8/ Protege y distingue: Servicios médicos; servicios veterinarios; tratamientos de higiene y de belleza para personas o animales; servicios de agricultura, horticultura y silvicultura. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 08-05-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018. 1/ No. Solicitud: 2018-11660 2/ Fecha de presentación: 13-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: PUBLICACIONES Y NOTICIAS, S.A. (PUBLYNSA) 4.1/ Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., departamento de Francisco Morazán, Honduras, C.A. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ALGO PINTA Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 38 8/ Protege y distingue: Telecomunicaciones. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 03-05-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018. 1/ No. Solicitud: 15330-2018 2/ Fecha de presentación: 09-04-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Prometheus Brands, LLC 4.1/ Domicilio: 79 Two Bridges Road, Fairfield, New Jersey, 07004 Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ATOMIC CHARGE WALLET 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 18 8/ Protege y distingue: Billeteras. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 09-05-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018. ATOMIC CHARGE WALLET 1/ No. Solicitud: 12024-2018 2/ Fecha de presentación: 15-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: LOTTE Corporation 4.1/ Domicilio: 300, Olympic-ro, Songpa-gu, Seoul, República de Corea (Sincheon-dong) 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: República de Corea B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 40-2017-0120803 5.1/ Fecha: 22/09/2017 5.2/ País de Origen: República de Corea 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LA LETRA L 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores Rojo (Pantone 485C) y Blanco, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/ Clase Internacional: 43 8/ Protege y distingue: Preparación de alimentos y bebidas; servicios de bar de golosinas; servicios de restaurante; servicios de cadena de restaurantes; panaderías; servicios de café; tabernas (pubs); servicios de residencia de turistas; servicios de hotel; servicios de agencias de alojamiento (hoteles, casas de huéspedes); servicios de instalaciones para acampar, alquiler de construcciones transportables; servicios de centros para cuidado de mayores; servicios de guardería infantil; servicios de alojamiento para animales; alquiler de salas de reuniones; alquiler de aparatos para cocinar; cafés de juegos para niños; servicios de puesto de comida; servicios de restauración y hotelería. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 24 de abril, 2018 12/ Reservas: Abogada Noemi Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.


1/ No. Solicitud: 15329-2018 2/ Fecha de presentación: 09-04-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Prometheus Brands, LLC 4.1/ Domicilio: 79 Two Bridges Road, Fairfield, New Jersey, 07004 Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ATOMIC CHARGE WALLET ATOMIC CHARGE WALLET 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Cargador de batería. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 08-05-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.

[1] Solicitud: 2018-11244 [2] Fecha de presentación: 12-03-2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: LG ELECTRONICS INC. [4.1] Domicilio: 128, Yeoui-daero, Yeongdeungpo-gu, Seoul, 150-721, República de Corea. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: República de Corea B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: 017547407 [5.1 ] Fecha: 30/11/2017 [5.2 ] País de Origen: Unión Europea [5] Código de País: EU C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ThinQ 6.2/ Reivindicaciones: [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Organización de suscripciones a servicios de telecomunicaciones para terceros; publicidad en línea en redes informáticas; servicios de telemercadeo; publicidad televisiva; servicios de organización de ventas de aparatos e instrumentos eléctricos de audio y vídeo, principalmente, grabadoras de audio y vídeo, grabadoras de audio, grabadoras de cinta de vídeo o receptores de audio y vídeo; servicios de corretaje para máquinas y aparatos de telecomunicación; servicios de intermediación comercial para máquinas y aparatos médicos; servicios de adquisición de productos farmacéuticos para terceros [compra de productos farmacéuticos para otras empresas]; difusión de publicidad para terceros a través de internet, publicidad en periódicos; relaciones públicas; organización de exposiciones con fines comerciales o publicitarios; servicios de publicidad y comercialización prestados mediante métodos indirectos de comunicaciones de comercialización, principalmente, redes sociales, mercadeo de búsqueda, mercadeo de consultas, mercadeo en internet, mercadeo móvil, blogs y otras formas de canales de comunicación pasivos, compartibles o vivales; agencias de publicidad; servicios de intermediación comercial en el campo de los aparatos de comunicaciones portátiles, principalmente, aparato de teléfonos, walkie-talkies, teléfonos satelitales y asistentes digit ales personales [pda], teléfonos móviles; servicios de intermediación comercial para máquinas y aparatos de refrigeración; servicios secretariales (utilizando el robot que habla); servicios de pedidos en línea; proporcionar información y asesoramiento a los consumidores con respecto a la selec ción de productos y artículos que se comprarán; planificación publicitaria; demostración de productos, sondeo de opinión; proporcionar servicios para información publicitaria; agencias de empleo; subasta; agencia de información comercial; servicios de subastas en línea; agencias de empleo en línea a través de redes informáticas mundiales; suministro de información al consumidor a través de una red informática mundial; suministro de información comercial a través de internet global; organización y operación de material publicitario en red informática y red de comunicación global; asistencia de compra de productos y servicios para consumidores a través de una red informática mundial; administración de negocios; publicidad a través de medios electrónicos e internet para la gestión empresarial; promoción de ventas para terceros a través de una red informática; suministro de información comercial a través de una red informática, suministro de información publicitaria a través de una red informática mundial; servicios intermediarios comerciales para máquinas y aparatos de comunicación de información; servicios intermediarios comerciales para computadoras; servicios de intermediación comercial para máquinas y equipos de oficina; servicios de intermediación comercial para equipos eléctricos para uso doméstico, máquinas electrónicas, aparatos y sus partes; principalmente, aparatos de masaje, aparatos de masaje, vibratorio, aparatos de masaje eléctricos para uso doméstico, aparatos de masaje para el cuerpo humano; servicios de intermediación comercial para equipos eléctricos para uso doméstico, máquinas electrónicas, aparatos y sus partes, principalmente, vibradores de cama, sillas eléctricas de masaje para uso doméstico, aparatos de masaje estético, aparatos e instrumentos médicos; servicios de intermediación comercial para equipos eléctricos para uso doméstico, máquinas electrónicas, aparatos y sus partes, principalmente, máquinas y aparatos médicos, aparatos de análisis de sangre, aparatos para análisis de sangre, dispositivos para medir azúcar en sangre; servicios de intermediación comercial para equipos eléctricos para uso doméstico, máquinas electrónicas, aparatos y sus partes, principalmente, aparatos de diagnóstico para uso médico, aparatos radiológicos para uso médico, aparatos de radioterapia, aparatos de rayos X para uso médico; servicios de intermediación comercial para equipos eléctricos para uso doméstico, máquinas electrónicas, aparatos y sus partes, principalmente, aparatos de rayos X para odontología, irrigadores para uso médico, láseres para uso médico, marcapasos cardíacos, aparatos dentales eléctricos; servicios de intermediación comercial para equipos eléctricos para uso doméstico, máquinas electrónicas, aparatos y sus partes, principalmente, máquinas e instrumentos de ortodoncia para uso odontológico, aparatos de enfermería, materiales de sutura para uso médico, mantas eléctricas para uso médico; servicios de intermediación comercial para equipos eléctricos para uso doméstico, máquinas electrónicas, aparatos y sus partes, principalmente, almohadillas térmicas eléctricas para uso médico, guantes para uso médico, máscaras para uso médico, aparatos de lavado; servicios de intermediación comercial para equipos eléctricos para uso doméstico, máquinas electrónicas, aparatos y sus partes, principalmente, aparatos de esterilización para uso hospitalario, detectores de rayos X portátiles para uso médico, detectores portátiles de rayos X, reactivos de diagnóstico para uso médico, servicios de intermediación comercial para equipos eléctricos para uso doméstico, máquinas electrónicas, aparatos y sus partes, principalmente, reactivos de diagnóstico para ADN, aparatos de análisis de ADN para fines médicos, aparatos de diagnóstico de ADN para fines médicos, aparatos de diagnóstico de ADN para el diagnóstico in vitro en el campo médico; servicios de intermediación comercial para equipos eléctricos para uso doméstico, máquinas electrónicas, aparatos y sus partes, principalmente, probador de ADN, desfibrilador externo automático [aed], máquinas de ejercicios de equitación fija para la salud

y el acondicionamiento físico, aparatos de equitación electromecánicos para ejercicio físico, servicios de intermediación comercial para equipos eléctricos para uso doméstico, máquinas electrónicas, aparatos y sus partes, principalmente, receptores de televisión, teléfonos móviles, lavadoras de ropa eléctricas, lavavajillas automáticos, aspiradoras, eléctricas, refrigeradores eléctricos, secadores de ropa eléctricos; servicios de intermediación comercial para aparatos para el procesamiento de alimentos y bebidas; servicios de intermediación comercial para máquinas e instrumentos neumáticos o hidráulicos; servicios de intermediación comercial para aparatos y máquinas químicas; servicios de organización de ventas para máquinas electrónicas aplicadas, aparatos y sus partes; servicios de intermediación comercial para máquinas electrónicas, aparatos y sus partes; servicios de intermediación comercial para máquinas y aparatos de telecomunicación; servicios intermediarios comerciales para calentadores; servicios de intermediación comercial para aparatos y equipos térmicos eléctricos para uso doméstico; servicios de intermediación comercial para aparatos desinfectantes para platos; servicios de organización de ventas para máquinas y aparatos de comunicación de información; servicios de organización de ventas de equipos eléctricos para uso doméstico, máquinas electrónicas aplicadas, aparatos y sus partes, principalmente, aparatos de masaje, aparatos de masaje vibratorio, aparatos de masaje eléctricos para uso doméstico, aparatos de masaje para el cuerpo humano; servicios de organización de ventas de equipos eléctricos para uso doméstico, máquinas electrónicas aplicadas, aparatos y sus partes, principalmente, vibradores de cama, sillas de masaje eléctricas para uso doméstico, aparatos de masaje estético, aparatos e instrumentos médicos; servicios de organización de ventas de equipos eléctricos para uso doméstico, máquinas electrónicas aplicadas, aparatos y sus partes, principalmente, máquinas y aparatos médicos, aparatos de prueba de sangre, aparatos para análisis de sangre, dispositivos para medir azúcar en la sangre; servicios de organización de ventas de equipos eléctricos para uso doméstico, máquinas aplicadas electrónicas, aparatos y sus partes, principalmente, aparatos de diagnóstico para uso médico, aparatos radiológicos para uso médico, aparatos de radioterapia, aparatos de rayos X para uso médico; servicios de organización de ventas de equipos eléctricos para uso doméstico, máquinas aplicadas electrónicas, aparatos y sus partes, principalmente, aparatos de rayos X para odontología, irrigadores para uso médico, láseres para uso médico, marcapasos cardíacos; servicios de organización de ventas de equipos eléctricos para uso doméstico, máquinas electrónicas aplicadas, aparatos y sus partes, principalmente, aparatos eléctricos dentales, máquinas e instrumentos de ortodoncia para uso dental, aparatos de enfermería, materiales de sutura para uso médico; servicios de organización de venta de equipos eléctricos para uso doméstico, máquinas electrónicas aplicadas, aparatos y sus partes, principalmente, mantas eléctricas para uso médico, almohadillas térmicas eléctricas para uso médico, guantes para uso médico, máscaras para uso médico; servicios de organización de ventas de equipos eléctricos para uso doméstico, máquinas electrónicas aplicadas, aparatos y sus partes, principalmente, aparatos de lavado, aparatos de esterilización para uso hospitalario, detectores portátiles de rayos X para uso médico, detectores portátiles de rayos X; servicios de organización de ventas de equipos eléctricos para uso doméstico, máquinas electrónicas aplicadas, aparatos y sus partes, principalmente, reactivos de diagnóstico para uso médico, reactivos de diagnóstico para ADN, aparatos de análisis de ADN para uso médico; servicios de organización de ventas de equipos eléctricos para uso doméstico, máquinas aplicadas electrónicas, aparatos y sus partes, principalmente, aparato de diagnóstico de ADN para fines médicos, aparato de diagnóstico de ADN para el diagnóstico in vitro en el campo médico, probador de ADN; servicios de organización de ventas de equipos eléctricos para uso doméstico, máquinas aplicadas electrónicas, aparatos y sus partes, principalmente, desfibrilador externo automático [aed], máquina de ejercicios de equitación fija para la salud y la aptitud, aparatos de equitación electromecánicos para ejercicio físico; servicios de organización de ventas de equipos eléctricos para uso doméstico, máquinas aplicadas electrónicas, aparatos y sus partes, principalmente, receptores de televisión, teléfonos móviles, lavadoras eléctricas de ropa, lavavajillas automáticos, aspiradoras eléctricas, refrigeradores eléctricos, secadores de ropa eléctricos; servicios de organización de ventas de aparatos para el procesamiento de alimentos y bebidas; servicios de organización de ventas para máquinas e instrumentos neumáticos o hidráulicos; servicios de organización de ventas para aparatos y máquinas químicas; servicios de organización de ventas para máquinas y aparatos de telecomunicación; servicios de organización de ventas para aparatos y equipos térmicos eléctricos para uso doméstico; servicios intermediarios comerciales para aparatos de calefacción; servicios de organización de ventas para aparatos de calefacción; servicios de organización de ventas para máquinas y aparatos de refrigeración; servicios de organización de ventas para calentadores; servicios de organización de ventas para aparatos desinfectantes para platos; distribuidores al por mayor con productos farmacéuticos; servicios de venta minorista de productos farmacéuticos; servicios de corretaje de productos farmacéuticos; servicios intermediarios comerciales para productos farmacéuticos, servicios de organización de venta para productos farmacéuticos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91, de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 24 de abril, 2018. 12] Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018.

[1] Solicitud: 2018-11239 [2] Fecha de presentación: 12-03-2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: LG ELECTRONICS INC. [4.1] Domicilio: 128, Yeoui-daero, Yeongdeungpo-gu, Seoul, 150-721, República de Corea. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: República de Corea B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: 017547407 [5.1 ] Fecha: 30/11/2017 [5.2 ] País de Origen: Unión Europea [5] Código de País: EU C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ThinQ 6.2/ Reivindicaciones: [7] Clase Internacional: 09 [8] Protege y distingue: Teléfonos inteligentes; receptores de televisión; monitores para computadoras; monitores comerciales; computadoras portátiles; computadoras convertibles; computadoras portátiles; ordenadores; sensor; unidades de disco duro portátiles; aparatos para grabar, transmitir o reproducir sonido o imágenes; software de la aplicación; receptores de audio; impresoras de color; tabletas; decodificadores; cámara; teléfonos inteligentes portátiles; software para comunicaciones inalámbricas de datos para recibir, procesar, transmitir y visualizar la información de ejercicio / grasa corporal / bmi; terminales portátiles para uso personal para grabar/organizar/transmitir/controlar/revisar la salud y la atención médica y recibir el texto, datos, imágenes, archivos de audio; centros de red; aparato de reconocimiento de voz; terminales interactivos; aparatos electrónicos con funciones interactivas; escáneres; proyectores; cámaras de monitoreo de red, principalmente, para vigilancia; señalización digital; altavoces del coche; unidades universales de hardware de bus en serie; reproductores de capa de audio 5 mpeg.; aparatos telefónicos; juegos de teléfonos inalámbricos; aparatos de comunicaciones portátiles, principalmente, teléfonos, walkie-talkies, teléfonos satelitales y asistentes digitales personales [pda]; controladores remotos de televisión; tarjetas con chip electrónico codificadas para mejorar la calidad de imagen de la televisión; pantallas led; pantalla led para televisión; reproductores de difusión de medios digitales, principalmente, reproductores de vídeo y audio digitales; auriculares para teléfonos móviles; cargadores portátiles para baterías de teléfonos móviles y baterías para cámaras digitales; películas protectoras de cristal líquido para teléfonos inteligentes; timbre para teléfono inteligente; fuentes de alimentación para teléfonos inteligentes; soportes para teléfonos móviles-, álbumes electrónicos de fotos; marcos digitales para mostrar imágenes digitales, videoclips y música; aparatos e instrumentos de telecomunicaciones; aparatos de grabación, transmisión o reproducción de sonido o imágenes para su uso en telecomunicaciones; aparatos e instrumentos eléctricos de audio y visuales; software de aplicación informática para televisores; software de aplicación informática para monitores personales; software de aplicación informática para electrodomésticos; software de aplicación informática para refrigeradores; software de aplicación informática para lavadoras de ropa; software de aplicación informática para aspiradoras; software de aplicación informática para lavavajillas; software de aplicación informática para hornos; software de aplicación informática para hornos de microondas; software de aplicación informática para máquinas de gestión de ropa; software de aplicación informática para purificadores de aire; software de aplicación informática para purificadores de agua; reproductores de discos versátiles digitales para cine en, casa; dispositivos portátiles personales para grabar, organizar, transmitir, manipular, revisar y recibir texto, datos, imágenes y archivos de audio relacionados con la salud y el bienestar; altavoces de audio para cine en casa; receptores de audio y vídeo para cine en casa; proyectores multimedia para cine en casa; circuitos integrados; sistemas electrónicos de cobro de peaje; transpondedores, principalmente, terminales electrónicos equipados en vehículos para transacciones comerciales electrónicas; cámaras de televisión de circuito cerrado; impresoras térmicas; impresoras láser; impresoras de inyección de tinta; programas de computadora grabados; programas de computadora descargables; cámaras de computadora personal; grabadoras digitales de voz; grabadoras de videocasetes; monitores de red en la naturaleza del hardware del servidor de acceso a la red; software para educación; libretas electrónicas (nota electrónica); computadoras interactivas de pizarra electrónica; archivo descargable de imágenes que contiene obras de arte, texto, audio, vídeo, juegos y enlaces a sitios web de internet relacionados con actividades deportivas y culturales; publicaciones descargables electrónicas en forma de revistas, periódicos, libros, manuales en el campo de la electrónica; sistema de videoconferencia; monitores de computadora para videoconferencia; cámaras para videoconferencia; altavoces para vídeoconferencia; anteojos tridimensionales para receptores de televisión; sintonizadores de transmisión de automóviles; reproductores de cassettes de automóviles; módulos para la generación de energía fotovoltaica; inversor utilizado en la generación de energía solar; sistema de control de la temperatura de ventilación, calefacción y aire acondicionado; sistema de seguridad electrónica para la red doméstica; dispositivo domótico; dispositivos de red doméstica; relojes con la función de comunicaciones inalámbricas con terminales electrónicos como teléfonos inteligentes, tabletas, pda, computadoras; bandas de reloj con la función de comunicaciones inalámbricas con terminales electrónicos tales como teléfonos inteligentes, tabletas, pda, computadoras; brazaletes que comunican datos a asistentes digitales personales, teléfonos inteligentes, tabletas y computadoras personales a través de sitios web de internet y otras redes informáticas y de comunicación electrónica; relojes que incorporan cámaras y reproductores mp3 y que comunican datos a teléfonos inteligentes y PDA; relojes de pulsera con la función de comunicaciones móviles, relojes inteligentes compuestos principalmente por un reloj de pulsera que también incluye un teléfono, software y pantallas de visualización para ver, enviar y recibir mensajes de texto, corresos electrónicos, datos e información, dispositivos electrónicos digitales portátiles compuestos principalmente por un reloj de pulsera y también con un teléfono, software y pantallas de visualización para ver, enviar y recibir mensajes de texto, correos electrónicos, datos e información de telefónos inteligentes, tabletas y computadoras portátiles. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 27-04-2018. 12] Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018.

