La Gaceta No. 32891 — 20120806
La Gaceta No. 32,891
TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL Resolución Número 051-2012. SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE OBRAS PÚBLICAS TRANSPORTE Y VIVIENDA “SOPTRA VI” Modificación No 1. al Contrato de Supervisión del Proyecto. SECRETARÍA DEL INTERIOR Y POBLACIÓN Acuerdo No. 4038-2011 AV ANCE A. 1-4 B. 1-60 Desprendible para su comodidad
Avisos Legales A. 5-10 RESOLUCIÓN NÚMERO 051-2012. Tribunal Supremo Electoral Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, tres de agosto de dos mil doce. CONSIDERANDO (1): Que el voto domiciliario es el mecanismo para que el ciudadano pueda ejercer el sufragio en un centro de votación cerca de su domicilio. CONSIDERANDO (2): Que el cambio de registro de domicilio electoral solamente procede en los casos que un ciudadano resida o sea originario del municipio para el cual solicita el cambio y sea solicitado personalmente, incurriendo en delito electoral el ciudadano que gestione el cambio de domicilio electoral fuera de los casos antes mencionados. CONSIDERANDO (3): Que el Tribunal Supremo Electoral tiene bajo su responsabilidad la autorización de los