[1] Solicitud: 17-49908 [2] Fecha de presentación: 30-11-17 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: APPLE INC [4.1] Domicilio: 1 Infinite Loop, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: 73168 [5.1 ] Fecha: 25/08/2017 [5.2 ] País de Origen: Jamaica [5] Código de País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: [7] Clase Internacional: 09 [8] Protege y distingue: Computadoras; hardware de cómputo; computadoras portátiles; computadoras tipo tableta; aparatos e instrumentos de telecomunicación; teléfonos; teléfonos móviles; teléfonos inteligentes; dispositivos inalámbricos para la transmisión de voz, datos, imágenes, audio, vídeo y contenido multimedia; aparatos para redes de comunicación; dispositivos electrónicos portátiles capaces de proveer acceso a la internet y para enviar, recibir y almacenar llamadas telefónicas, correo electrónico y otros datos digitales; hardware de cómputo usable [wearable]; dispositivos electrónicos digitales usables [wearable] capaces de proveer acceso a la internet, para enviar, recibir y almacenar llamadas telefónicas, correo electrónico y otros datos digitales; relojes inteligentes; lentes inteligentes; anillos inteligentes [dispositivos electrónicos]; administradores de actividades usables [wearable] [dispositivos electrónicos]; lectores de libros electrónicos; software de cómputo; software de cómputo para ajustar, configurar, operar y controlar computadoras, periféricos de cómputo, dispositivos móviles, teléfonos móviles, relojes inteligentes, lentes inteligentes, dispositivos electrónicos usables [wearable], audífonos, auriculares, televisiones, decodificadores, reproductores y grabadoras de audio y vídeo, sistemas de teatros en casa y sistemas de entretenimiento; software para el desarrollo de aplicaciones; software de juegos de computadora; archivos pregrabados de audio, vídeo y contenidos multimedia descargables; dispositivos periféricos de cómputo; dispositivos periféricos para computadoras, teléfonos móviles, dispositivos móviles electrónicos, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos usables [wearable], a saber, relojes inteligentes, lentes inteligentes, auriculares, aud ífonos, televisiones, decodificadores, grabadoras y reproductores de audio y vídeo; periféricos usables para ser usados con computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, relojes inteligentes, lentes inteligentes, anillos inteligentes [dispositivos electrónicos], audífonos, auriculares, televisiones, decodificadores y grabadoras y reproductores de audio y vídeo; aparatos de identificación y autenticación biométrica [aparatos no médicos]; acelerómetros; altímetros; aparatos de medición de distancia; aparatos para grabar datos de distancia; podómetros; aparatos de medición para presión [aparatos no médicos]; aparatos indicadores de presión; monitores, pantallas, pantallas de disposición frontal, y aparatos de cómputo para colocarse en la cabeza, para ser usados con computadoras, teléfonos inteligentes, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos usables [wearable], relojes inteligentes, lentes inteligentes, televisiones, decodificadores, grabadoras y reproductores de audio y vídeo; pantallas de realidad virtual y aumentada, gogles, controles y auriculares; anteojos 3D; lentes, gafas; lentes y gafas de sol; lentes; vidrios y cristales ópticos; aparatos e instrumentos ópticos; cámaras; flashes para cámaras; teclados, ratones de computadora, alfombrillas para ratones de computadoras, impresoras, unidades de disco de computadora y discos duros; aparatos para grabar y reproducir sonido; grabadoras y reproductores de audio y vídeo digitales; bocinas de audio; amplificadores y receptores de audio; aparatos de audio para vehículos con motor; aparatos para la grabación y reconocimiento de voz; audífonos, auriculares; micrófonos; televisiones; receptores de televisión y monitores; decodificadores; radiotransmisores y radiorreceptores; dispositivos electrónicos y de cómputo, a saber, interfaces para vehículos motorizados, paneles electrónicos de control, monitores, pantallas táctiles, controles remotos, estaciones de carga de batería, conectores, switches y controles de activación por voz; sistemas de posicionamiento global (GPS); instrumentos de navegación; instrumentos de navegación para vehículos [computadoras a bordo del vehículo]; controles remotos para controlar computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos móviles usables [wearable], relojes inteligentes, lentes inteligentes, audífonos, auriculares, reproductores y grabadoras de audio y vídeo, televisiones, decodificadores, bocinas, amplificadores, sistemas de teatro en casa, y sistemas de entretenimiento; dispositivos usables [wearable] para controlar computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, relojes electrónicos, lentes electrónicos, audífonos, auriculares, grabadoras y reproductores de audio y vídeo, televisiones, decodificadores, bocinas, amplificadores, sistemas de teatro en casa y sistemas de entretenimiento; aparatos para el almacenamiento de datos; chips de cómputo; baterías; cargadores de batería; conectores eléctricos y electrónicos, acopladores, cables eléctricos, alámbres eléctricos, cargadores, estaciones para cargar batería y adaptadores para ser usados con computadoras, teléfonos móviles, computadoras portátiles, periféricos de cómputo, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos móviles usables [wearable], relojes inteligentes, lentes inteligentes, audífonos, auriculares, grabadoras y reproductores de audio y vídeo, televisiones y decodificadores; pantallas táctiles interactivas; interfaces para computadoras, pantallas de computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos usables [wearable], relojes inteligentes, lentes inteligentes, televisiones, decodificadores y grabadoras y reproductores de audio y vídeo; láminas protectoras especiales para pantallas de computadora, pantallas de teléfonos móviles y de relojes inteligentes; partes y accesorios para computadoras, periféricos de cómputo, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos usables [wearable], relojes inteligentes, lentes inteligentes, audífonos auriculares, grabadoras y reproductoras de audio y vídeo, televisiones y decodificadores; cubiertas, bolsas, estuches, cajas, fundas, correas y cordones especialmente adaptados para computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos usable [wearable], relojes intelifentes, lentes inteligentes, audífonos, auriculares, decodificadores, grabadoras y reproductores de audio y vídeo, brazos extensibles para autofotos [mono pies de mano], cargadores de batería para cigarros elecónicos, collares electrónicos para entrenar animales, agendas electrónicas, aparatos para revisar correo [scanner], cajas registradoras; mecanismos para aparatos de previo pago; aparatos para dictado; aparatos para contar votos; aparatos electrónicos para etiquetar productos; aparatos para seleccionar precios [scaners]; aparatos de fax; aparatos e instrumentos de medición; tablones de anuncios electrónicos; aparatos de medición; obleas electrónicas hechas de silicón para circuitos integrados [wafers]; circuitos integrados; amplificadores; pantallas fluorescentes; controles remotos; filamentos para la conducción de la luz (fibras ópticas); instalaciones electrónicas para controlar de forma remota operaciones industriales; aparatos electrónicos para controlar la iluminación, electrolizadores, extintores, aparatos rediológicos para uso industrial, aparatos y dispositivos de salvamento, silbatos de alarma, caricaturas, ovoscopios, silbatos para perros, imanes decorativos, rejas electrificadas, controles remotos portátiles para aparatos en automóviles. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 25-04-2018. 12] Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018.

[1] Solicitud: 2018-11241 [2] Fecha de presentación: 12-03-2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: LG ELECTRONICS INC. [4.1] Domicilio: 128, Yeoui-daero, Yeongdeungpo-gu, Seoul, 150-721, República de Corea. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: República de Corea B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: 017547407 [5.1 ] Fecha: 30/11/2017 [5.2 ] País de Origen: Unión Europea [5.3] Código de País: EU C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ThinQ 6.2/ Reivindicaciones: [7] Clase Internacional: 11 [8] Protege y distingue: Acondicionadores de aire; aparatos de aire caliente, principalmente, aparatos de calentamiento de espacios de aire caliente; humidificadores; deshumidificador eléctrico para uso doméstico; rangos eléctricos; purificadores de agua para uso doméstico; ionizadores de agua para uso doméstico; aparatos de membrana en forma de filtros para purificar agua; colectores solares térmicos [calefacción]; purificadores de aire; aparatos de ventilación [aire acondicionado] para calefacción; iluminación.de diodos emisores de luz; aparatos de gas; hornos eléctricos de cocina; aparatos o instalaciones para cocinar: refrigeradores eléctricos; secadoras eléctricas de ropa; máquinas para el manejo de la ropa para secar la ropa (eléctrica) para uso doméstico; máquinas eléctricas para el manejo de prendas de vestir que tengan las funciones de desodorizar, esterilizar y humedecer prendas para el hogar; secadoras eléctricas de ropa con funciones de esterilización, desodorización y tratamiento de arrugas resistentes para uso doméstico; filtros de precisión para tratamiento de agua; plantas de desalinización de agua; instalaciones de purificación de aguas residuales; instalaciones de purificación para el sistema de recuperación y reutilización de aguas residuales; aparatos de purificación y tratamiento de aguas residuales; filtros para aguas residuales; purificadores de agua para la industria; lámparas de la calle; lámparas incandescentes; lámparas fluorescentes; luces automotrices; ventiladores para automóviles; calentadores para automóviles; bodega eléctrica para uso doméstico; sumideros. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 03-05-2018. 12] Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018.


[1] Solicitud: 2018-11247 [2] Fecha de presentación: 12-03-2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: LG ELECTRONICS INC. [4.1] Domicilio: 128, Yeoui-daero, Yeongdeungpo-gu, Seoul, 150-721, República de Corea. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: República de Corea B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: 017547407 [5.1 ] Fecha: 30/11/2017 [5.2 ] País de Origen: Unión Europea [5.3] Código de País: EU C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ThinQ 6.2/ Reivindicaciones: [7] Clase Internacional: 39 [8] Protege y distingue: Suministro de electricidad producida por generación de energía fotovoltaica y energía eólica; distribución de energía producida por generación de energía fotovoltaica y energía eólica; suministro de electricidad producida por nueva energía renovable; distribución de energía producida por nueva energía renovable; alquiler de refrigerador; almacenamiento de productos; almacenamiento refrigerado; suministro de información relacionada con aeropuertos; suministro de información relacionada con el alquiler de aeropuertos; proporcionar información sobre el estacionamiento del aeropuerto a través de un sitio web; suministro de información relacionada con el fletamento de aeronaves, proporcionar información de llegada y salida de vuelo; suministro de información relacionada con el transporte de mercancías y pasajeros; información de transporte; transporte aéreo y suministro de información relacionada con el mismo, información de transporte aéreo; información del tráfico, reserva y organización del acceso a los salones del aeropuerto; reserva de estacionamiento en el aeropuerto; servicios de transporte de pasajeros del aeropuerto entre las instalaciones de estacionamiento del aeropuerto y el aeropuerto; servicios aeroportuarios; provisión de instalaciones aeroportuarias para la aviación; servicios de control de tráfico aéreo; itinerarios por carretera; suministro de información en línea relacionada con viajes, suministro de información relacionada con el viaje en avión, por medios electrónicos, suministro de información relacionada con los servicios de estacionamiento de vehículos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 27-04-2018. 12] Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018.


1/ Solicitud: 12018-2018 2/ Fecha de presentación: 15-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/Solicitante: LOTTE Corporation 4.1/Domicilio: 300, Olympic-ro, Songpa-gu, Seoul, República de Corea (Sincheon-dong) 4.2/Organizada bajo las Leyes de: República de Corea B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 40-2017-0120797 5.1/Fecha: 22/09/2017 5.2/País de Origen: República de Corea 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LA LETRA L 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores Rojo (Pantone 485C) y Blanco, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/Clase Internacional: 37 8/ Protege y distingue: Servicios de construcción; servicios de construcción de barcos; reparación de artículos para fumador; reparación de máquinas y aparatos médicos; reparación de aparatos de limpieza no eléctricos; instalación de equipo de cocina; reparación de plumas fuente; cuidado, limpieza y reparación de pieles; reparación de bolsas; instalación de muebles; reparación de calzado; instalación y reparación de equipo de calefacción; reparación de aparatos y dispositivos de iluminación no eléctricos; reparación de cerraduras de seguridad; reparación de herramientas operadas manualmente; reparación de aparatos fotográficos; reparación de relojes y relojes de pulsera; instalación, mantenimiento y reparación de máquinas de oficina y equipo; asistencia (reparación) para vehículos averiados; instalación, mantenimiento y reparación de máquinas y aparatos para construcción; instalación, mantenimiento y reparación de hardware informático; reparación de encendedores para fumadores; reparación de armas y balas; reparación de artículos deportivos (que no son artículos de golf o artículos de alpinismo); reparación de joyería; renovación de ropa; reparación o mantenimiento de máquinas e instrumentos de sericultura; reparación de instrumentos musicales; reparación de libros; instalación de puertas y ventanas; servicio de pulido; servicios de perforación de pozos profundos de aceite o gas; servicios de limpieza de mobiliario; servicios de lavado de motores de vehículo; servicios de desinfección de edificios; servicios de limpieza de zapatos; servicios de lavandería; servicios de decoración de automóviles; servicios de fabricación de nieve artificial; servicios de limpieza y reparación de drenajes obstruidos; servicios de cuidado, limpieza y reparación de cuero; reparación de dispositivos de freno, reparación de rasuradoras, reparación de aparatos y dispositivos de iluminación. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 23-04-2018 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.

1/ Solicitud: 18372-2018 2/ Fecha de presentación: 26-04-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: BASF SE 4.1/ Domicilio: Carl-Bosch-Strasse 38, Ludwigshafen am Rhein, Alemania. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Alemania B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TOVEOR 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones para destruir y combatir los animales dañinos, insecticidas, fungicidas, herbicidas, nematicidas, nematodos para el control de insectos, agentes de control biológico, pesticidas. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 01-06-2018 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018.


TOVEOR 1/ Solicitud: 15752-18 2/ Fecha de presentación: 11-04-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: ORGANIZACIÓN PUBLICITARIA, S.A. 4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras, C.A. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MARATON LA PRENSA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 38 8/ Protege y distingue: Telecomunicaciones. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 04-06-2018 12/ Reservas: No se da exclusividad sobre el uso del término Maraton. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018.


MARATON LA PRENSA 1/ Solicitud: 13147-18 2/ Fecha de presentación: 21-03-18 3/ Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR 4/ Solicitante: UNILEVER N.V . 4.1/ Domicilio: Weena 455, 3013 AL, Rotterdam, Holanda. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Países Bajos. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: NADA QUE ESCONDER 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Jabones, preparaciones limpiadoras, productos para el cuidado del cabello, colorantes para el cabello, tintes para el NADA QUE ESCONDER cabello, lociones capilares, preparaciones para ondular el cabello, champús, acondicionadores, atomizadores para el cabello, polvo para el cabello, espumas para el cabello, glaseados para el cabello, gels para el cabello, humectantes para el cabello, líquido para el cabello, aceites para el cabello, tónico para el cabello, cremas para el cabello, preparaciones para el baño y/o la ducha, desodorantes, antitranspirantes. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 23-05-2018. 12/ Reservas: Esta Señal de Propaganda será usada con la Marca Claar Nutri Solution Registro 101.180. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018.


1/ Solicitud: 17795-18 2/ Fecha de presentación: 24-04-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: CHIESI FARMACEUTICI S.P .A. 4.1/ Domicilio: Via Palermo 26/A, 43122 Parma, Italia 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Italia B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: KENGREXAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones y substancias farmacéuticas, fármacos inhibidores de plaquetas administrados por vía intravenosa. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 04-06-18. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018.


KENGREXAL 1/ Solicitud: 10484-18 2/ Fecha de presentación: 06/03/18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Montres Tudor, S.A. 4.1/ Domicilio: 3 rue François-Dussaud, Geneva, Suiza 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: SUIZA B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CHRONAUTIC 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 14 8/ Protege y distingue: Reloj y relojería, principalmente, relojes, relojes de pulsera, componentes para artículos de reloj y relojería y accesorios para artículos de reloj y relojería no comprendidos en otras clases, relojes y otros instrumentos cronométricos, cronómetros, cronógrafos (relojería), correas de reloj, diales (relojería), cajas y maletines de exhibición de relojería y joyería, mecanismos de relojería y sus partes; joyas; piedras preciosas y piedras semipreciosas; metales preciosos y sus aleaciones. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 15-05-18. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018. CHRONAUTIC

1/ Solicitud: 15748-2018 2/ Fecha de presentación: 11-04-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GRUPO PAILL, S.A. DE C.V . 4.1/ Domicilio: Ciudad de San Salvador, El Salvador 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: El Salvador B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FLUNOSE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos, veterinarios e higiénicos. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 15-05-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018.


FLUNOSE 1/ Solicitud: 2018-14427 2/ Fecha de presentación: 03-04-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: AVIZOR, S.A. 4.1/ Domicilio: La Cañada, 17 28850 Torrejon de Ardoz Madrid, España. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: España B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: A VIZOR Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones estériles, antisépticas y germicidas para la limpieza de lentes de contacto, desinfectantes y preparaciones bacterianas para uso médico. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 10-05-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018.


1/ Solicitud: 15326-18 2/ Fecha de presentación: 9/4/18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: RCA TRADEMARK MANAGEMENT 4.1/ Domicilio: 1-5, rue Jeanne d`Arc 92130 Issy-Les Moulineaux, Francia 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Francia B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: RCA Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 07 8/ Protege y distingue: Lavadoras y secadoras (lavandería); escurridores para lavandería; lavavajillas; planchado de máquinas, aspiradoras, bolsas de aspiradoras, cepillos, filtros y mangueras; limpiadores ultrasónicos; máquinas eléctricas para uso doméstico, principalmente, batidores eléctricas, batidoras, procesadores eléctricos de alimentos, centrífugas, mezcladoras, licuadoras, prensas de fruta, abrelatas, abrillantadoras, molinillos de café, cuchillos eléctricos, peladoras, cortadoras de alimentos, picaduras de carne, máquinas para rallar verduras, máquinas para cortar pan, molinos de cocina, molinillos de sal y pimienta, máquinas de coser; máquinas de limpieza a alta presión o vapor; molinos de viento; generadores de corrientes, generadores de electricidad; instalaciones de bombas de calor. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 04-06-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018.


1/ Solicitud: 18-16532 2/ Fecha de presentación: 16-04-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Hershey Chocolate & Confectionery Corporation 4.1/ Domicilio: 4860 Robb Street, Suite 204, Wheat Ridge, Colorado 80033, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ICE BREAKERS ICE CUBES 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Caramelos, chicles y mentas. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 28-05-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018.


ICE BREAKERS ICE CUBES 1/ Solicitud: 17000-2018 2/ Fecha de presentación: 18-04-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: JOHNSON & JOHNSON 4.1/ Domicilio: One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, New Jersey, 08933, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: KAPLYENT 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas humanas para la prevención y tratamiento de enfermedades vírales, enfermedades autoinmunes e inflamatorias, enfermedades cardiovasculares y pulmonares, enfermedades del sistema nervioso central, enfermedades del sistema neurológico periférico, dolor, enfermedades dermatológicas, enfermedades gastrointestinales, enfermedades infecciosas, enfermedades metabólicas, enfermedades oncológicas, enfermedades oftálmicas, enfermedades respiratorias, úlceras digitales y enfermedades cerebrovasculares; vacunas; ansiolíticos; antialérgicos, antiinfeccisos. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 25-05-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018. KAPLYENT

1/ Solicitud: 2018-12130 2/ Fecha de presentación: 15-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Bayer Intellectual Property GmbH 4.1/ Domicilio: Alfred-Nobel-Str. 10,40789 Monheim am Rhein, Alemania 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BCS SowDition 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 42 8/ Protege y distingue: Investigación en relación con la cría de ganado, servicios de análisis e investigación industriales, servicios informáticos relacionados con la cría de ganado. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 10-05-2018 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018.


BSC SowDition 1/ Solicitud: 15998-2018 2/ Fecha de presentación: 11-04-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: UNIFI, INC. 4.1/ Domicilio: 7201 West Friendly Avenue, Greensboro, North Carolina 27410, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: UNIFI Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 23 8/ Protege y distingue: Fibras e hilos. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 15-05-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018.


1/ Solicitud: 15325-2018 2/ Fecha de presentación: 09-04-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: ECZACIBAŞI TÜKETIM ÜRÜNLERI SANAYI VE TICARET ANONIM ŞIRKETI 4.1/ Domicilio: Karamürsel Fabrika Tokmak Köyü, Kavak Mevki, Altinova 77700 Yalova, Turquía 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Turquía B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Silen y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores Azul Oscuro, Rosado y Blanco, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: Papel, cartón y productos hechos de estos materiales, no incluidos en otras clases, servilletas de papel, pañuelos de papel, papel higiénico, toallas de papel, toallitas de papel, baberos de papel, manteles de papel, manteles de papel, adornos hechos de papel, materiales plásticos para empacar (no incluidos en otras clases); paños pata lavar el cuerpo hechos de papel, toallas de secado de papel, para usar en el campo de la incontinencia y el cuidado geriátrica. Guantes de lavado hechos de papel, pañales de un solo uso y pañales similares a los de la ropa interior, sábanas de plástico, sacos y bolsas para envolver y empacar, material de encuadernación; tipo de impresoras; bloques de impresión, impresos, fotografías, artículos de papelería, máquinas de escribir y artículos de oficina (excepto muebles), material de instrucción y de ense - ñanza (excepto aparatos), pinceles. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 10-05-18 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018.


1/ Solicitud: 15750-18 2/ Fecha de presentación: 11-04-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: ORGANIZACIÓN PUBLICITARIA, S.A. 4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras, C.A. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: VIVIR EN ROSA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 38 8/ Protege y distingue: Telecomunicaciones. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 11-05-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018.


VIVIR EN ROSA 1/ Solicitud: 4537-18 2/ Fecha de presentación: 26/enero/2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GAMO OUTDOOR, S. L. 4.1/ Domicilio: Carretera Santa Creu de Calafell, 43, 08830 Sant Boi de Llobregat, Barcelona, España. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: España B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: GAMO Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 13 8/ Protege y distingue: Armas de fuego, armas de aire comprimido, municiones y proyectiles, explosivos, fuegos artificiales. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 14-05-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018.

1/ Solicitud: 5033-18 2/ Fecha de presentación: 30/01/18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GYNOPHARM, S.A. 4.1/ Domicilio: De McDonald`s 100 metros Sur y 50 metros Este, Curridabat, San José, Costa Rica. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Costa Rica B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LIFENTA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas, médicas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas y animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 15-05-18. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018.


LIFENTA 1/ Solicitud: 15746-18 2/ Fecha de presentación: 11-04-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: A VON PRODUCTS, INC, 4.1/ Domicilio: 601 Midland Avenue, Rye, NY 10580, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: A VON HERSTORY 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Fragancias (perfumería), artículos de tocador no medicados, aceites esenciales, preparaciones cosméticas no medicadas para el cuidado personal, preparaciones cosméticas no medicadas para el cuidado de la piel, para el cuidado de los ojos, para el cuidado de los labios, para el cuidado del cabello, para el cuidado de los pies y para el cuidado de las uñas. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 09-05-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018.


1/ Solicitud: 18-16732 2/ Fecha de presentación: 17-06-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Cinemark USA, Inc. 4.1/ Domicilio: 3900 Dallas Parkway, Suite 500, Plano, TX 75093, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CINEPACK Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 43 8/ Protege y distingue: Servicios de cafetería. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 28-05-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018.


1/ Solicitud: 17797-18 2/ Fecha de presentación: 24-04-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: SUMITOMO RUBBER INDUSTRIES, LTD 4.1/ Domicilio: 6-9, Wakinohsms-cho 3-chome, Chuo-ku Kobe-shi, Hyogo 651-0072, Japón. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Japón B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DURASPEC 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Neumáticos para vehículos, neumáticos para automóviles, neumáticos para camiones, neumáticos para autobuses y neumáticos para vehículos de motor de dos ruedas. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 31-05-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018. 1/ Solicitud: 2018-5406 2/ Fecha de presentación: 01-02-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GYNOPHARM, S.A. 4.1/ Domicilio: City Place, Edificio B, Cuarto Piso, 50 metros Norte de La Cruz Roja, Santa Ana, San José, Costa Rica. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Costa Rica B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: VENUXIA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas, médicas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas y animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 14-05-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018.


VENUXIA AVON HERSTORY DURASPEC

1/ Solicitud: 18-16531 2/ Fecha de presentación: 16-04-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: JOHNSON & JOHNSON 4.1/ Domicilio: One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, New Jersey, 08933, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ZURLYGA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas humanas para la prevención y tratamiento de enfermedades virales, enfermedades autoinmunes e inflamatorias, enfermedades cardiovasculares y pulmonares, enfermedades del sistema nervioso central, enfermedades del sistema neurológico periférico, dolor, enfermedades dermatológicas, enfermedades gastrointestinales, enfermedades infecciosas, enfermedades metabólicas, enfermedades oncológicas, enfermedades oftálmicas, enfermedades respiratorias, úlceras digitales y enfermedades cerebrovasculares; vacunas; ansiolíticos; antialérgicos; antiinfecciosos. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 28-05-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018.


ZURLYGA 1/ Solicitud: 17036-18 2/ Fecha de presentación: 19-04-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, S.A. DE C.V . 4.1/ Domicilio: Lago Tangañica 18, Colonia Granada, Delegación Miguel Hidalgo, México, D.F., México. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: México B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ZATHELO Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Producto farmacéutico para disminuir la cantidad de colesterol como colesterol de lipoproteínas de baja densidad (LDL) (“colesterol malo”) y triglicéridos en la sangre y para aumentar la cantidad de colesterol de lipoproteínas de alta densidad (HDL) (“colesterol bueno”) en la sangre; está indicado para reducir la mortalidad total y el riesgo de eventos cardiovasculares mayores (muerte cardiovascular, accidente vascular cerebral, infarto al miocardio, angina inestable o revascularización arterial). 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 04-06-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018.


1/ Solicitud: 18-16731 2/ Fecha de presentación: 17-04-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Cinemark USA, Inc. 4.1/ Domicilio: 3900 Dallas Parkway, Suite 500, Plano, TX 75093, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CINEPACK Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Servicios de salas de cine 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 28-05-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018.


1/ Solicitud: 18375-2018 2/ Fecha de presentación: 26-04-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: BASF SE 4.1/ Domicilio: Carl-Bosch-Strasse 38, Ludwigshafen am Rhein, Alemania. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Alemania B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: VISIMON 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Productos químicos y preparaciones biológicas para uso en agricultura, horticultura y silvicultura, especialmente preparaciones fortificantes de plantas, preparaciones químicas y/o biológicas para el manejo del estrés en plantas, preparaciones reguladoras del crecimiento vegetal, preparaciones químicas para el tratamiento de semillas, inoculantes agrícolas y hortícolas, bacterias beneficiosas y suplementos de suelo para mejorar el crecimiento y la salud de las plantas; tensioactivos. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30-05-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018. 1/ Solicitud: 18-14835 2/ Fecha de presentación: 05-04-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: CHIESI FARMACÉUTICI, S.P .A. 4.1/ Domicilio: Via Palermo 26/A, 43122 Parma, Italia. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Italia B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CLEVIPREX 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones y sustancias farmacéuticas, preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de enfermedades cardiovasculares. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-05-18. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018.


CLEVIPREX VISIMON

1/ No. Solicitud: 18-8951 2/ Fecha de presentación: 23-02-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Amazon Technologies, Inc 4.1/ Domicilio: 410 Terry Ave. N., Seattle, Washington 98109, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: prime video y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Educación; proporcionar entrenamiento; entretenimiento; actividades deportivas y culturales; servicios de entretenimiento, principalmente, suministro de información a través de una red informática mundial en el campo del entretenimiento y temas relacionados con el entretenirniento, suministro de un sitio web con audio, vídeo y contenido audiovisual no descargable en forma de grabaciones con películas, programas de televisión, vídeos y música; servicios de entretenimiento, principalmente, suministro de uso temporal de vídeos en línea no descargables; suministro de vídeos no descargables con programas sobre una amplia variedad de temas de entretenimiento a través de un servicio de vídeo a pedido; suministro de películas, películas y programas de televisión no descargables a través de un servicio de vídeo a pedido; distribución y alquiler de contenido de entretenimiento, principalmente servicio de búsqueda y pedido en línea de películas, películas cinematográficas, documentales, películas, programas de televisión, gráficos, animaciones y presentaciones multimedia y otras obras audiovisuales en forma de descargas digitales y transmisión digital directa visible en redes informáticas y redes de comunicación globales; servicios de alquiler de películas y vídeos; alquiler de obras audiovisuales, específicamente, películas, programas de televisión, vídeos, vídeos musicales y música; producción y distribución de películas, películas, programas, programas de televisión y vídeos; crear y desarrollar conceptos para películas y programas de televisión; servicios de grabación de audio y vídeo, suministro de una base de datos de búsqueda con audio, vídeo y contenido audiovisual a través de internet, redes de telecomunicaciones y redes de telecomunicaciones inalámbricas en el campo de películas, programas de televisión, vídeos y música; proporcionar programación de radio en línea; servicios de publicación digital de audio, vídeo y multimedia; servicios de entretenimiento, principalmente, suministro de música pregrabada descargable y programas de audio con historias de ficción y no ficción sobre una variedad de temas e información en el campo de la música y comentarios y artículos sobre música, todo en línea a través de una computadora global red; servicios de esparcimiento, principalmente, espectáculos visuales y de audio en directo, espectáculos musicales, de variedades, de noticias, dramáticos y de comedia; servicios de entretenimiento, principalmente, suministro de entornos virtuales en los que los usuarios pueden interactuar con fines recreativos, de ocio o de entretenimiento; servicios de entretenimiento, principalmente, suministro de un sitio web con las calificaciones y reseñas de televisión, películas, vídeos, música, guiones, guiones, libros y contenido de videojuegos; información de entretenimiento, proporcionar noticias, información y comentarios en línea en el campo del entretenimiento; revistas en línea, principalmente, blogs con información sobre entretenimiento; organización de concursos; servicios de sorteo; servicios de sorteo proporcionados a través de una red informática mundial que organiza concursos y concursos en línea para terceros, publicación de libros, revistas, publicaciones periódicas, obras literarias, obras visuales, obras de audio y obras audiovisuales; presentando conciertos y actuaciones musicales en vivo; servicios de producción musical, servicios de publicación de música; servicios de entretenimiento, en concreto, creación de perfiles de músicos, artistas y bandas, mediante el suministro de videoclips no descargables de interpretaciones o ejecuciones musicales a través de una red informática mundial; proporcionar recursos interactivos no descargables para buscar, seleccionar, administrar y ver contenido audiovisual en forma de grabaciones que incluyen películas, programas de televisión, vídeos y música; suministro de boletines en línea en el campo de la televisión, películas y vídeos por correo electrónico; servicios de traducción e interpretación; suministro de publicaciones electrónicas en línea, no descargables; publicación de textos que no sean publicitarios; redacción de textos, que no sean publicitarios; alquiler de equipos de audio; presentaciones de cine; organización y dirección de conciertos; entretenimiento, diversiones; servicios de juegos proporcionados en línea desde una red informática; alquiler de equipos de juegos; proporcionar servicios de karaoke; alquiler de proyectores de películas y accesorios, estudios de cine; servicios de composición musical; organización de espectáculos [servicios del empresario]; entretenimiento de radio; alquiler de aparatos de radio y televisión; producción de programas de radio y televisión; alquiler de grabaciones de sonido; subtitulado; entretenimiento televisivo; producciones teatrales; organización de competiciones [educación o entretenimiento; organización de exposiciones con fines culturales o educativos; servicios de estudio de grabación; edición de cintas de vídeo; grabar en vídeo, información sobre educación, educación religiosa; enseñanza, servicios educativos, servicios de instrucción. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 18-04-2018. 12/ Reservas: Abogado MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.

1/ No. Solicitud: 18-8949 2/ Fecha de presentación: 23-02-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Amazon Technologies, Inc 4.1/ Domicilio: 410 Terry Ave. N., Seattle, Washington 98109, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: prime video y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de peso, de medición, de señalización, de control (inspección), de socorro (salvamento) y de enseñanza; aparatos e instrumentos para conducir, cambiar, transformar, acumular, regulando o controlando la electricidad; aparatos para grabar, transmitir o reproducir sonido o imágenes; soportes de datos magnéticos, discos de grabación, discos compactos, DVD y otros medios de grabación digital; mecanismos para aparatos que funcionan con monedas; cajas registradoras, calculadoras, equipos de procesamiento de datos, software; software para transmisión, difusión, transmitir, distribuir, reproducir, organizar y compartir música, audio, vídeo, juegos, audiovisuales, contenido multimedia y otros datos a través de una red de comunicaciones global; software para su uso en la creación, descarga, transmisión, recepción, edición, extracción, codificación, decodificación, reproducción, visualización, almacenamiento y organización de texto, datos, imágenes, archivos de audio y vídeo y contenido multimedia; software para permitir a los usuarios ver o escuchar audio, vídeo, texto y contenido multimedia; software para crear y proporcionar acceso de usuario a bases de datos de información y datos de búsqueda; software de motor de búsqueda; software para la entrega de contenido inalámbrico; software para acceder a información en línea; software para facilitar pagos y transacciones en línea; software para su uso en la difusión de publicidad para terceros; software para compartir información sobre productos, servicios y ofertas; software para el almacenamiento electrónico de datos; software para el reconocimiento de imágenes y voz; software para domótica; software para comprar, acceder y ver películas, programas de TV , vídeos, música y contenido multimedia; software de navegador de internet; grabaciones audiovisuales con programas de entretenimiento; archivos de música descargables; contenido audiovisual y multimedia descargable que presenta historias de ficción y no ficción sobre una variedad de temas proporcionados a través de un servicio de vídeo bajo pedido; películas descargables y programas de televisión que presentan historias de ficción y no ficción sobre una variedad de temas y grabaciones de audio y vídeo que presentan historias de ficción y no ficción sobre una variedad de temas; medios digitales, principalmente, discos de vídeo digitales pregrabados, discos versátiles digitales; grabaciones descargables de audio y vídeo, DVD y discos digitales de alta definición con historias de ficción y no ficción sobre una variedad de temas; archivos de audio descargables, archivos multimedia, archivos de texto, documentos escritos, material de audio, material de vídeo con contenido de ficción y no ficción sobre una variedad de temas; aplicaciones móviles descargables para permitir a los usuarios acceder a música, audio, vídeo, juegos, audiovisuales, contenido multimedia y otros datos; dispositivos de transmisión de medios digitales; decodificadores; dispositivos electrónicos portátiles y de mano para transmitir, almacenar, manipular, registrar y revisar textos, imágenes, audio, vídeo y datos, incluso a través de redes informáticas mundiales, redes inalámbricas y redes de comunicaciones electrónicas y sus partes y accesorios electrónicos y mecánicos; computadoras, tabletas, reproductores de audio y vídeo, organizadores personales electrónicos, asistentes digitales personales y dispositivos del sistema de posicionamiento global y partes y accesorios electrónicos y mecánicos de los mismos; dispositivos periféricos de computadora, componentes de la computadora; monitores, pantallas, cables, cables, módems, impresoras, unidades de disco, adaptadores, tarjetas adaptadoras, conectores de cable, conectores enchufables, conectores de alimentación eléctrica, estaciones de acoplamiento y controladores; cargadores de batería; paquetes de baterías, tarjetas de memoria y lectores de tarjetas de memoria; auriculares y audífonos; altavoces, micrófonos y auriculares, estuches, cubiertas y soportes para dispositivos electrónicos y computadoras portátiles y de mano; controles remotos para dispositivos electrónicos y computadoras portátiles y de mano; tarjetas de regalo codificadas magnéticamente; software para la recopilación, organización, modificación, marcado de libros, transmisión, almacenamiento y uso compartido de datos e información; software para transmisión y visualización de texto, imagen y sonido; software para compras en línea; hardware de la computadora; chips de ordenador; baterías; dispositivos de mano para controlar televisores, altavoces, amplificadores, sistemas de estéreo y sistemas de entretenimiento; software para la gestión de la información; software de sincronización de bases de datos; programas informáticos para acceder, navegar y buscar bases de datos en línea; software para la sincronización de datos entre una estación o dispositivo remoto y una estación o dispositivo fijo o remoto; software para telecomunicaciones y comunicación a través de redes de comunicaciones locales o globales; software para acceder a redes de comunicaciones, incluida internet; software para analizar y recuperar datos; software para copia de seguridad del sistema informático; radios, transmisores de radio y receptores, reproductores multimedia, altavoces de audio; componentes de audio y accesorios; teléfonos; teléfonos móviles; amplificadores y receptores de audio; aparatos e instrumentos de efectos de sonido para su uso con instrumentos musicales; generadores de tonos electrónicos para usar con instrumentos musicales, componentes electrónicos para su uso con instrumentos musicales, aparatos de audio para juguetes; altavoces de audio, aparatos telefónicos, dispositivos de telecomunicación y computadoras para su uso en vehículos motorizados; aparatos de grabación de voz y reconocimiento de voz; aparato de comunicación en red; equipos e instrumentos de comunicación electrónica; aparatos e instrumentos de telecomunicaciones; cámaras; videocámaras; cámaras cinematográficas; estuches hechos especialmente para aparatos e instrumentos fotográficos, aparatos de centrado para transparencias fotográficas; lentes de primeros planos; pantallas de proyección; aparato de proyección; televisores; receptores de televisión; monitores de televisión; sistemas estéreo, sistemas de cine en casa y sistemas de entretenimiento en el hogar; software de desarrollo de aplicaciones; software utilizado en el desarrollo de otras aplicaciones de software; software del sistema operativo de la computadora; software para configurar, operar y controlar dispositivos móviles, dispositivos portátiles, teléfonos móviles, computadoras y periféricos informáticos y reproductores de audio y vídeo, software para crear bases de datos de búsqueda de información y datos para bases de datos de redes sociales entre pares, software de juegos de computadoras, libros electrónicos, revistas, publicaciones periódicas, boletines informativos, periódicos, publicaciones periódicas y otras publicaciones descargables, tecnología de la información y equipos audiovisuales, tonos de llamada descargables para teléfonos móviles, dibujos animados, aparato de intercomunicación, teléfonos inteligentes, teléfonos partátiles, aparatos telefónicos, receptores telefónicos, transmisores telefónicos, vídeo teléfonos, discos fonográficos, discos de grabación de sonido, bandas de grabación de sonido, portadores de grabación de sonido, vídeo casetes, cartuchos de videojuegos, cintas de vídeo dispositivos de memoria de computadora; microprocesadores, módems; gafas 3D; correas, brazaletes, cuerdas de seguridad y clips para dispositivos electrónicos digitales portátiles y de mano para registrar, organizar, transmitir, manipular y revisar archivos de texto, datos, audio, imágenes y vídeo; bolsas y estuches adaptados o configurados para contener reproductores de música y/o vídeo digitales, computadoras de mano, asistentes digitales personales, organizadores electrónicos y blocs de notas electrónicos; usuarios manuales en formato legible electrónicamente, legible por máquina o legible por computadora para su uso con los productos antes mencionados y vendidos como una unidad. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 17-04-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.

1/ Solicitud: 12019-2018 2/ Fecha de presentación: 15-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/Solicitante: LOTTE Corporation 4.1/Domicilio: 300, Olympic-ro, Songpa-gu, Seoul, República de Corea (Sincheon-dong) 4.2/Organizada bajo las Leyes de: República de Corea B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 40-2017-0120798 5.1/Fecha: 22/09/2017 5.2/País de Origen: República de Corea 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LA LETRA L 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores Rojo (Pantone 485C) y Blanco, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/Clase Internacional: 38 8/ Protege y distingue: Comunicaciones telefónicas; comunicación por teléfono celular; comunicaciones por radio; envío de mensajes; comunicaciones radiales de datos; transmisión de información por medio de aplicación de teléfono inteligente; comunicaciones por cable; comunicaciones televisivas; comunicaciones por teléfono celular; transmisión de datos y servicios de telecomunicación; servicios de comunicación por vídeo; servicio de acceso a usuario a redes informáticas globales; radiodifusión digital; radiodifusión radial; emisión televisiva; servicios de emisión televisiva para teléfonos móviles; alquiler de equipo de radiodifusión; transmisión vía satélite; servicios de portal de internet; telecomunicaciones. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 23-04-2018 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.


1/ Solicitud: 12020-2018 2/ Fecha de presentación: 15-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/Solicitante: LOTTE Corporation 4.1/Domicilio: 300, Olympic-ro, Songpa-gu, Seoul, República de Corea (Sincheon-dong) 4.2/Organizada bajo las Leyes de: República de Corea B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 40-2017-0120799 5.1/Fecha: 22/09/2017 5.2/País de Origen: República de Corea 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LA LETRA L 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores Rojo (Pantone 485C) y Blanco, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/Clase Internacional: 39 8/ Protege y distingue: Transporte; información de tráfico; almacenamiento de productos; depósito de materiales peligrosos; servicios de almacenamiento de vehículos; alquiler de sillas de ruedas; servicios de guía turístico; reservación de viajes; servicios de información de viajes; almacenamiento físico de datos o documentos guardados electrónicamente; embalaje de productos; servicios de buceo (no de salvamento); servicios de energía, gas, agua y calefacción regional; embalaje y almacenamiento de objetos; transporte y almacenamiento de basura; transporte de productos; entrega de productos; almacenamiento; embalaje/contenedor y almacenamiento; transporte y almacenamiento de productos. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 23-04-2018 12/Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018. 1/ Solicitud: 11998-2018 2/ Fecha de presentación: 15-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/Solicitante: LOTTE Corporation 4.1/Domicilio: 300, Olympic-ro, Songpa-gu, Seoul, República de Corea (Sincheon-dong) 4.2/Organizada bajo las Leyes de: República de Corea B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 40-2017-0120777 5.1/Fecha: 22/09/2017 5.2/País de Origen: República de Corea 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LA LETRA L 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores Rojo (Pantone 485C) y Blanco, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/Clase Internacional: 17 8/ Protege y distingue: Cintas adhesivas (no como material de oficina y no para uso médico, doméstico o aislante eléctrico); mica en bruto o parcialmente procesada; soportes de espuma para arreglos florales (productos semiterminados); papel de asbesto; filmina de plástico (no para envolver); hule en bruto; sacos de hule para empacar; tapones de hule; arandelas de hule; materiales no conductores para retención de calor; herramientas para extinción de fuego y equipo de asbesto; topes de hule para amortiguar; materiales para empacar (acolchonados/ de relleno) de hule o plástico; materiales aislantes eléctricos; cintas aislantes eléctricas; guantes aislantes; fibra química (no para uso textil); fibra inorgánica (no para uso textil); hebras e hilos de fibra química (no para uso textil); telas de asbesto; fieltro de asbesto; cuerdas de caucho; redes de asbesto; estatuillas de caucho; cañerías flexibles no metálicas; materiales para empacar, detener y aislar. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 23-04-2018 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.


1/ Solicitud: 11993-2018 2/ Fecha de presentación: 15-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/Solicitante: LOTTE Corporation 4.1/Domicilio: 300, Olympic-ro, Songpa-gu, Seoul, República de Corea (Sincheon-dong) 4.2/Organizada bajo las Leyes de: República de Corea B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 40-2017-0120772 5.1/Fecha: 22/09/2017 5.2/País de Origen: República de Corea 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LA LETRA L 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores Rojo (Pantone 485C) y Blanco, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Sillas de ruedas; paracaídas; vehículos eléctricos; partes y accesorios para barcos; partes y accesorios para aviones; partes y accesorios para vehículos de rieles; partes y accesorios para automóviles; partes y accesorios para bicicletas; carretillas; coches de bebé; cubiertas de neumáticos para vehículos; sistemas de suspensión para vehículos; dispositivos de freno para vehículos; tractores para uso agrícola; motores para vehículos terrestres; transmisiones y engranajes asistidos para vehículos terrestres; rodamientos para vehículos terrestres; motores para vehículos terrestres; tapicería para vehículos; dispositivos antirrobo para vehículos; neumáticos de vehículos; plataformas elevadoras traseras (partes de vehículos terrestres); banda de hule de motor/ mecanismo y frenos para vehículos terrestres; bombas de aire para vehículos de dos ruedas de motor o bicicletas; aparatos para locomoción por tierra, aire o agua; mecanismos y motores para vehículos terrestres; vehículos terrestres. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 18-04-2018 12/Reservas: Abogada NOEMÍ LAGOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.

1/ Solicitud: 11988-2018 2/ Fecha de presentación: 15-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/Solicitante: LOTTE Corporation 4.1/Domicilio: 300, Olympic-ro, Songpa-gu, Seoul, República de Corea (Sincheon-dong) 4.2/Organizada bajo las Leyes de: República de Corea B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 40-2017-0120767 5.1/Fecha: 22/09/2017 5.2/País de Origen: República de Corea 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LA LETRA L 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores Rojo (Pantone 485C) y Blanco, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/Clase Internacional: 07 8/ Protege y distingue: Bombas para acuario; cepillos operados eléctricamente (partes de máquinas); máquinas estampadoras; máquinas expendedoras automáticas; bombas de gas (equipo de gasolinera); cortadoras de césped no manuales (máquinas); aparatos eléctricos para abrir y cerrar puertas; elevadores; rezones automáticos para uso marino; excavadoras; cortadoras (máquinas); máquinas de minería; maquinaria de ingeniería civil; maquinaria agrícola; máquinas ordeñadoras; incubadoras para huevos; máquinas para pescar; maquinaria química para uso industrial; maquinaria para disponer de los desechos; maquinaria textil; máquinas procesadoras de alimentos y bebidas para uso industrial; máquinas de carpintería; maquinaria para procesar pulpa; máquinas impresoras; máquinas de coser; máquinas para procesar el cuero; máquinas para procesar tabaco; máquinas para procesar vidrio; máquinas para pintar; máquinas para empacar; máquinas de energía motriz (no para vehículos terrestres); bombas y compresores como partes de máquinas, motores y mecanismos; transmisiones y engranajes asistidos (no para vehículos terrestres); amortiguadores para máquinas (no para vehículos); dispositivos de frenos para máquina (no para vehículos); rodamientos de motor; molinos; máquinas para limpieza; máquinas para parqueo; máquinas procesadoras de hule; impresoras 3D; motores (excepto para vehículos terrestres); máquinas lavadoras de ropa para uso doméstico; robots; electrodos para máquinas soldadoras; máquinas de sericultura; máquinas clasificadoras para industria; acoplamientos para máquinas y componentes del engranaje de la transmisión (excepto para vehículos terrestres); máquinas para granja láctea; motores y mecanismos (excepto para vehículos terrestres); grifos (Componentes de máquinas/ mecanismos o motores); máquinas peladores de alimentos para uso comercial; molinillos de café, no operados manualmente. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 07-04-2018 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.


1/ Solicitud: 11990-2018 2/ Fecha de presentación: 15-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/Solicitante: LOTTE Corporation 4.1/Domicilio: 300, Olympic-ro, Songpa-gu, Seoul, República de Corea (Sincheon-dong) 4.2/Organizada bajo las Leyes de: República de Corea B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 40-2017-0120769 5.1/Fecha: 22/09/2017 5.2/País de Origen: República de Corea 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LA LETRA L 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores Rojo (Pantone 485C) y Blanco, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Chips de ADN; vidrio procesado (no para construcción); reglas de cálculo; zapatos protectores; cerraduras eléctricas; reglas de carpintero; aparatos e instrumentos de laboratorio físico y químico; aparatos e instrumentos ópticos, exceptuando lentes y aparatos fotográficos; aparatos e instrumentos fotográficos; aparatos para medir precisión; gafas; instrumentos de cálculo; mecanismos para aparatos operados con monedas; aparatos y equipo de salvamento; aparatos automáticos extintores de fuego; alarmas; señales de tráfico mecánicas; aparatos para buceo; balsas de rescate; satélites; autobombas contra incendios; cercas eléctricas; clasificadores de huevos a trasluz; aparatos de ionización no para el tratamiento de aire o agua; controladores eléctricos; señales de neón; baterías eléctricas; aparatos e instrumentos de medición de electricidad; alambres eléctricos; timbres eléctricos de puerta; aparatos e instrumentos eléctricos de audio y visuales; audífonos; máquinas e implementos de telecomunicación; equipos para oído Bluetooth; robots de laboratorio; software de computador; hardware de computador y dispositivos periféricos de computador; semiconductores; semiconductores; tomacorrientes; cartuchos y casetes de videojuegos; silbatos deportivos; guantes protectores; cascos; mascarillas respiratorias no para respiración artificial; ropa protectora; medios electrónicos pregrabados con música; metrónomos; medios electrónicos pregrabados sin música (excluyendo software informático); cupones descargables; películas cinematográficas; publicaciones electrónicas descargables; máquinas calculadoras; gafas de protección; CDs; instrumentos de control para calentador; aparatos para emergencia y rescate; aparatos audiovisuales para enseñanza; monitores; aparatos de seguridad para transporte por vía férrea; dispositivos de ensamblaje para cámaras y monitores; aparatos de prevención de robo; lentes; sistemas para videoconferencia; sistema de teatro en casa; transceptores de radio; teléfonos inteligentes, baterías y cargadores de baterías, timbres, archivos multimedia descargables. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 20-04-2018 12/Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.


1/ Solicitud: 50499-2017 2/ Fecha de presentación: 06-12-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/Solicitante: Amazon Technologies, Inc. 4.1/Domicilio: 410 Terry Ave. N., Seattle, Washington 98109, Estados Unidos de América. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: ECHO 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Advertencia, servicios de advertencia y mercadeo, nombrado, promocionando los buenos servicios de otros, servicios de orden satisfactorio, nombrado, servicios relacionados a orden de consume y procesamiento, proporcionar productos de información, con el propósito de asistir con la selección de mercancía de consumidor general para conocer las necesidades del consumidor, servicio de provisión para búsqueda de optimización de bacteria, servicio de comparación de compras nombrado, promover los servicio buenos de otros, manejo de computarización de archivos y bases de datos, crear indicación de información, sitios y otros recursos, hábiles en redes global de computadora y otro electrónico y otra rede de comunicación para otros, proporcionar información de productos de consumo con el propósito de seleccionar mercadería general de consumo para conocer las especificaciones y necesidades de los consumidores, información comercial y consejo para consumidores, nombrados, proporcionar oportunidades para usuarios de internet para que postee una calificación, repasos y recomendaciones para un rango de productos consumidos, servicios de tienda en línea de distribución de variedad de productos consumidos de otros, servicios de tienda de distribución de variedad de productos consumidos de otros, servicio de distribución y servicio de distribución en línea en conexión con libros, electrónicos, comida, vino, y bebidas, producto de cocina, producto de limpieza, utensilios de cocina, utensilios de hogar, ropa, producto de cuidado personal, producto para mascotas, mercancía deportiva, equipo de campamento, juguetes, joyería, flores, calzado y sombrero, manejo de negocios, administración de negocios, funciones de oficinas, proporcionar directores telefónicos, direcciones de negocios, dirección de correo electrónico, dirección de página de red, dirección y número de teléfono o de personas, lugares y organizaciones. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 15/2/18 12/Reservas: Abogado CAMILO ZAGLUL BENDECK PEREZ Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.

[1] Solicitud: 2018-11659 [2] Fecha de presentación: 13-03-2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: PUBLICACIONES Y NOTICIAS, S.A. (PUBLYNSA). [4.1] Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., departamento de Francisco Morazán, Honduras, C.A. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: [5.1 ] Fecha: [5.2 ] País de Origen: [5] Código de País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ALGO PINTA Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial, trabajos de oficina. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 27-04-2018. 12] Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.


[1] Solicitud: 2018-11658 [2] Fecha de presentación: 13-03-2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: PUBLICACIONES Y NOTICIAS, S.A. (PUBLYNSA). [4.1] Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., departamento de Francisco Morazán, Honduras, C.A. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: [5.1 ] Fecha: [5.2 ] País de Origen: [5] Código de País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ALGO PINTA Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: [7] Clase Internacional: 16 [8] Protege y distingue: Materiales impresos, libros, diarios, revistas, trifolios, folletos, periódicos y brochures. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 27-04-2018. 12] Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.


[1] Solicitud: 18-12125 [2] Fecha de presentación: 15-03-18 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: UNILEVER N.V . [4.1] Domicilio: Weena 455, 3013 AL, Rotterdam, Holanda. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: Países Bajos B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: [5.1 ] Fecha: [5.2 ] País de Origen: [5] Código de País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ICE CHILL 6.2/ Reivindicaciones: [7] Clase Internacional: 03 ICE CHILL [8] Protege y distingue: Jabones; perfumería, aceites esenciales, cosméticos; colonias, agua de tocador, atomizadores de perfume para el cuerpo; aceites, cremas y lociones para la piel; espuma para afeitarse, gel para afeitarse, lociones para antes y después de afeitarse, talco en polvo; preparaciones para el baño y la ducha; lociones para el cabello; champú y acondicionador; productos para el cabello; dentífricos, enjuagues bucales no medicados; desodorantes; antitranspirantes para uso personal; preparaciones de tocador no medicadas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 24-04-18. 12] Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.


[1] Solicitud: 2018-11237 [2] Fecha de presentación: 12-03-2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: LG ELECTRONICS INC. [4.1] Domicilio: 128, Yeoui-daero, Yeongdeungpo-gu, Seoul, 150-721, República de Corea. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: República de Corea B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: 017547407 [5.1 ] Fecha: 30/11/2017 [5.2 ] País de Origen: Unión Europea [5] Código de País: EU C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ThinQ 6.2/ Reivindicaciones: [7] Clase Internacional: 07 [8] Protege y distingue: Lavadoras eléctricas para ropa; lavavajillas automáticos; aspiradoras eléctricas; manguera para aspiradoras eléctricas; bolsa para aspiradoras eléctricas; palo tipo aspiradores; robots; sopladores rotativos eléctricos; bombas de aire compri - mido; compresores rotativos; compresores para refrigeradores; secadores giratorias {no calentados}; batidoras eléctricas para uso doméstico; aspiradoras robóticas; procesadores eléctricos para alimentos; limpiadores a vapor para uso domés - tico; aspiradoras manuales; aspiradoras eléctricas para ropa de cama. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91, de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 27-04-2018. 12] Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.


[1] Solicitud: 18-12124 [2] Fecha de presentación: 15-03-18 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: Prometheus Brands, LLC [4.1] Domicilio: 79 Two Bridges Road, Fairfield, New Jersey 07004 Estados Unidos de América. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América. B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: [5.1 ] Fecha: [5.2 ] País de Origen: [5] Código de País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa [6] Denominación y [6.1] Distintivo: 5 MINUTE CHEF 6.2/ Reivindicaciones: [7] Clase Internacional: 11 [8] Protege y distingue: Aparatos eléctricos para cocinar, aparato de cocina eléctrico. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial., 89 y 91 [11] Fecha de emisión: 24-04-18. 12] Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018. 5 MINUTE CHEF

1/ Solicitud: 12015-2018 2/ Fecha de presentación: 15-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/Solicitante: LOTTE Corporation 4.1/Domicilio: 300, Olympic-ro, Songpa-gu, Seoul, República de Corea (Sincheon-dong) 4.2/Organizada bajo las Leyes de: República de Corea B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 40-2017-0120794 5.1/Fecha: 22/09/2017 5.2/País de Origen: República de Corea 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LA LETRA L 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores Rojo (Pantone 485C) y Blanco, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/Clase Internacional: 34 8/ Protege y distingue: Tabaco; sustitutos de tabaco; cigarrillos que contienen sustitutos de tabaco, no para uso médico; cigarrillos electrónicos; nicotina líquida para cigarrillos electrónicos; tabaco para fumar; artículos para fumador; pitilleras; ceniceros para fumadores; estuches para cigarros puros; cadenas de cuello para cigarrillos electrónicos; artículos para fumador de metales preciosos; artículos para fumador no de metales preciosos; estuches para cigarrillos electrónicos; fósforos; encendedores de cigarros; encendedores para fumadores; filtros para encendedor; tabaco y artículos de fumadores; artículos para fumadores (incluyendo encendedores para fumadores). 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 24 de abril, 2018. 12/Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.


1/ Solicitud: 12013-2018 2/ Fecha de presentación: 15-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/Solicitante: LOTTE Corporation 4.1/Domicilio: 300, Olympic-ro, Songpa-gu, Seoul, República de Corea (Sincheon-dong) 4.2/Organizada bajo las Leyes de: República de Corea B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 40-2017-0120792 5.1/Fecha: 22/09/2017 5.2/País de Origen: República de Corea 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LA LETRA L 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores Rojo (Pantone 485C) y Blanco, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/Clase Internacional: 32 8/ Protege y distingue: Extractos de lúpulo para producir cerveza; extractos de malta para producir licores; bebidas no alcohólicas; bebidas y jugos de frutas; refrescos; bebidas deportivas; agua gasificada; pastillas para bebidas efervescentes; polvos para bebidas efervescentes; preparados para hacer bebidas efervescentes; jarabes y otros preparados para hacer bebidas; agua mineral; aguas (bebidas); agua potable; agua tónica; agua con intensificador de sabor; cerveza; cerveza sin alcohol; bebidas a base de cerveza; agua mineral y gasificada. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 24 de abril 2018. 12/Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.


1/ Solicitud: 16-41116 2/ Fecha de presentación: 13- OCT.-16 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/Solicitante: Microbiotec, Sociedad Anónima de Capital Variable 4.1/Domicilio: Kilómetro 3 Boulevard del Norte, borde derecho Río Blanco, San Pedro Sula, Cortés, Honduras. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACI 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: Microbiotec y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores Azul y Cian, tal como se muestran en los ejemplares que se acompaña. 7/Clase Internacional: 44 8/ Protege y distingue: Servicios de agricultura, horticultura y silvicultura, asì como de análisis de laboratorio para los anteriores. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 25-04-2018 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.


1/ Solicitud: 2018-11236 2/ Fecha de presentación: 12-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/Solicitante: Bayer Aktiengesellschaft 4.1/Domicilio: Kaiser-Wilhelm-Allee, 51373 Leverkusen, Alemania 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Alemania B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 017399122 5.1/Fecha: 27/10/2017 5.2/País de Origen: Unión Europea 5.3/Código País: EU C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores Rojo, Azul y Blanco, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas, para el tratamiento de la hipertensión pulmonar. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 27-04-2018 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.


[1] Solicitud: 2017-051576 [2] Fecha de presentación: 13-12-2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: GYNOPHARM, S.A. [4.1] Domicilio: City Place, Edificio B, cuarto piso, 50 metros Norte de la Cruz Roja, Santa Ana, San José, Costa Rica. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: COSTA RICA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: PITLIFEN 6.2/ Reivindicaciones: [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Inhibidor HMG-CoA D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 25 de abril del año 2018 12] Reservas: No tiene reservas Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.

1/ Solicitud: 2018-11243 2/ Fecha de presentación: 12-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: LG ELECTRONICS INC. 4.1/ Domicilio: 128, Yeoui-daero, Yeongdeungpo-gu, Seoul, 150-721, República de Corea. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: República de Corea B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 017547407 5.1/ Fecha: 30/11/2017 5.2/ País de Origen: Unión Europea 5.3/ Código País: EU C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ThinQ 7/ Clase Internacional: 20 8/ Protege y distingue: Muebles de metal, vitrinas de metal, armarios metálicos, bastidores para muebles, armarios para la cocina, camas (que no sean para uso médico), camas para uso médico, cofres para productos que no sean de metales preciosos, ganchos de ropa no metálicos, muebles de oficina, colchón, sofás, mesas de comedor, armarios, banco bajo de madera, atriles para libros (muebles), escritorio, tocador, expositores, muebles de baño, espejos de baño, gabinetes de baño, lavabos [muebles]. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 02-05-18 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.


1/ Solicitud: 2018-11238 2/ Fecha de presentación: 12-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: LG ELECTRONICS INC. 4.1/ Domicilio: 128, Yeoui-daero, Yeongdeungpo-gu, Seoul, 150-721, República de Corea. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: República de Corea B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 017547407 5.1/ Fecha: 30/11/2017 5.2/ País de Origen: Unión Europea 5.3/ Código País: EU C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y [6.1] Distintivo: ThinQ 7/ Clase Internacional: 08 8/ Protege y distingue: Cortadoras de césped [instrumentos manuales]; látigos de hierba [herramientas manuales]; aireadores de césped [herramientas manuales]; rastrillos para césped [herramientas manuales]; rodillos de césped [herramientas manuales]; desmalezadoras [herramientas manuales]; escarificadores de malas hierbas, operados a mano; jeringas para rociar insecticidas; pulverizadores [herramienta manual] para uso doméstico en la pulverización de herbicidas; sembradoras (manuales); herramientas de jardín, operadas a mano; herramienta de mano de bolsillo plegable multifunción; herramientas de mano plegables multifuncionales. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 27-04-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.


1/ Solicitud: 2018-9722 2/ Fecha de presentación: 01-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: A VON PRODUCTS, INC. 4.1/ Domicilio: 601 Midland Avenue, Rye, NY 10580, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y [6.1] Distintivo: BIG & FENOMENAL 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: BIG & FENOMENAL Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar, jabones, productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares, dentífricos. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 24-04-2018 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.


1/ Solicitud: 18-12123 2/ Fecha de presentación: 15-03-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Prometheus Brands, LLC. 4.1/ Domicilio: 79 Two Bridges Road, Fairfield, New Jersey, 07004 Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y [6.1] Distintivo: COUCH COAT 7/ Clase Internacional: 24 8/ Protege y distingue: Cubiertas (sueltas) para muebles. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 24-04-18 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018. COUCH COAT


1/ Solicitud: 18-10485 2/ Fecha de presentación: 06-03-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: E.I. du Pont de Nemours and Company 4.1/ Domicilio: 974 Centre Road, Chestnut Run Plaza, Wilmington, Delaware 19805, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/ Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 7/ Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Productos químicos agrícolas y adyuvantes. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 26-04-18 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.

1/ Solicitud: 10134-2018 2/ Fecha de presentación: 02-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: TOPFARMA, SOCIEDAD ANÓNIMA 4.1/ Domicilio: 2O Calle 23-80, Zona 15 Vista Hermosa 11, Edificio Avante, cuarto nivel Oficina No. 401, Guatemala. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Guatemala B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y [6.1] Distintivo: SOLOCIN 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos para uso humano. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Benito Arturo Zelaya Cálix USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 17 de abril, 2018. 12/ Reservas: Abogada NOHEMÍ LAGOS Registro de la Propiedad Industrial J., 6 y 23 J. 2018.


SOLOCIN 1/ Solicitud: 10135-2018 2/ Fecha de presentación: 02-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: TOPFARMA, SOCIEDAD ANÓNIMA 4.1/ Domicilio: 2O Calle 23-80, Zona 15 Vista Hermosa 11, Edificio Avante, cuarto nivel Oficina No. 401, Guatemala. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Guatemala B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y [6.1] Distintivo: ESOMAG 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos para uso humano. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Benito Arturo Zelaya Cálix USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 17 de abril, 2018. 12/ Reservas: Abogada NOHEMÍ LAGOS Registro de la Propiedad Industrial J., 6 y 23 J. 2018.


ESOMAG 1/ Solicitud: 2017-44766 2/ Fecha de presentación: 25-10-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: AUTOMOTIVE ART INTERNATIONAL, INC. 4.1/ Domicilio: ONE WELCHES, WELCHES, ST. THOMAS BB22025, BARBADOS 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Barbados B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y [6.1] Distintivo: AUTOMOTIVE ART Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Reivindicar color tal y como muestra en la etiqueta. 7/ Clase Internacional: 02 8/ Protege y distingue: Recubrimiento para acabados automotrices en especial pinturas, barnices, lacas, productos antiherrumbre. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Benito Arturo Zelaya Cálix USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 20-11-2017. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial J., 6 y 232 J. 2018.


[1] Solicitud: 2017-028966 [2] Fecha de presentación: 04/07/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: OURO FINO SAÚDE ANIMAL, LTDA. [4.1] Domicilio: CARRETERA ANHANQUERA, SSP 330 KM 298, DISTRITO INDUSTRIAL, CIUDAD DE CRA VINHOS, ESTADO DE SAO PAULO, BRASIL. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: BRASIL B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Productos veterinarios o medicamentos para animales (bovinos).

D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: BENITO ARTURO ZELAYA CÁLIX USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 21 de agosto del año 2017. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado CAMILO ZAGLUL BENDECK PÉREZ Registrador(a) de la Propiedad Industrial 21 J., 6 y 23 J. 2018.


OUROFINO SUPERHION [1] Solicitud: 2018-006272 [2] Fecha de presentación: 07/02/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: FABRICA NACIONAL DE ACUMULADORES ETNA, S.A. [4.1] Domicilio: A V . EL DERBY 254, OFICINA 2203, DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO, LIMA, PERÚ [4.2] Organizada bajo las Leyes de: PERÚ B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ETNA (BATERIAS) Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 9 [8] Protege y distingue: Aparatos e instrumentos de conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control de la electricidad, baterías.

D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: BENITO ARTURO ZELAYA CÁLIX USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 8 de marzo del año 2018. [12] Reservas: Reivindican los colores tal y como se muestra en la etiqueta. No se protege BATERIAS que aparecen en el nombre y etiqueta es relativo al producto. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 21 J., 6 y 23 J. 2018.

1/ No. Solicitud: 18-16720 2/ Fecha de presentación: 17-04-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: L.K., CO., S.A. DE C.V . 4.1/ Domicilio: Edificio Corporativo Los Próceres, Avenida Los Próceres, Tegucigalpa. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 32 8/ Protege y distingue: Cervezas; aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas; bebidas y sumos de frutas; siropes y otras preparaciones para hacer bebidas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Daniel Arturo Rivera Melara E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 25-05-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018. [1] Solicitud: 2018-013647 [2] Fecha de presentación: 22/03/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: CERVECERIA TAGUZGALPA, S.A. [4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: BIRICA MAMAITA Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 32 [8] Protege y distingue: Cerveza. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Carlos Virgilio Umanzor Bonilla USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 16 de mayo del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018. [1] Solicitud: 2018-009842 [2] Fecha de presentación: 01/03/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: EDGAR FERNANDO V ALLADARES CHACÓN [4.1] Domicilio: BARRIO ORIENTAL, DANLÍ, EL PARAÍSO, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MEGA PIZZA DANLI Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 43 [8] Protege y distingue: Servicio de restaurante.

D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: PEDRO GERARDO CORDOV A CASTELLANOS USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 10 de abril del año 2018. 12] Reservas: Se protege en su forma conjunta sin exclusividad de uso de MEGGAPIZZA, por ser de uso común. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industr 21 J., 6 y 23 J. 2018.


SECRETARÍA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL A V I S O La infrascrita, Secretaria Administrativa de la Dirección General del Trabajo, al público en general y para los efectos de ley, A VISA: Que en fecha 11 de abril de 2018, mediante Resolución No. 031-2018, la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, reconoció la Personalidad Jurídica de la FEDERACIÓN UNITARIA DE TRABAJADORES DE LA SALUD DE HONDURAS (FUTSH), del domicilio del municipio del Distrito Central, el cual ha quedado inscrito en el Tomo N°. IV Folio N°. 730 del Libro de Registro de Organizaciones Sociales. MARÍA UBALDINA MARTÍNEZ MOLINA SECRETARIA ADMIINISTRATIV A DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL TRABAJO 6 J, 2018.


BRITTANIA LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS No es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito.

[1] Solicitud: 2017-039490 [2] Fecha de presentación: 13/09/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: JOHNSON CONTROLS TECHNOLOGY COMPANY . [4.1] Domicilio: 5757 N. G reen Bay Avenue, Milwaukee WI 53209 , Estados Unidos de América. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: JOHNSON CONTROLS Johnson Controls [7] Clase Internacional: 9 [8] Protege y distingue: Equipos y programas informáticos para uso en el ámbito de la seguridad, prevención, salud, detección y supresión de incendios, control de acceso, instrusión, atención al cliente, prevensión de pérdidas, inventario, rendimiento comercal y minorista, flujo de clientes, gestión de medio ambiente y de energía, aparatos, sistemas y dispositivos de iluminación, control y gestión de edificio, planta e instalación, eficiencia de edificios, soluciones de energía, equipos y sistemas ambientales para edificios, incluidos calefacción, ventilación, aire acondicionado y otros aparatos y sistemas de control de edificios; sistemas operativos informáticos; equipos y programas informáticos para uso en la recolección, análisis, gestión, almacenamiento, transmisión y reporte de datos en el ámbito de la seguridad, prevención, salud, detección y supresión de incendios, control de acceso, intrusión, atención al cliente, prevención de pérdidas, inventario, rendimiento comercial y minorista, flujo de clientes, gestión de medio ambiente y de energía, aparatos, sistemas y dispositivos de iluminación, eficiencia de edificios, soluciones de energía, equipos y sistemas ambientales para edificios, incluidos calefacción, ventilación, aire acondicionado y otros aparatos y sistemas de control de edificios; equipos y programas informáticos para la conexión y control remoto, funcionamiento, supervisión y gestión de aparatos, sistemas y dispositivos en el ámbito de sistemas de seguridad, alarmas y sistemas de alarma, sistemas de vigilancia doméstica, controles de iluminación, dispositivos de automatización domésticos y sistemas para inventario y gestión de activos, prevención antirrobos y de pérdidas, dispositivo para monitoreo de la salud, patrones de tráfico del consumidor, análisis de transacciones de punto de venta, aplicaciones habilitadas para vídeo y funciones de ejecución de tienda; cámaras de vídeo; sistemas de vídeo; sistemas de televisión de circuito cerrado para la seguridad y la vigilancia; codificadores y ecodificadores; sistemas e instalaciones de videovigilancia; sistemas, aparatos y dispositivos de seguridad y vigilancia; aparatos de procesamiento de imágenes; láseres para fines no médicos; aparatos de imagen térmica para visión nocturna, no para uso médico; sistemas, dispositivos y aparatos para extinción de incendios; sistemas, dispositivos y aparatos de detección de incendios; alarmas de incendio y sistemas de alarma contraincendios; alarmas y detectores de humo, calor y gas; sistemas, dispositivos y aparatos de seguridad, sus partes y accesorios; sistemas de detección de intrusos y accesorios complementarios; estaciones centrales de control de intrusión que consisten en avisadores de audio y visuales, es decir, sirenas, bocinas, luces estroboscópicas y luces; equipos de redes informáticas y equipos de comunicaciones de datos en la naturaleza de los servidores de comunicaciones; dispositivos y equipos de control de acceso, sus partes y accesorios; equipos de redes de telecomunicaciones y datos, es decir, dispositivos para transportar y agregar comunicaciones de voz, datos y vídeo a través de múltiples infraestructuras de red y protocolos de comunicaciones; gestión de activos y sistema de seguimiento compuesto de sistemas de control de inventario, dispositivos de prevención de robos e identificación por radiofrecuencia (rfid), rótulos, etiquetas, lectores, sensores, transmisores, receptores y controladores eléctricos microondas, electrónicos, electromagnéticos y acústico magnéticos; enrutadores de red; enrutadores inalámbricos; dispositivos de seguridad, protección y señalización; instrumentos, indicadores y controladores de medición, detección y control; equipos de procesamiento de datos y computadoras; alarmas antirrobo, sus partes y accesorios; aparatos, instrumentos y dispositivos de prevención de robos, sus partes y accesorios; detectores de objetos magnéticos y electromagnéticos; transpondedores; antenas; alarmas, sus partes y accesorios; sensores y detectores, sus partes y accesorios para uso en el ámbito de la seguridad, protección, salud, detección y supresión de incendios y humos, control de acceso, intrusión, atención al cliente, prevención de pérdidas, inventario, rendimiento comercial y minorista, tráfico de clientes, gestión de medio ambiente y energía, aparatos, sistemas y dispositivos, de iluminación, eficiencia de edificios, soluciones de energía, equipos y sistemas ambientales para edificios, incluidos calefacción, ventilación, aire acondicionado y otros aparatos y sistemas de control de edificios; sistemas operativos informáticos; repetidores Ethernet; dispositivos de iniciación, es decir, cajas de alarma de incendio, detectores de humo, detectores de calor, detectores de llama, detectores de flujo de agua de aspersión e interruptores que indican el accionamiento de sistemas de extinción de incendios; termostatos; mangueras de incendio; boquillas de manguera de incendio; equipo de seguridad, es decir, escaleras de emergencia; batidores de fuego; bombas de incendios; camiones de bomberos; carros de bomberos; dispositivos, aparatos y equipos de control de incendios; sistemas de extinción de incendios y sus partes; sistemas rociadores para protección contraincendios y extinción de incendios y sus partes; unidades de vidrio cortafuegos; pantallas de seguridad de asbestos para bomberos; sistemas y equipos de dispersión que

utilizan polvo químico y/o espuma química constituidos por tanques de almacenamiento para los agentes de lucha contraincendios, válvulas y tuberías para suministrar a los agentes, controladores proporcionadores, generadores de espuma de alta expansión, monitores, boquillas y eductores; instrumentos de detección de llamas, es decir, instrumento de detección de llamas compuesto por un detector de llama infrarrojo y una cámara CCTV (circuito cerrado de televisión); aparatos de control de seguridad en la naturaleza de controladores inalámbricos para monitorear y controlar de forma remota la función y el estado de los sistemas de seguridad; dispositivos de entrada de detección de movimiento, incluyendo controles de detección de movimiento para proteger la propiedad; aparatos electrónicos de control y seguimiento, es decir, sensores, cámaras y monitores para sistemas de monitoreo de alarmas; aparatos de intercomunicación en la naturaleza de sistemas de evacuación de voz que comprenden intercomunicadores, altavoces de audio y micrófonos; sistemas de llamada de enfermería, es decir, sistemas de señalización y comunicación audiovisuales para uso en entornos sarutanos, que compren en estaciones principales e enfermería, estaciones de baño, estaciones de habitación de pacientes, terminales de códigos de emergencia, monitores, buscapersonas, intercomunicadores, dispositivos de notificación, luces de cúpula, lámparas de zona; sistemas de notificación masiva, compuestos de altavoces, letreros, luces estroboscópicas, sirenas, buscapersonas, luces, teléfonos, teléfonos celulares y computadoras para alertar e instruir a las personas durante situaciones de emergencia y/o desastre; sistemas de equipos y programas informáticos para el rastreo de equipos y activos utilizando datos GPS (sistema de posicionamiento global) en un dispositivo sobre el equipo y los activos rastreados; micropartículas codificadas, etiquetas de plástico, marcadores y lectores electrónicos, sensores, transmisores, receptores y controladores que utilizan señales de identificación de radiofrecuencia (RFID), señalización de microondas, electromagnética, radiofrecuencia y acústico-magnética; dispositivos electrónicos para ayudar al personal de emergencia con personas que necesitan asistencia, compuestos por sensores para determinar el estado de la persona y aparatos para enviar alertas electrónicas al personal de emergencia; aparatos para controlar el tamaño, número, flujo y dirección de los objetos que se mueven a través de un área; módulos electrónicos de entrada inalámbrica para la lectura de datos de dispositivos y sistemas de monitoreo de personal y artículos; instrumentos de prueba de gas; sistemas de alarma de fugas de gas que comprendan sensores y alarmas;, dispositivos de Control Lógico Programable (PLC); dispositivos de descontaminación con rociador en aerosol para la descontaminación química y biológica, controles eléctricos y electrónicos, sistemas y dispositivos de control para el monitoreo in situ y remoto, control, funcionamiento, automatización y optimización de, e interacción con, dispositivos de edificio, instalaciones y plantas, aparatos y sistemas de calefacción, aire acondicionado, ventilación, refrigeración, uso de energía, asignación, mantenimiento, eficiencia y estabilización, iluminación, sonido, comunicación, visualización luminiscente, transmisión de audio y vídeo, batería y acumulador de carga eléctrica, medición y pago, alarmas, detectores y sensores, flujo de agua, evacuación de emergencia, sistemas y alarmas de acceso de seguridad, CCTV , vigilancia, rastreo de activos y personal, detección de luz y movimiento, detección de humedad, detección de amenazas ambientales, detección de amenazas y seguridad, detección de gases, gestión de activos, fabricación y instrumentos para conducir, intercambiar, transformar, acumular, regular o controlar electricidad, incluidos generadores de electricidad, conductos, cajas de distribución de energía eléctrica, transformadores de corriente, rectificadores, interruptores y medidores de capacitancia para baterías; máquinas y aparatos para prueba y monitoreo de elementos galvánicos, baterías, baterías de automoción y pilas de combustible eléctricas; rejillas conductoras para baterías; componentes de baterías, es decir, armazones internos con el fin de proporcionar durabilidad estructural; respiraderos y tapas de ventilación para baterías; sistemas de gestión de baterías, es decir, equipos y programas informáticos para monitoreo, diagnóstico y gestión de la carga, salida y rendimiento de la batería y para el control térmico; actuadores, controles e interruptores para sistemas y equipos de ventilación y aire acondicionado; válvulas eléctricas y electrónicas y accesorios de válvulas, sus partes y accesorios; programas informáticos, es decir, gestión de energía automatizada y detección de fallos diseñado específicamente para monitorear, medir, analizar, rastrear, recopilar, registrar, transmitir almacenar datos de consumo de energía y de recursos de los sistemas de control de edificios existentes y sistemas de automatización de edificios. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. [11] Fecha de emisión: 16 de abril del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FIDEL ANTONIO MEJIA Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018.

1/ Solicitud: 2018-2085 2/ Fecha de presentación: 15-enero-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: APPLE INC . 4.1/ Domicilio: 1 I nfinite Loop, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 2017-688 5.1 Fecha: 11 Sept. 2017 5.2 País de Origen: Liechtenstein 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Face ID y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Computadoras; hardware de cómputo; computadoras portátiles, computadoras tipo tableta; aparatos e instrumentos de telecomunicación, teléfonos; teléfonos móviles; teléfonos inteligentes; dispositivos inalámbricos para la transmisión de voz, datos, imágenes, audio, vídeo, y contenido multimedia; aparatos para redes de comunicación; dispositivos electrónicos portátiles capaces de proveer acceso a la Internet y para enviar, recibir y almacenar llamadas telefónicas, correo electrónico y otros datos digitales; hardware de cómputo usable [wearable]; dispositivos electrónicos digitales usables [wearable] capaces de proveer acceso a la internet, para enviar, recibir y almacenar llamadas telefónicas, correo electrónico y otros datos digitales; relojes inteligentes; lentes inteligentes; anillos inteligentes [dispositivos electrónicos]; administradores de actividades usables [wearable] [dispositivos electrónicos]; lectores de libros electrónicos; software de cómputo; software de cómputo para ajustar, configurar, operar y controlar computadoras, periféricos de cómputo, dispositivos móviles, teléfonos móviles, relojes inteligentes, lentes inteligentes, dispositivos electrónicos usables [wearable], audífonos, auriculares, televisiones, decodificadores, reproductores y grabadoras de audio y vídeo, sistemas de teatros en casa, y sistemas de entretenimiento; software para el desarrollo de aplicaciones; software de juegos de computadora; archivos pregrabados de audio, vídeo y contenidos multimedia descargables; dispositivos periféricos de cómputo; dispositivos periféricos para computadoras, teléfonos móviles, dispositivos móviles electrónicos, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos usables [wearable], a saber, relojes inteligentes, lentes inteligentes, auriculares, audífonos, televisiones, decodificadores, grabadoras y reproductores de audio y vídeo; periféricos usables para ser usados con computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, relojes inteligentes, lentes inteligentes, anillos inteligentes [dispositivos electrónicos], audífonos, auriculares, televisiones, decodificadores, y grabadoras y reproductores de audio y vídeo; aparatos de identificación y autenticación biométrica [aparatos no médicos]; acelerómetros; altímetros; aparatos de medición de distancia; aparatos para grabar datos de distancia; podómetros; aparatos de medición para presión [aparatos no médicos]; aparatos indicadores de presión; monitores, pantallas, pantallas de disposición frontal, y aparatos de cómputo para colocarse en la cabeza, para ser usados con computadoras, teléfonos inteligentes, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos usables [wearable], relojes inteligentes, lentes inteligentes, televisiones, decodificadores, grabadoras y reproductores de audio y vídeo; pantallas de realidad virtual y aumentada, gogles, controles y auriculares; anteojos 3D; lentes, gafas; lentes y gafas de sol; lentes; vidrios y cristales ópticos; aparatos e instrumentos ópticos; cámaras; flashes para cámaras; teclados, ratones de computadora, alfombrillas para ratones de computadoras, impresoras, unidades de disco de computadora y discos duros; aparatos para grabar y reproducir sonido; grabadoras y reproductores de audio y vídeo digitales; bocinas de audio; amplificadores y receptores de audio; aparatos de audio para vehículos con motor; aparatos para la grabación y reconocimiento de voz; audífonos, auriculares; micrófonos; televisiones; receptores de televisión y monitores; decodificadores; radiotransmisores y radiorreceptores; dispositivos electrónicos y de cómputo, a saber, interfaces para vehículos motorizados, paneles electrónicos de control, monitores, pantallas táctiles, controles remotos, estaciones de carga de batería, conectores, switches y controles de activación por voz; sistemas de posicionamiento global (GPS); instrumentos de navegación; instrumentos de navegación para vehículos [computadoras a bordo del vehículo]; controles remotos para controlar computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos móviles usables [wearable], relojes inteligentes, lentes inteligentes, audífonos, auriculares, reproductores y grabadoras de audio y vídeo, televisiones, decodificadores, bocinas, amplificadores, sistemas de teatro en casa y sistemas de entretenimiento; dispositivos usables [wearable] para controlar computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, relojes electrónicos, lentes electrónicos, audífonos, auriculares, grabadoras y reproductores de audio y vídeo, televisiones, decodificadores, bocinas, amplificadores, sistemas de teatro en casa y sistemas de entretenimiento; aparatos para el almacenamiento de datos; chips de cómputo; baterías; cargadores de batería; conectores eléctricos y electrónicos, acopladores, cables eléctricos, alámbres eléctricos, cargadores, estaciones para cargar batería y adaptadores para ser usados con computadoras, teléfonos móviles, computadoras portátiles, periféricos de cómputo, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos móviles usables [wearable], relojes inteligentes, lentes inteligentes, audífonos, auriculares, grabadoras y reproductores de audio y video, televisiones, y decodificadores; pantallas táctiles interactivas; interfaces para computadoras, pantallas de computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos usables [wearable], relojes inteligentes, lentes inteligentes, televisiones, decodificadores, y grabadoras y reproductores de audio y vídeo; láminas protectoras especiales para pantallas de computadora, pantallas de teléfonos móviles, y de relojes inteligentes; partes y accesorios para computadoras, periféricos de cómputo, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos usables [wearable], relojes inteligentes, lentes inteligentes, audífonos auriculares, grabadoras y reproductoras de audio y vídeo, televisiones y decodificadores; cubiertas, bolsas, estuches, cajas, fundas, correas y cordones especialmente adaptados para computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos usables [wearablel, relojes inteligentes, lentes inteligentes, audífonos, auriculares, decodificadores, grabadoras y reproductores de audio y vídeo; brazos extensibles para autofotos [mono pies de mano]; cargadores de batería para cigarros electrónicos; collares electrónicos para entrenar animales; agendas electrónicas; aparatos para revisar correo [scanner]; cajas registradoras; mecanismos para aparatos de previo pago; aparatos para dictado; aparatos para contar votos; aparatos electrónicos para etiquetar productos; aparatos para seleccionar precios [scaners]; aparatos de fax; aparatos e instrumentos de medición; tablones de anuncios electrónicos; aparatos de medición; obleas electrónicas hechas de silicón para circuitos integrados [wafers]; circuitos integrados; amplificadores; pantallas fluorescentes; controles remotos; filamentos para la conducción de la luz (fibras ópticas); instalaciones electrónicas para c ontrolar de forma remota operaciones industriales; aparatos electrónicos para controlar la iluminación; electrolizadores; extintores; aparatos radiológicos para uso industrial; aparatos y dispositivos de salvamento; silbatos de alarma, caricaturas; ovoscopios; silbatos para perros; imanes decorativos; rejas electrificadas; controles remotos portátiles para aparatos en automóviles. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEORNARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 12-04-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.

1/ Solicitud: 11997-2018 2/ Fecha de presentación: 15-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: LOTTE C orporation. 4.1/ Domicilio: 300, Olympic-ro, Songpa-gu, Seoul, República de Corea (Sincheon-dong). 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: República de Corea B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 40-2017-0120776 5.1 Fecha: 22/09/2017 5.2 País de Origen: República de Corea 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LA LETRA L 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores Rojo (Pantone 485C) y Blanco, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: Bandas para cigarros puros; adhesivos para uso doméstico (no como material de oficina); bolsas de basura de papel o de plástico; papel de aluminio; vallas publicitarias de papel o cartón; banderas de papel; fundas de papel para macetas; almohadillas desechables para desperdicios en el entrenamiento de cachorros; cubiertas de papel ajustadas para tapaderas de inodoro; diseños para bordado (patrones); papel; papel higiénico; tinta correctora (heliografía); artículos de oficina; filmina de plástico para envolver; sujeta billetes; contenedores de crema de papel; cajas de papel; bolsas para compra de papel; cubiertas de papel para tapicería; pinceles para revestir, cubrir o decorar con pintura; burletes de papel; secciones histológicas para uso educativo; máquinas de escribir eléctricas y no eléctricas; material para encuadernación; cera selladora; pecheras de papel; tarjetas de crédito sin código magnético; material impreso (excepto libros y periódicos); pinturas y trabajos de caligrafía; esculturas de papel maché; impresiones fotográficas; materiales para modelado; libros; contenedores industriales para embalaje de papel; adhesivos (pegamentos) como material de oficina o para uso doméstico; calcomanías; material impreso; máquinas de escribir y artículos de oficina (excepto muebles); portadores de cartón para alimentos y bebidas; materiales plásticos para empacar; patrones de papel; materiales para empacar (acolchonados/ de relleno) de papel o cartulina. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 17-04-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.


1/ Solicitud: 11987-2018 2/ Fecha de presentación: 15-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: LOTTE C orporation. 4.1/ Domicilio: 300, Olympic-ro, Songpa-gu, Seoul, República de Corea (Sincheon-dong). 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: República de Corea B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 40-2017-0120766 5.1 Fecha: 22/09/2017 5.2 País de Origen: República de Corea 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LA LETRA L 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores Rojo (Pantone 485C) y Blanco, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/ Clase Internacional: 06 8/ Protege y distingue: Minerales de metal; ganchos para macetas de metal; cestas de metal; letreros de metal; astas de bandera de metal; tazas conmemorativas de metal; trampas para animales salvajes; estacas de metal para plantas y árboles; casas para animales de metal prefabricadas; escaleras de metal; dispensadoras de toallas de metal; portatiquetes de tren y bus de metal; barriles de metal; cajas de metal; tapones de metal; accesorios de metal para muebles; alfombras metálicas; buzones de metal; placas para lápidas de metal; broches de metal para zapatos; conteras de metal para bastones y bastones para caminar; pantallas de metal para hornos; tornillos de metal; cerraduras de metal; barretas de metal para tornillo de banco; archivos de metal; acero no forjado y semiforjado; metales no ferrosos no forjados y semiforjados; soldadura; materiales de metal para uso exclusivo en construcción o edificación; azulejos de metal; construcciones de metal; enrejados de metal; señales de tráfico no luminosas y no mecánicas de metal; tensores de alambre (eslabón de tensión); tarimas de carga de metal; anclas marinas; moldes de fundición, de metal; arrecifes artificiales de metal para peces; cabinas de metal para rociado de pintura; válvulas de metal (no para máquinas); plataformas de metal para lanzamiento de cohetes; trampolines de metal; ganchos de metal para tienda; espuelas; hebillas de metal; lazos de metal; redes de metal; obras de arte de metal (no de metal precioso); cañerías y tubos de metal; metales y aleaciones de metal; manguitos para empalmes de cable; monumentos de metal. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 , 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 17-04-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.


1/ Solicitud: 1024-2018 2/ Fecha de presentación: 10-01-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Amazon Techlogies, Inc. 4.1/ Domicilio: 410 Terry Ave. N., Seattle, Washington 98109, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: prime y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 38 8/ Protege y distingue: Transmisión de vídeo a pedido, servicios de transmisión de televisión por internet (IPTV), transmisión de material de audio y video en internet, transmisión de datos, transmisión de música, películas, programas de TV y juegos en internet, servicios de radiodifusión, servicios de transmisión de audio y vídeo, servicio de transmisión de audio y vídeo por suscripción a través de internet, servicios de transmisión de internet, servicios radiodifusión por internet, transmisión electrónica de datos, transmisión electrónica y transmisión de contenido de medios digitales para terceros a través de redes informáticas locales y mundiales, servicios de telecomunicación, en concreto, transmisión de transmisiones por internet transmisión de archivos digitales, transmisión electrónica de archivos de fotos digitales entre usuarios de internet, proporcionar acceso a sitios web de música digital en internet, proporcionar acceso a directorios en línea, base de datos, sitios web, blog y materiales de referencia, transmisión de noticias, entrega de mensajes por transmisión electrónica, transmisión electrónica de correo y mensajes, servicios de podcasting, proporcionar salas de chat en línea para redes sociales, suministros de salas de chat por internet, proporcionar un foro en línea para la transmisión de mensaje es entre usuarios de computadoras y la transmisión de fotos, vídeos, textos, datos, imágenes, y otros trabajos electrónicos, servicios de boletines electrónicos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 28-02-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.

1/ Solicitud: 11991-2018 2/ Fecha de presentación: 15-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: LOTTE C orporation. 4.1/ Domicilio: 300, Olympic-ro, Songpa-gu, Seoul, República de Corea (Sincheon-dong). 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: República de Corea B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 40-2017-0120770 5.1 Fecha: 22/09/2017 5.2 País de Origen: República de Corea 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LA LETRA L 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores Rojo (Pantone 485C) y Blanco, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/ Clase Internacional: 10 8/ Protege y distingue: Aparatos e instrumentos médicos no para uso dental; termómetros médicos; dispositivos para medir la grasa corporal, para uso médico; aparatos para rehabilitación corporal, para uso médico; medidores de glucosa en la sangre; aparatos portátiles para medir la presión arterial de la sangre; aparatos e instrumentos dentales; aparatos anticonceptivos; sábanas eléctricas para uso médico; materiales para suturar; biberones; bacinicas; aparatos para masaje eléctrico para uso doméstico; aparatos de masaje estético domésticos; ropa especial para salas de operación; guantes para uso médico; mascarillas para uso uso médico; aparatos de masaje para uso personal; artículos ortopédico; aparatos e instrumentos médicos y veterinarios. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEORNARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 20-04-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.


1/ Solicitud: 12022-2018 2/ Fecha de presentación: 15-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: LOTTE C orporation. 4.1/ Domicilio: 300, Olympic-ro, Songpa-gu, Seoul, República de Corea (Sincheon-dong). 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: República de Corea B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 40-2017-0120801 5.1 Fecha: 22/09/2017 5.2 País de Origen: República de Corea 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LA LETRA L 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores Rojo (Pantone 485C) y Blanco, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Planificación de rendimiento; alquiler de escenografía; alquiler de grabaciones de audio; enseñanza de técnicas agrícolas; enseñanza de técnicas de pesca; publicación de libros; servicios de club nocturno (entretenimiento); operación de bibliotecas; organización de eventos culturales; consultoría relacionada con instrucción educativa; academias de modelaje; escuelas de enfermería; organización de exhibiciones con fines educativos; enseñanza de bellas artes; orientación vocacional (asesoramiento de educación o formación); servicios y operación de instalaciones deportivas; servicios y operación de instalaciones de diversión; servicios de parques de entretenimiento; fotografía; reportaje fotográfico; entrenamiento de animales; planificación de fiestas (entretenimiento); servicios de traducción; organización y ejecución de competencias (servicio educacional o de entretenimiento ); información de entretenimiento y diversión; arreglo y conducción de seminarios, conferencias y exhibiciones con fines culturales y educativos; provisión de instalaciones para películas/ espectáculos/ obras de teatro/ música o capacitación educativa; coaching (capacitación); información educativa; reserva de asientos para espectáculos y eventos deportivos; reservación de boletos y servícios de reserva para eventos de entretenimiento, deportivos y culturales; enseñanza de actuación/ canto / baile. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEORNARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 23-04-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018. 1/ Solicitud: 12021-2018 2/ Fecha de presentación: 15-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: LOTTE C orporation. 4.1/ Domicilio: 300, Olympic-ro, Songpa-gu, Seoul, República de Corea (Sincheon-dong). 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: República de Corea B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 40-2017-0120800 5.1 Fecha: 22/09/2017 5.2 País de Origen: República de Corea 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LA LETRA L 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores Rojo (Pantone 485C) y Blanco, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/ Clase Internacional: 40 8/ Protege y distingue: Procesamiento de hule; procesamiento de plásticos; trabajo de piedra; procesamiento de vidrio, trabajo de madera; tratamiento de papel; servicios de refinado; tratamiento de agua; trabajos de talabartería; producción de energía; tratamiento de metales; tratamiento de tejidos; procesamiento de cereales; procesamiento de muebles; servicios de tala y explotación de madera; servicios de impresión; servicios de técnico dental; servicios de costura; servicios de impresión fotográfica; tratamiento de desperdicios relacionados con control de contaminación ambiental; alquiler de aparatos de aire acondicionado; alquiler de generadores; duplicación de grabaciones en cinta; enmarcado de obras de arte; taxdermia; tala y procesamiento de madera; laminación; grabado; tratamiento y purificación de agua. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEORNARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 23-04-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.


1/ Solicitud: 12000-2018 2/ Fecha de presentación: 15-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: LOTTE C orporation. 4.1/ Domicilio: 300, Olympic-ro, Songpa-gu, Seoul, República de Corea (Sincheon-dong). 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: República de Corea B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 40-2017-0120779 5.1 Fecha: 22/09/2017 5.2 País de Origen: República de Corea 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LA LETRA L 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores Rojo (Pantone 485C) y Blanco, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/ Clase Internacional: 19 8/ Protege y distingue: Brea y alquitrán; minerales no metálicos no procesados para edificar o uso en construcción; vidrio para construcción; columnas no metálicas para publicidad; astas de bandera, no metálicas; acuarios (estructuras); jaulas prefabricadas (no de metal); masera; corcho prensado para construcción; tanques para albañilería; persianas de exterior, no metálicas o textiles; lápidas; cemento; piedra; materiales de construcción no metálicos; tejas no metálicas; unidades modulares de construcción no metálicas; bloques de vegetación para la prevención del colapso de tierra o derrumbes; señales de tráfico no luminosas y no mecánicas (no de metal); muelles flotantes no de metal, para atracar botes; arrecifes de peces artificiales no de metal; cabinas para rociado de pintura no metálicas; válvulas (no de metal o plástico) para suministro de agua y drenaje; plataformas para lanzamiento de cohetes, no de metal; trampolines no de metal; pantallas de red para insectos, no de metal; obras de arte de piedra, concreto o mármol; monumentos no de metal; obras de mampostería; alquitrán y asfalto; tejas y losas (no de metal). 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEORNARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 23-04-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.

1/ Solicitud: 18-5299 2/ Fecha de presentación: 01-02-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Hanes Innerwear Australia Pty Ltd. 4.1/ Domicilio: Level 1,115 Cotham Road, Kew, Victoria, 3101, Australia. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Australia B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BONDS Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEORNARDO CASCO FORTIN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 17-04-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.


[1] Solicitud: 2018-007473 [2] Fecha de presentación: 15/02/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: A VON PRODUCTS, INC. [4.1] Domicilio: 601 MIDLAND A VENUE, RYE, NY 10580, E stados Unidos de América. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: A VON SEGNO Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 3 [8] Protege y distingue: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. [11] Fecha de emisión: 16 de abril del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.


1/ Solicitud: 2018-11662 2/ Fecha de presentación: 13-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: PUBLICACIONES Y NOTICIA, S.A. (PUBLYNSA) . 4.1/ Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., departamento de Francisco Morazán, Honduras, C.A. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: go player y diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEORNARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 09-05-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018. 1/ Solicitud: 2018-11661 2/ Fecha de presentación: 13-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PUBLICACIONES Y NOTICIA, S.A. (PUBLYNSA) . 4.1/ Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., departamento de Francisco Morazán, Honduras, C.A. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: go player y diseño


6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: Materiales impresos, libros, diarios, revistas, trifolio, folletos, periódicos y brochures. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEORNARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 09-05-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.


1/ Solicitud: 13387-2018 2/ Fecha de presentación: 21-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: GYNOPHARM, S.A . 4.1/ Domicilio: City Place, edificio B, Cuarto piso, 50 metros Norte de la Cruz Rojo, Santa Ana, San José, Costa Rica. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Costa Rica B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CARDIO CONTROL Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEORNARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 08-05-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.

1/ Solicitud: 13146-18 2/ Fecha de presentación: 21-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Bavaria N.V . 4.1/ Domicilio: Dé Stater 1,5737 RV LIESHOUT, Países Bajos. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Páises Bajos B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Donominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LANDER BRÄU 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 32 8/ Protege y distingue: Cervezas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEORNARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 04-05-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.


LANDER BRÄU 1/ Solicitud: 14838-18 2/ Fecha de presentación: 5/04/18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: JOHNSON & JOHNSON 4.1/ Domicilio: One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, New Jersey, 08933, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Donominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AMPONEA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas humanas para la prevención y tratamiento de enfermedades virales, enfermedades autoinmunes e inflamatorias, enfermedades cardiovasculares y pulmonares, enfermedades del sistema nervioso central, enfermedades del sistema neurológico periférico, dolor, enfermedades dermatológicas, enfermedades gastrointestinales, enfermedades infecciosas, enfermedades metabólicas, enfermedades oncológicas, enferemedades oftálmicas, enfermedades respiratorias, úlceras digitales y enfermedades cerebrovasculares; vacunas; ansiolíticos; antialérgicos; antiinfecciosos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEORNARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 09-05-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.


AMPONEA 1/ Solicitud: 18-11655 2/ Fecha de presentación: 13-03-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: ORGANIZACIÓN PUBLICITARIA, S.A. 4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras, C.A. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: La Prensa TELEVISIÓN y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 38 8/ Protege y distingue: Telecomunicaciones. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEORNARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 24 de abril, 2018. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.


1/ Solicitud: 17-45554 2/ Fecha de presentación: 31-Oct.-17 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GYNOPHARM, S.A. 4.1/ Domicilio: City Place, edificio B, cuarto piso, 50 metros Norte de la Cruz Roja, Santa Ana, San José, Costa Rica. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Costa Rica B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Donominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EZILEV 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas, médicas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas y animales, emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEORNARDO CASCO FORTIN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 27-04-18. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.


EZILEV 1/ Solicitud: 18-11654 2/ Fecha de presentación: 13-03-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: ORGANIZACIÓN PUBLICITARIA, S.A. 4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras, C.A. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: La Prensa TELEVISIÓN y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Pubicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial, trabajos de oficina. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEORNARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 24 de abril, 2018. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.

1/ Solicitud: 2018-11657 2/ Fecha de presentación: 13-03-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: PUBLICACIONES Y NOTICIAS, S.A. (PUBLYNSA). 4.1/ Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., departamento de Francisco Morazán, Honduras, C.A. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: vengo con y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Pubicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial, trabajos de oficina. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 27-04-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.


1/ Solicitud: 12025-2018 2/ Fecha de presentación: 15-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: LOTTE C orporation. 4.1/ Domicilio: 300, Olympic-ro, Songpa-gu, Seoul, República de Corea (Sincheon-dong). 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: República de Corea B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 40-2017-0120804 5.1 Fecha: 22/09/2017 5.2 País de Origen: República de Corea 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LA LETRA L 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores Rojo (Pantone 485C) y Blanco, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/ Clase Internacional: 44 8/ Protege y distingue: Servicios de agricultura/ horticultura y silvicultura; pesca para terceros; servicios de farmacia; servicios de dentista; hospitales (no son dentales); hospitales veterinarios; servicios de salón de belleza; servicio de estudio de uñas; salones de belleza y peluquería; salones de cuidado de la piel; baños públicos; servicios de masaje; arreglos florales; jardinería paisajística; salones de belleza para mascotas; servicios de evaluación sicológicos, consulta médica y farmacéutica; cuidado higiénico y de belleza, servicios para el cuidado de la piel; servicios de hospitalización. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 24 de abril, 2018. 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.


1/ Solicitud: 15747-18 2/ Fecha de presentación: 11-04-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: UNILEVER N.V . 4.1/ Domicilio: Weena 455, 3013 AL, Rotterdam, Holanda. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Países Bajos B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: NATIVE FRESH 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Jabones; perfumería, aceites esenciales, cosméticos; colonias, agua de tocador, atomizadores de perfume para el cuerpo; aceites, cremas y lociones para la piel; espuma para afeitarse, gel para afeitarse, lociones para antes y después de afeitarse, talco en polvo, preparaciones para el baño y la ducha; lociones para el cabello; champú y acondicionador; productos para el cabello; dentífricos, enjuagues bucales no medicados; desodorantes; antitranspirantes para uso personal; preparaciones de tocador no medicadas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 09-05- 2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018. NATIVE FRESH


1/ Solicitud: 2018-11242 2/ Fecha de presentación: 12-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: LG ELECTRONICS, INC . 4.1/ Domicilio: 128, Yeoui-daero, Yeongdeungpo-gu, Seoul, 150-721, República de Corea. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: República de Corea B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 017547407 5.1 Fecha: 30/11/2017 5.2 País de Origen: Unión Europea 5.3 Código País: EU C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ThinQ 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 14 8/ Protege y distingue: Relojes; relojes de pulseras; relojes de pared y relojes de puño electrónicos; diales {reloj de pared y reloj de puño}; cristales para reloj; cadenas para reloj; estuches para reloj; partes para relojes; bolsas para reloj; collares {joyas}; pulseras {joyas}; llaveros [dijes o llaveros] de metales preciosos; alambre de metales preciosos {joyas}; anillos {joyas}. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 03-05-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.


1/ Solicitud: 2018-11656 2/ Fecha de presentación: 13-03-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PUBLICACIONES Y NOTICIAS, S.A. (PUBLYNSA). 4.1/ Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., departamento de Francisco Morazán, Honduras, C.A. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: vengo con y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: Materiales impresos, libros, diarios, revistas, trifolios, folletos, periódicos y brochures. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEORNARDO CASCO FORTIN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 27-04-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.

1/ Solicitud: 2018-13145 2/ Fecha de presentación: 21-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: AbbVie Inc. 4.1/ Domicilio: 1 N. Waukegan Road, North Chicago, IL 60064, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Let’s change lives y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 44 8/ Protege y distingue: Proporcionar información médica, especialmente, información sobre condiciones médicas, tratamientos y productos a pacientes y profesionales de la salud, consulta médica, especialmente, asesoramiento a profesionales de la salud con respecto a las condiciones médicas y el tratamiento. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEORNARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 09-05-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.


1/ Solicitud: 13730-2018 2/ Fecha de presentación: 23-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: APPLE INC. 4.1/ Domicilio: One Apple Park Way, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores Naranja y Blanco, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Ordenadores; software para la creación, autoría, distribución, descarga, transmisión, recepción, reproducción, edición; extracción, codificación, decodificación, visualización, almacenamiento y organización de publicaciones y juegos electrónicos; software de publicación electrónica; software lector electrónico de publicaciones; libros electrónicos, revistas, publicaciones periódicas, boletines informativos, periódicos, revistas y otras publicaciones descargables; software de gestión de bases de datos; software para acceder, navegar y buscar bases de datos en línea; software de sincronización de datos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEORNARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 09-05-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.


1/ Solicitud: 2018-10489 2/ Fecha de presentación: 06-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: ORGANIZACIÓN PUBLICITARIA, S.A . 4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras, C.A. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: RUTA 504 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 RUTA 504 8/ Protege y distingue: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEORNARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 27-04-2018. 12/ Reservas: Se protege en su forma conjunta. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.


1/ Solicitud: 2018-12129 2/ Fecha de presentación: 15-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Bayer Intellectual Property GmbH. 4.1/ Domicilio: Alfred-Nobel-Str. 10, 40789 Monheim am Rhein, Alemania. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Alemania B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BCS SowDition 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Software informático en el campo de la cría de ganado; bases de datos interactivas que contienen información computarizada en el campo de la cría de ganado; hardware informático y dispositivos periféricos informáticos para el procesamiento de datos y la comunicación de datos en el campo de la cría de ganado; aplicaciones informáticas y aplicaciones basadas en Internet en el campo de la ganadería; aplicaciones de software y software para dispositivos móviles. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEORNARDO CASCO FORTIN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 09-05-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018.


BCS SowDition 1/ Solicitud: 2018-10488 2/ Fecha de presentación: 06-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: ORGANIZACIÓN PUBLICITARIA, S.A . 4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras, C.A. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: RUTA 504 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: Materiales impresos, libros, diarios, revistas, trifolios, folletos, periódicos y brochures. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEORNARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 27-04-2018. 12/ Reservas: Se protege en su forma conjunta. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 6 J. 2018. RUTA 504

1/ Solicitud: 2018-10491 2/ Fecha de presentación: 06-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Relife S.r.l. 4.1/ Domicilio: Via dei Sette Santi 3, Firenze, Italia. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Italia B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: R y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Jabones para seres humanos; jabones no para seres humanos; perfumería; aceites esenciales; productos cosméticos; productos cosméticos dermatológicos para el tratamiento de los signos y síntomas asociados con el acné; formulaciones cosméticas calmantes; protector solar; cremas solares; cremas protectoras para el sol [cosméticos]; preparaciones para el cuidado del sol [cosméticos]; preparaciones no medicinales para el alivio de las quemaduras solares; cosméticos para uso dermatológico; limpiadores de la piel; humectantes para la piel; lociones limpiadoras para la piel; mascarillas para la piel [cosméticos]; preparaciones para blanquear la piel; cremas para blanquear la piel; aclaradores de la piel; exfoliantes cutáneos; sueros de piel no medicados; preparaciones cosméticas para la renovación de la piel; lociones cosméticas para el cuidado de la piel; preparaciones para el cuidado de la piel que eliminan las arrugas; cosméticos para proteger la piel de las quemaduras solares; exfoliantes; exfoliantes para uso cosmético; crema antiarrugas; composiciones para aclarar la piel [cosméticas]; lociones clarificantes no medicadas para la piel; humectantes; humectantes cosméticos; humectantes antienvejecimiento para uso cosmético; emolientes de la piel; preparaciones cosméticas minimizadoras de arrugas para uso facial tópico; aerosoles tópicos para la piel con fines cosméticos; cremas de bálsamo para manchas; correctores para puntos y manchas; cosméticos para el uso en el cabello; suero para el cabello; lociones para la protección del cabello; lociones para el cabello; preparaciones y tratamientos para el cabello; lociones para el tratamiento del fortalecimiento del cabello; suero para el cuidado del cabello; gel antienvejecimiento; loción antienvejecimiento; cremas limpiadoras; lociones cosméticas para reducir la apariencia de manchas de la edad y pecas, lociones estimulantes no medicinales para la piel; preparaciones de protección solar; preparaciones para blanquear la piel; matorrales no medicinales para la cara y el cuerpo; espumas cosméticas que contienen filtros solares. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEORNARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 24-04-2018 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018.


1/ Solicitud: 2018-10494 2/ Fecha de presentación: 06-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Relife S.r.l. 4.1/ Domicilio: Via dei Sette Santi 3, Firenze, Italia. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Italia B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: RELIFE MENARINI group y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Jabones para seres humanos; jabones no para seres humanos; perfumería; aceites esenciales; productos cosméticos; productos cosméticos dermatológicos para el tratamiento de los signos y síntomas asociados con el acné; formulaciones cosméticas calmantes; protector solar; cremas solares; cremas protectoras para el sol [cosméticos]; preparaciones para el cuidado del sol [cosméticos]; preparaciones no medicinales para el alivio de las quemaduras solares; cosméticos para uso dermatológico; limpiadores de la piel; humectantes para la piel; lociones limpiadoras para la piel; mascarillas para la piel [cosméticos]; preparaciones para blanquear la piel; cremas para blanquear la piel; aclaradores de la piel; exfoliantes cutáneos; sueros de piel no medicados; preparaciones cosméticas para la renovación de la piel; lociones cosméticas para el cuidado de la piel; preparaciones para el cuidado de la piel que eliminan las arrugas; cosméticos para proteger la piel de las quemaduras solares; exfoliantes; exfoliantes para uso cosmético; crema antiarrugas; composiciones para aclarar la piel [cosméticas]; lociones clarificantes no medicadas para la piel; humectantes; humectantes cosméticos; humectantes antienvejecimiento para uso cosmético; emolientes de la piel; preparaciones cosméticas minimizadoras de arrugas para uso facial tópico; aerosoles tópicos para la piel con fines cosméticos; cremas de bálsamo para manchas; correctores para puntos y manchas; cosméticos para el uso en el cabello; suero para el cabello; lociones para la protección del cabello; lociones para el cabello; preparaciones y tratamientos para el cabello; lociones para el tratamiento del fortalecimiento del cabello; suero para el cuidado del cabello; gel antienvejecimiento; loción antienvejecimiento; cremas limpiadoras; lociones cosméticas para reducir la apariencia de manchas de la edad y pecas, lociones estimulantes no medicinales para la piel; preparaciones de protección solar; preparaciones para blanquear la piel; matorrales no medicinales para la cara y el cuerpo; espumas cosméticas que contienen filtros solares. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEORNARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 24-04-2018 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018. 1/ Solicitud: 2018-10492 2/ Fecha de presentación: 06-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Relife S.r.l. 4.1/ Domicilio: Via dei Sette Santi 3, Firenze, Italia. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Italia B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: R y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos; preparaciones médicas y sanitarias, en particular cosméticos curativos para uso médico; sustancias dietéticas para uso médico; relleno dérmico inyectable; ácido hialurónico para fines farmacéuticos; productos dermatológicos para el tratamiento de los signos y síntomas asociados con el acné; formulaciones tópicas que contienen palmitato furfurílico para el tratamiento de dermatitis; preparaciones farmacéuticas para tratar las quemaduras solares; lociones medicadas para la erupción; productos farmacéuticos dermatológicos; cremas para uso dermatológico; gel para uso dermatológico; antimicrobianos para uso dermatológico; preparaciones dermatológicas antimicóticas para uñas; relleno dérmico inyectable; cremas medicinales para el cuidado de la piel; tónicos para la piel [medicados]; lociones farmacéuticas para la piel; lociones para la piel medicadas; cremas medicinales para la protección de la piel; lociones medicinales para el cuidado de la piel; preparaciones farmacológicas para el cuidado de la piel; preparaciones farmacéuticas para el cuidado de la piel; preparaciones farmacéuticas para el cuidado de la piel; exfoliantes [preparados] para fines médicos; emolientes para uso médico; crema fría para uso médico; medicación de alivio de quemaduras; preparaciones farmacéuticas regeneradoras de tejidos; geles tópicos para fines médicos y terapéuticos; preparaciones para el tratamiento de hongos en las uñas; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de trastornos inflamatorios; preparaciones farmacéuticas para la prevención de trastornos inflamatorios; preparaciones medicadas para el tratamiento de la piel; preparaciones farmacéuticas para tratar trastornos de la piel: medicamentos para el acné; cremas para el acné [preparaciones farmacéuticas]; limpiadores para el acné [preparaciones farmacéuticas]; preparaciones de niacinamida para el tratamiento del acné; preparaciones para el tratamiento del acné; lociones para el cabello medicadas; preparaciones medicinales para el crecimiento del cabello; preparaciones medicinales para el cuidado del cabello; estimulantes del crecimiento del cabello; gasas para heridas; materiales para vendaje de heridas; preparaciones farmacéuticas para heridas; vendajes adhesivos para heridas en la piel; adhesivos médicos para unir heridas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEORNARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 24-04-2018 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018.


1/ Solicitud: 15749-18 2/ Fecha de presentación: 11-04-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: ORGANIZACIÓN PUBLICITARIA, S.A . 4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras, C.A. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: VIVIR EN ROSA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Campañas para eventos en rotulaciones, en camisas, hojas volantes, boletería y campañas en medios de comunicación como prensa, radio, televisión e internet / redes sociales. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEORNARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 9-05-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018.


VIVIR EN ROSA 1/ Solicitud: 15997-2018 2/ Fecha de presentación: 11-04-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: UNIFI, INC . 4.1/ Domicilio: 7201 West Friendly Avenue, Greensboro, North Carolina 27410, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: UNIFI 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 23 8/ Protege y distingue: Fibras e hilos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEORNARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 15-05-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018.


1/ Solicitud: 14833-18 2/ Fecha de presentación: 05-04-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PIAGGIO & C.S.P.A . 4.1/ Domicilio: Viales Rinaldo Piaggio, 25-56025 Pontedera, Pisa, Italia. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Italia B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: VESPA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Ropa principalmente abrigos, mantos, impermeables, vestidos, trajes, faldas, chaquetas, pantalones, jeans, chalecos, camisas, camisetas, blusas, jerseys, suéteres, chaquetas, chaquetas de punto, medias, calcetines, ropa interior, vestidos de noche, pijamas, batas de baño, rajes de baño, chaquetas deportivas, chaquetas resistentes al viento, chaquetas impermeables, chándales, sudaderas, corbatas, bufandas, chales, pañuelos, bufandas, bandas, guantes, cinturones, prendas impermeables, principalmente, camisas impermeables, pantalones impermeables, abrigos impermeables, calzado, calzado para moticicletas, botas zapatos, calzado deportivo, sombreros, principalmente, sombreros, boinas, viseras. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEORNARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 10-05-18 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018.


1/ Solicitud: 14836-18 2/ Fecha de presentación: 5/04/18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: BASF SE . 4.1/ Domicilio: Carl-Bosch-Strasse 38, Ludwigshafen am Rhein, Alemania. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Alemania B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LIVINA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones para destruir y combatir los animales dañinos; insecticidas, fungicidas, herbicidas, pesticidas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEORNARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 09-05-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018. LIVINA


1/ Solicitud: 2018-14426 2/ Fecha de presentación: 03-04-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: JOHNSON & JOHNSON . 4.1/ Domicilio: One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, New Jersey, 08933, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: JANSSEN ESENCIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 44 8/ Protege y distingue: Programas de apoyo al paciente relacionado con medicamentos recetados; proporcionar información de salud; proporcionar información sobre el tratamiento médico. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEORNARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 10-05-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018. JANSSEN ESENCIAL

1/ Solicitud: 18376-2018 2/ Fecha de presentación: 26-04-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: BASF SE . 4.1/ Domicilio: Carl-Bosch-Strasse 38, Ludwigshafen am Rhein, Alemania. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Alemania B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: VISIMON 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones para destruir y combatir los animales dañinos; insecticidas, fungicidas, herbicidas, nematicidas, nematodos para el control de insectos, agentes de control biológico, pesticidas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEORNARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 30-05-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018. VISIMON


1/ Solicitud: 18374-2018 2/ Fecha de presentación: 26-04-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: BASF SE . 4.1/ Domicilio: Carl-Bosch-Strasse 38, Ludwigshafen am Rhein, Alemania. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Alemania B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SELIDAR 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones para destruir y combatir los animales dañinos; insecticidas, fungicidas, herbicidas, pesticidas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEORNARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 31-05-18 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018. SELIDAR


1/ Solicitud: 17001-2018 2/ Fecha de presentación: 18-04-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: JOHNSON & JOHNSON . 4.1/ Domicilio: One Johnson & Johnsom Plaza, New Brunswick, New Jersey, 08933, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: IPTIMYZE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas humanas para la prevención y tratamiento de enfermedades virales, enfermedades autoinmunes e inflamatorias, enfermedades cardiovasculares y pulmonares, enfermedades del sistema nervioso central, enfermedades IPTIMYZE del sistema neurológico periférico, dolor, enfermedades dermatológicas, enfermedades gastrointestinales, enfermedades infecciosas, enfermedades metabólicas, enfermedades oncológicas, enfermedades oftálmicas, enfermedades respiratorias, úlceras digitales y enfermedades cerebrovasculares; vacunas; ansiolíticos; antialérgicos; antiinfecciosos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEORNARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 25-05-2018 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018.


1/ Solicitud: 18370-2018 2/ Fecha de presentación: 26-04-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Dow AgroSciences LLC. 4.1/ Domicilio: 9330 Zionsville Road, Indianápolis, Indiana 46268, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: KORTE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones para destruir y combatir los animales dañinos; insecticidas, pesticidas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEORNARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 01-06-2018 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018.


1/ Solicitud: 18-16534 2/ Fecha de presentación: 16-04-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: LABORATORIO FRANCO COLOMBIANO LAFRANCOL, S.A.S . 4.1/ Domicilio: Carrera 1 N°. 46-84, Cali, Colombia. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Colombia B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Gynclox y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas y animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas, especialmente será usado como antifúngico de amplio espectro más lincosamida antibiótica para el tratamiento de la vaginosis mixta. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEORNARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 24-05-18 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018.

1/ Solicitud: 17807-2018 2/ Fecha de presentación: 25-04-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Jinhua Youngman Automobile Manufacturing, Co. Ltd. 4.1/ Domicilio: M-09 Zone, Industrial Area, Jinhua, Zhejiang, China. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: China B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Automóviles; camiones; autobuses (de motor); remolques [vehículos]; motocarros; motores para vehículos terrestres; chasis (vehículos); carrocerías de automóviles; cajas de volteo para camiones [camiones]; tapicería para vehículos; asientos (de vehículos); espejos retrovisores; ventanas para vehículos; vehículos de locomoción por tierra, aire, agua o ferrocarril; bombas de bicicleta; funiculares; carros de mano; trineos [vehículos]; llantas para ruedas de vehículos, equipos para la reparación de cámaras de aire. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEORNARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 30-05-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018.


1/ Solicitud: 18409-18 2/ Fecha de presentación: 27-04-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Cinemark USA, Inc. 4.1/ Domicilio: 3900 Dallas Parkway, Suite 500, Plano, TX 75093, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CINEPACK 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 43 8/ Protege y distingue: Servicios de cafetería. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEORNARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 31-05-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018.


CINEPACK 1/ Solicitud: 18371-2018 2/ Fecha de presentación: 26-04-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: BASF SE . 4.1/ Domicilio: Carl-Bosch-Strasse 38, Ludwigshafen am Rhein, Alemania. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Alemania B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TOVEOR 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 01 TOVEOR 8/ Protege y distingue: Productos químicos y preparaciones biológicas para uso en agricultura, horticultura y silvicultura, especialmente preparaciones fortificantes de plantas, preparaciones químicas y/o biológicas para el manejo del estrés en plantas, preparaciones reguladoras del crecimiento vegetal, preparaciones químicas para el tratamiento de semillas, inoculantes agrícolas y hortícolas, bacterias beneficiosas y suplementos de suelo para mejorar el crecimiento y la salud de las plantas; tensioactivos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEORNARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 01-06-2018 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018. 1/ Solicitud: 18408-18 2/ Fecha de presentación: 27-04-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Cinemark USA, Inc. 4.1/ Domicilio: 3900 Dallas Parkway, Suite 500, Plano, TX 75093, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CINEPACK 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Servicios de salas de cine. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEORNARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 31-05-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018.


CINEPACK


1/ Solicitud: 18373-2018 2/ Fecha de presentación: 26-04-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: BASF SE . 4.1/ Domicilio: Carl-Bosch-Strasse 38, Ludwigshafen am Rhein, Alemania. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Alemania B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SELIDAR 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Productos químicos utilizados en la agricultura y silvicultura, especialmente preparaciones enriquecedoras de plantas, preparaciones químicas y/o biológicas para el manejo del estrés en las plantas, preparaciones reguladoras del crecimiento vegetal, preparaciones químicas para el tratamiento de las semillas; tensioactivos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEORNARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 31-05-18 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018. SELIDAR

1/ Solicitud: 17796-18 2/ Fecha de presentación: 24-04-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Didier PETITOT. 4.1/ Domicilio: Avenida Portal del Ángel 42, 5a Planta - 08002 BARCELONA, E spaña. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: España B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BYPHASSE Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores Rosado (Pantone 230 C) y Gris (Pantone 431), tal como se muestran en los ejemplares que se acompañan. 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Jabones, perfumería; aceites esenciales, cosméticos; lociones para el cabello; depilatorios, productos para remover el maquillaje; máscaras faciales; cremas cosméticas, productos para el afeitado; gel de ducha; productos para el cuidado del cabello. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 31-05-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018.


1/ Solicitud: 17808-2018 2/ Fecha de presentación: 25-04-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: SOCIETE BIC . 4.1/ Domicilio: 14 rue Jeanne d’ Asnières, 92110 Clichy, Francia. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Francia B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 017397308 5.1 Fecha: 27 Oct. 2017 5.2 País de Origen: Unión Europea 5.3 Código País: EU C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Bu3 y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: Instrumentos de escritura; plumas; rotuladores; bolígrafos; cartuchos de tinta de pluma; recambios para bolígrafos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 30-05-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018.


1/ Solicitud: 17229-18 2/ Fecha de presentación: 19-04-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: UNILEVER N.V . 4.1/ Domicilio: Weena 455, 3013 AL, Rotterdam, Holanda. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Países Bajos B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ICE BREAKER 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Jabones; perfumería, aceites esenciales, cosméticos; colonias, agua de tocador, atomizadores de perfume para el cuerpo, aceites, cremas y lociones para la piel; espuma para afeitarse, gel para afeitarse, lociones para antes y después de afeitarse, talco en polvo; preparaciones para el baño y la ducha; lociones para el cabello; champú y acondicionador; productos para el cabello; desodorantes y antitranspirantes para uso personal. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 04-06-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018. ICE BREAKER


1/ Solicitud: 14615-18 2/ Fecha de presentación: 04-04-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GYNOPHARM, S.A . 4.1/ Domicilio: City Place, edificio B, cuarto piso, 50 metros Norte de la Cruz Roja, Santa Ana, San José, Costa Rica. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Costa Rica B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BLODARTAN 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas y médicas para el tratamiento de la hipertensión arterial. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 24-5-18 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018.


BLODARTAN 1/ Solicitud: 17223-18 2/ Fecha de presentación: 19-04-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Actelion Pharmaceuticals, Ltd. 4.1/ Domicilio: Gewerbestrasse 16, 4123 Allschwill, Suiza. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Suiza B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativo 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: GOV ANCI 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas humanas para la prevención y tratamiento de enfermedades virales, enfermedades autoinmunes e inflamatorias, enfermedades cardiovasculares y pulmonares, enfermedades del sistema nervioso central, enfermedades del sistema neurológico periférico, dolor, enfermedades dermatológicas, enfermedades gastrointestinales, enfermedades infecciosas, enfermedades metabólicas, enfermedades oncológicas, enfermedades oftálmicas, enfermedades respiratorias, úlceras digitales y enfermedades cerebrovasculares; vacunas; ansiolíticos; antialérgicos; antiinfecciosos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 04-06-18 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 7 A. 2018. GOVANCI

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ANEXO D

DIRECCIÓN DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA ARQUEO DE CAJA CHICA

  1. Lugar y Fecha: ____________________________________________________
  2. Responsable: _________________________________________
  3. Detalle de Efectivo Número Cantidad a) Billetes de: L. 1.00 L. 100.00 500.00 SUMA L. b) Monedas de: 0.05
  4. Otros: a) Comprobantes L. b) Vales c) Diferencias (sobrantes o faltantes)
  5. TOTAL GENERAL L.

El efectivo y demás comprobantes se revisaron y fueron devueltos íntegros, tal como aparecen en el detalle que antecede. Responsable del Fondo: ____________________________________

Firma:

Responsable del arqueo: _______________________________

Firma:

LOLIS MARÍA SALAS MONTES Directora Ejecutiva

MÓNICA PATRICIA HIDALGO WELCHEZ Secretaria General

Dirección de Niñez Adolescencia y Familia ACUERDO N o. 244-2018 Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, 15 de junio de 2018 LA DIRECCIÓN DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA CONSIDERANDO (1): Que el Legislador sabiamente ha dispuesto para los Funcionarios Públicos la facultad de delegar el ejercicio de sus funciones en el (la) titular de la Secretaria General o en quien, en ausencia de aquel, ejerza sus funciones por disposición de la Ley o de autoridad superior. CONSIDERANDO (2): Que la delegación de funciones se ha concebido con el propósito de hacer ágil la toma de decisiones y favorecer la tramitación de las peticiones de los interesados. CONSIDERANDO (3): Que el Artículo 4, párrafo segundo, de la Ley de Procedimiento Administrativo establece que el superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la Administración de que forman parte el superior y el inferior. CONSIDERANDO (4): Que según Acuerdo Número 546- 13C-2015 de fecha 3 de agosto del año 2015, se delegó en la ciudadana ELIANA MELISSA MIRANDA MARCIA , las funciones y atribuciones inherentes a la Jefatura de la Oficina Regional Centro. CONSIDERANDO (5): Que la ciudadana ELIANA MELISSA MIRANDA MARCIA, se ausentará del ejercicio de sus funciones a partir de este día quince (15) de junio del año dos mil dieciocho (2018), en virtud de incapacidad correspondiente al pre y post natal. POR TANTO En aplicación de los Artículos 36, numerales 8 y 19, 116 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; 4, 5, 27 y 92 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 7 del Decreto Ejecutivo PCM 27-2014 del 04 de junio de 2014; y, 24, segundo párrafo, del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo. ACUERDA PRIMERO: Delegar en la ciudadana MARÍA JACINTA CARBAJAL SANTOS, Psicóloga I, como encargada de la Jefatura de la Oficina Regional Centro, con las funciones inherentes al cargo, a partir de este día quince (15) de junio del año dos mil dieciocho (2018), hasta que la ciudadana ELIANA MELISSA MIRANDA MARCIA , se incorpore a sus funciones. SEGUNDO: La delegada será responsable del ejercicio de la facultad delegada. TERCERO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá de publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE LOLIS MARÍA SALAS MONTES Directora Ejecutiva MÓNICA HIDALGO WELCHEZ Secretaria General

Poder Ejecutivo DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-024-2018 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO DE SECRETARIOS DE ESTADO, CONSIDERANDO: Que de conformidad al Artículo 59 de la Constitución de la República la persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado, en razón de lo cual, todos tenemos la obligación de protegerla. CONSIDERANDO: Que según lo establecido en los numerales 1, 2, 11 y 19 del Artículo 245 de la Constitución de la República, es atribución del Presidente de la República, cumplir y hacer cumplir la Constitución, los tratados y convenciones, leyes y demás disposiciones legales; dirigir la política general del Estado y representarlo; emitir acuerdos y decretos y expedir reglamentos y resoluciones conforme a ley; así como Administrar la Hacienda Pública. CONSIDERANDO: Que en el marco de sus funciones y atribuciones, el Gobierno de la República ha tomado la iniciativa para afianzar las políticas públicas del Estado de Honduras para los protección de los derechos fundamentales de la mujer y por ello, mediante Decreto Ejecutivo PCM-031- 2016, se creó el Programa Presidencial CIUDAD MUJER (CM), adscrito a la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo e Inclusión Social, con la finalidad de contribuir al mejoramiento de las condiciones de vida de las mujeres en Honduras en las áreas de autonomía económica, atención a la violencia contra las mujeres, prevención y atención de embarazo en adolescentes, salud sexual y reproductiva, educación colectiva y otras afines, mediante una red de servicios ofrecidos de manera integral por las instituciones públicas competentes, con la modalidad "bajo un mismo techo" y denominado “CENTRO CIUDAD MUJER-CCM, que funcionarán organizadamente en diferentes zonas geográficas, según las características y necesidades de cada región, los cuales podrán operar ambulatoriamente cuando las necesidades lo ameriten. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo No. 159-2016, de fecha 29 de noviembre del año 2016, se elevó el Programa Ciudad Mujer al rango de Política Nacional del Estado de Honduras con el propósito que sea de obligatorio cumplimiento para todos los gobiernos que asuman la conducción del Estado, CONSIDERANDO: Que se ha identificado un bien inmueble propiedad del Estado de Honduras, que por su ubicación y extensión resulta adecuado para la construcción y adecuación de un centro Ciudad Mujer, por lo que resulta necesario y urgente, redefinir el destino del mismo, reasignándolo a la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo e Inclusión Social, para uso exclusivo del Programa Presidencial Ciudad Mujer. CONSIDERANDO: Que corresponde a la Dirección Nacional de Bienes Nacionales del Estado, de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, dictar normas y procedimientos para el registro de los bienes del Estado; autorizar de acuerdo al Reglamento respectivo de altas, bajas, transferencias, donaciones, permutas y la venta en pública subasta de bienes fiscales y llevar el registro de cargos y descargos de los bienes nacionales administrados y custodiados por terceros. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Ley General de la Administración Pública, es atribución del Consejo de Ministros, conocer y resolver los asuntos que someta a su consideración el Presidente de la República. POR TANTO: En uso de las facultades de que esta investido y en aplicación de los Artículos 59, 245 numerales 1, 2, 11 y 19 de la Constitución de la República; 11, 116, 117 y 119 numeral 1 de la Ley General de la Administración Pública y sus reformas mediante Decreto Legislativo 266-20113. DECRETA:

Artículo 1 — - Se autoriza asignar a favor de la Dirección

Nacional de Programa Ciudad Mujer, ente desconcentrado, para uso exclusivo del Programa Ciudad Mujer, el bien inmueble ubicado en los municipios de Santa Ana de Yusguare El Corpus y Choluteca sobre el kilómetro 5 de la Carretera Panamericana, con un área de DOS PUNTO

CINCUENTA Y UN MANZANAS (2.51 MNZ) equivalente a VEINTICINCO MIL CIENTO SESENTA Y UN PUNTO SETENTA Y SEIS V ARAS CUADRADAS (25,161.76 Vrs2), el cual se desmiembra de otro de mayor extensión dividido en dos parcelas identificados con las letras “C” y “C1”, inscrito el inmueb le bajo el número ochenta y nueve (89) del tomo trescientos diecinueve (319) del Registro de la Propiedad, Hipoteca y Anotaciones Preventivas y trasladado al nuevo sistema automatizado de registro bajo matrícula 1460735 asiento 1 del Instituto de la Propiedad circunscripción del departamento de Choluteca.

Artículo 2 — - Se instruye a la Dirección Nacional de

Bienes del Estado de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, documentar legalmente la asignación efectuada mediante este Decreto, en el plazo de 2 meses, contados a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, hasta la culminación del respectivo registro administrativo.

Artículo 3 — - El presente Decreto entra en vigencia a

partir de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta” Diario Oficial. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.C.D., a los tres (03) días del mes de mayo del año dos mil dieciocho (2018). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALV ARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA SECRETARIA DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO, POR LEY EBAL JAIR DÍAZ LUPIAN SECRETARIO DE ESTADO DE LA PRESIDENCIA HÉCTOR LEONEL AYALA ALV ARENGA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN MARÍA DOLORES AGÜERO LARA SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL REINALDO ANTONIO SÁNCHEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL ARNALDO CASTILLO FIGUEROA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO

ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS JULIAN PACHECO TINOCO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD NACIONAL FREDY DÍAZ ZELAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL OCTA VIO SANCHEZ MIDENCE SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE MARCIAL SOLIS PAZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL MAURICIO GUEV ARA PINTO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA JOSÉ ANTONIO GALDAMES FUENTES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE ROCÍO IZABEL TÁBORA MORALES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS, POR LEY KARLA EUGENIA CUEV A AGUILAR SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS ROBERTO ANTONIO ORDÓNEZ WOLFOVICH SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA ERNIE EMILIO SILVESTRI THOMPSON SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO

Poder Ejecutivo DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-037-2018 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO DE SECRETARIOS DE ESTADO, CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, quien en el ejercicio de sus funciones, podrá actuar por sí o en Consejo de Ministros. CONSIDERANDO: Que el Congreso Nacional a través del Decreto Legislativo No.266-2013, de fecha 16 de diciembre de 2013, aprobó la Ley para Optimizar la Administración Pública, mejorar los servicios a la ciudadanía y Fortalecimiento de la Transparencia en el Gobierno, la cual tiene por objeto entre otros, la agilización de los mecanismos de la Administración centralizada para una eficaz prestación de los servicios públicos. CONSIDERANDO: Que la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo e Inclusión Social, precisa de una estructura administrativa adaptada a las competencias que establece el Artículo 29, numeral 4 de la Ley General de la Administración Pública, por lo que resulta necesario crear nuevas dependencias internas. CONSIDERANDO: Que de conformidad a lo establecido en el Artículo 14 reformado de la Ley General de la Administración Pública, es facult ad del Presidente de la República en Consejo de Secretarios de Estado, determinar la competencia de los Despachos por las Secretarías y crear las dependencias internas que fueren necesarias para la buena administración. POR TANTO: En el ejercicio de las facultades de que esta investido y en aplicación de los artículos: 245 numeral 1 y 11, 248, 252 y 255 de la Constitución de la República; 4, 7, 11, 7, 14 numeral 1, 22 numeral 3, 116, 117, 119, 122 de la Ley General de la Administración Pública; 3, 23, 24, 25 y 26 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 7, 8, 9 numerales 4 y 7, 10, 11 y 13 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo. DECRETA:

Artículo 1 — Créase la Subsecretaría de Estado en Asuntos

Administrativos dependiente de la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo e Inclusión Social (SEDIS).

Artículo 2 — La Subsecretaría de Estado de Asuntos

Administrativos asumirá las siguientes funciones:

  1. Realizar la administración financiera de los programas y proyectos, derivados del fideicomiso “Fondo de Solidaridad y Protección Social para Reducción de la Pobreza Extrema”;
  2. Realizar la suscripción de convenios derivados del fideicomiso, con organizaciones nacionales e internacionales, velando por la supervisión y ejecución de los mismos con las dependencias competentes;
  3. Llevar un control de los procesos y actividades realizadas para la adjudicación de los proyectos, mismos que garanticen el cumplimiento de los principios de eficacia y legalidad; previo y posteriormente a la suscripción de los convenios, garantizando su debida ejecución;
  4. Crear las dependencias internas que a criterio del titular de la Secretaría sean necesarias para cumplir

a cabalidad con las competencias adscritas a la Subsecretaría en Asuntos Administrativos; y, 5. Realizar todas aquellas otras actividades que el Secretario de Estado le delegue.

Artículo 3 — Se instruye a la Secretaría de Estado en

el Despacho de Finanzas, para que destine el presupuesto necesario para la creación y funcionamiento de la Subsecretaría de Estado referida en el Artículo 1 del Presente Decreto Ejecutivo.

Artículo 4 — El presente Decreto Ejecutivo entrará en

vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en Casa Presidencial en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central a los dieciocho (18) días del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALV ARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA SECRETARIA DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO, POR LEY EBAL JAIR DÍAZ LUPIAN SECRETARIO DE ESTADO DE LA PRESIDENCIA HÉCTOR LEONEL AYALA ALV ARENGA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN MARÍA DOLORES AGÜERO LARA SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL REINALDO ANTONIO SÁNCHEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL ARNALDO CASTILLO FIGUEROA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS

JULIAN PACHECO TINOCO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD NACIONAL FREDY DÍAZ ZELAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL OCTA VIO SÁNCHEZ MIDENCE SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD MARCIAL SOLIS PAZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL MAURICIO GUEV ARA PINTO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA JOSÉ ANTONIO GALDAMES FUENTES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE ROCÍO IZABEL TÁBORA MORALES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS, POR LEY KARLA EUGENIA CUEV A AGUILAR SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS ROBERTO ANTONIO ORDÓNEZ WOLFOVICH SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA ERNIE EMILIO SILVESTRI THOMPSON SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO

Poder Ejecutivo DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-045-2018 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO DE SECRETARIOS DE ESTADO, CONSIDERANDO: Que el Gobierno de la República mediante Decreto Legislativo No.94 del 28 de abril de 1983 y su Reglamento, está facultado para revisar la estructura de precios de los combustibles derivados del petróleo conforme a las variables externas e internas con el objeto de facilitar el suministro, almacenamiento y distribución de los combustibles derivados del petróleo. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo No. PCM-002-2007, de fecha 13 de enero del 2007, se estableció el “Sistema de Precios Paridad de Importación” como el mecanismo automático para determinar los precios máximos de venta al consumidor final de los combustibles derivados del petróleo, facultando a la Secretaría de Estado en los Despacho de Industria y Comercio, hoy denominada Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, para revisar y modificar cada una de las variables del sistema antes citado, cuando lo considere oportuno y conveniente. CONSIDERANDO: Que el sistema de precios de paridad de importación debe facilitar y garantizar el suministro, almacenamiento y distribución de los combustibles derivados del petróleo, con el fin de que el país y los consumidores paguen precios competitivos sin menoscabo de los intereses de los integrantes de las cadenas de suministros. CONSIDERANDO: Que es necesario impulsar campañas para la educación en el uso del Gas Licuado de Petróleo. CONSIDERANDO: Que la seguridad del pueblo hondureño es una prioridad para el Gobierno de la República de Honduras, y en vista que el consumidor es el propietario del cilindro de Gas Licuado de Petróleo (GLP), con el fin de evitar accidentes, es necesario renovar el parque actual de cilindros para Gas Licuado de Petróleo, en su presentación de 25 libras. CONSIDERANDO: Que es necesario incluir una variable al Sistema de Paridad de Precios de Importación establecido en el Decreto Ejecutivo No. PCM-002-2007 del 13 de enero del año 2007 para la creación de un fondo para la renovación de los cilindros de Gas Licuado de Petróleo (GLP). POR TANTO, En aplicación de los Artículos 245 numeral 11, Artículos 252 y 255 de la Constitución de la República; 117 y 119 de la Ley General de la Administración Pública y su reforma mediante el Decreto Legislativo No. 266-2013; Decreto Legislativo No. 094-1983, Artículo 5; Decreto Ejecutivo No. PCM-002-2007; y Decreto Ejecutivo No. PCM-M-037-2009. DECRETA:

Artículo 1 — - Reformar las variables del Sistema de Precios

Paridad de Importación establecidas en el Artículo 3 del Decreto Ejecutivo No. PCM-002-2007 de fecha 13 de enero del año 2007, publicado en el Diario Oficial de la República “La Gaceta” edición No. 31,210, de fecha 20 de enero del 2007, el cual se debe leerse así: “ARTÍCULO 3.- El cálculo de los precios máximos al consumidor según el “Sistema de Precios Paridad de Importación” se determinará conforme a los factores definidos a continuación:

(a) PRECIO BASE V ALOR FOB DEL PRODUCTO: Para todos los productos, con excepción del Gas Licuado del Petróleo GLP, el promedio se calculará con los precios publicados en el Global Alert de Platts basado en un promedio de veintidós (22) días de cotización FOB para el mercado de la Costa del Golfo de los Estados Unidos de América, calculado hasta el día jueves de la semana precedente a la semana de aplicación (lunes). En el caso del GLP el promedio se calculará con los precios publicados en el Global Alert de Platts basado en un promedio de veinticuatro (24) días de cotización FOB para el mercado Mont Belvieu de los Estados Unidos de América. (b) FLETE MARÍTIMO: Para el Gas Licuado del Petróleo (GLP), el flete a utilizar será de diecisiete (17) centavos de dólar por galón, valor que incluye la sobreestadía. • La Densidad Relativa a 60/60 °F (DEN) un valor de cero punto quinientos nueve (0.509), para un producto conocido como propano comercial, con un mínimo de noventa y cinco (95) por ciento de propano. Aplicable tanto al GLP de uso Doméstico como al GLP de uso Vehicular. (c) SEGURO MARÍTIMO: Se calculará aplicando la tasa de 0.0375%, sobre la sumatoria del precio FOB del producto y el flete marítimo. (d) PERDIDAS EN TRANSITO: A la sumatoria del precio FOV , Flete Marítimo y Seguro Marítimo, que en adelante se denominará CIF, se aplicarán los porcentajes siguientes: Producto Valor en % Gasolina 0.50 Diésel 0.30 Kerosene 0.30 Fuel Oíl 0.20 GLP 0.50 (e) COMISIÓN CAMBIARIA: Se aplica el 0.7% sobre el precio CIF. (f) SOBREESTADÍA: Para los combustibles líquidos se considera dos (2) días de sobreestadía. Se aplica según el valor en Tabla Demurrage publicada anualmente en el Worldscade, para naves de 30,000 TM (en adelante, DMG), valor que se debe ajustar cada veintidós (22) días según el PPT, conforme a la siguiente fórmula: Sobreestadía = (2 x (DMG x ( PPT/100)/17.500) x 0.3785)3 (g) GASTOS DE INSPECCIÓN: Para los combustibles líquidos, se considera cero punto quince (0.15) centavos de dólar por galón por concepto de inspección del buque-tanque y certificación de calidad de producto, en el caso de Gas Licuado de Petróleo (GLP) doméstico y vehicular se considera cero punto diez (0.10) centavos de dólar por galón. (h) GASTOS PORTUARIOS: Para los Combustibles líquidos, se calculará en centavos de dólar por galón, de conformidad a la siguiente fórmula: 1.6 US$/TM x DEN x 0.3785 En el caso de Gas Licuado de Petróleo (GLP), doméstico y vehicular se considera cero punto treinta y tres (0.33) centavos de dólar por galón. (i) GASTOS ADUANEROS: Para los combustibles líquidos, se considera cero punto cero ochocientos treinta y tres (0.0833) centavos de dólar por galón, que incluye los gastos en agencias de aduana para la internación de los productos, en el caso de Gas Licuado de Petróleo (GLP), doméstico y vehicular se considera cero punto diez (0.10) centavos de dólar por galón.

(j) MARGEN DEL IMPORTADOR: Cubre el riesgo del importador por descalces de precios y por contingencias que impidan alcanzar una operación de importación óptima. Para los combustibles líquidos se reconoce un valor de cinco punto cuatro mil cuarenta y ocho (5.4048) centavos de dólar por galón. Para el Gas Licuado del Petróleo (GLP) y Gas Licuado del Petróleo Vehicular (GLPV) se reconoce un valor de cinco punto treinta y uno (5.31) centavos de dólar por galón. (k) TERMINAL MARÍTIMO, ALMACENAMIENTO Y SERVICIOS RELACIONADOS: Para los productos líquidos excepto el GLP, se considera tres (3.00) centavos de dólar para el Atlántico y para el Pacífico, en el caso de Gas Licuado de Petróleo (GLP), doméstico y vehicular se considera diez punto cuarenta y dos (10.42) centavos de dólar por galón. (l) COSTOS FINANCIEROS: Considera el costo operativo y el costo financiero de mantener un inventario de seguridad de quince (15) días de consumo. Se calcula de acuerdo a la fórmula siguiente: CFO=T x (CIF+PET) x (LIBOR + 4%) Dónde: T: representa el factor tiempo en el costo financiero. Para los productos líquidos se considera T = 5 para el Atlántico y T = 12 para el Pacífico. Para el Gas Licuado del Petróleo se considera T= 7. PET: Pérdidas en Tránsito. LIBOR: Tasa de interés intercambiaria de Londres, a treinta (30) días, en dólares, a la fecha del cálculo de los precios, la cual será comunicada por el Banco Central de Honduras. En el caso de que el Banco Central de Honduras no comunique la tasa mencionada, se usará la tasa LIBOR en dólares, a treinta (30) días del Banco Barclays de Londres. (m) PRESIÓN POR V APOR REID (REID V APOR PRESSURE) O RVP: Para los productos Gasolina Superior y Gasolina Regular, se ajustará el precio FOB mediante un factor de costo de RVP, para cumplir con el Reglamento Técnico Centroamericano vigente el cual fija un valor no superior a diez (10) psi (libras por pulgada cuadrada), para lo anterior se utiliza la siguiente fórmula: Para la gasolina superior: (UNL 93 – Butano) x (RVP1 - RVP2) (60 – RVP2) Dónde: UNL 93. Precio FOB de referencia de la costa Atlántica, en centavos de US$ por galón, para la gasolina UNL 93 publicado diariamente en Platt´s para el mercado del Golfo EEUU (USGC) Waterborne. BUTANO. Precio FOB de referencia para el Butano, en centavos de US$ por galón, publicado diariamente en Platt´s, para el mercado de Non-LST Mt Belvieu (EEUU), tomando el promedio del precio diario alto y bajo. RVP1. Publicación diaria del RVP en Platt´s para la gasolina superior, y que varía de acuerdo a la estación climática del año. RVP2. Valor fijado en el RTCA para la gasolina superior.

  1. Presión de vapor del Butano en psi y a cien (100) grados Fahrenheit. Para la gasolina regular: (UNL 87 – Butano) x (RVP1 - RVP2) (60 – RVP2) Dónde: • UNL 87. Precio FOB de referencia de la costa Atlántica, en centavos de US$ por galón, para la gasolina UNL 87 publicado diariamente en Platts para el mercado del Golfo EEUU (USGC) Waterborne. BUTANO. Precio FOB de referencia para el Butano, en centavos de US$ por galón, publicado diariamente en Platts, para el mercado de Non-LST Mt Belvieu (EEUU), tomando el promedio del precio diario alto y bajo. RVP1. Publicación diaria del RVP en Platts para la gasolina regular, y que varía de acuerdo a la estación climática del año. RVP2. Valor fijado en el RTCA para la gasolina regular.
  2. Presión de vapor del Butano en psi y a cien (100) grados Fahrenheit. (n) FONDO PARA LA RENOV ACIÓN DEL PARQUE DE CILINDROS: Con el único objeto de renovar el parque de cilindros de Gas Licuado de Petróleo en las presentaciones de cilindros de hasta veinticinco (25) libras, cumpliendo con la normativa nacional y los Reglamentos Técnicos Centroamericanos, se calculará la estructura de precios de la siguiente forma: para los meses de abril de dos mil diecisiete (2017) a febrero de dos mil dieciocho (2018): se mantendrá el precio final de la estructura vigente al 01 de marzo de dos mil diecisiete (2017) y, la diferencia resultante entre estas dos cantidades: de ser positiva, determinará el valor del excedente que se utilizará para la formación del Fondo para la Renovación del Parque de Cilindros, el cual será retenido por los envasadores de Gas Licuado de Petróleo y depositado en una cuenta exclusiva a este efecto; de ser negativa, determinará el valor a tomar del Fondo para la Renovación del Parque de Cilindros, para cubrir la diferencia; para los meses de abril, mayo, junio y julio de dos mil dieciocho (2018) la Comisión Administradora del Petróleo (CAP) al aplicar el Sistema Precios Paridad de Importación realizará los ajustes necesarios en el cálculo de la estructura mensual según la tendencia de los precios internacionales del Gas Licuado de Petróleo asegurando el aporte al fondo para la renovación del parque de cilindros, a partir del mes de agosto de dos mil dieciocho (2018) y durante treinta y seis (36) meses se sumará un valor de tres lempiras con veintitrés centavos (L.3.23) por galón de Gas Licuado de Petróleo al calcular el precio final de la estructura. Lo anterior determinará el valor al Fondo para la Renovación del Parque de Cilindros, el cual será retenido por los envasadores de Gas Licuado de Petróleo y depositado en una cuenta exclusiva a este efecto, debiendo comprobar mensualmente en los diez (10) primeros días del mes los valores retenidos en el mes inmediato anterior, mediante el formato facilitado por la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, los comprobantes de depósitos en el banco, los comprobantes de transferencia a la cuenta del Fideicomiso para la Renovación del Parque de Cilindros, las correspondientes facturas de venta y cualquier otro documento solicitado por la Secretaría de Desarrollo Económico.

Artículo 2 — - El presente Decreto entrará en vigencia a

partir de su publicación en el Diario Oficial “LA GACETA”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintinueve (29) días del mes de junio del dos mil dieciocho (2018). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALV ARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO, POR EBAL JAIR DÍAZ LUPIÁN SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA. HECTOR LEONEL AYALA ALV ARENGA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN. MARÍA DOLORES AGÜERO LARA SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL. REINALDO ANTONIO SÁNCHEZ RIVERA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL. ARNALDO CASTILLO FIGUEROA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS. JULIÁN PACHECO TINOCO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD NACIONAL.

FREDY SANTIAGO DÍAZ ZELAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESAPACHO DE DEFENSA NACIONAL. OCTA VIO RUBEN SÁNCHEZ MIDENCE SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE MARCIAL SOLIS PAZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN. CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. MAURICIO GUEV ARA PINTO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA JOSÉ ANTONIO GALDAMES FUENTES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE ROCÍO IZABEL TÁBORA MORALES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS KARLA EUGENIA CUEV A AGUILAR SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS. ROBERTO ANTONIO ORDÓÑEZ WOLFOVICH SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA. ERNIE EMILIO SILVESTRI THOMPSON SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO.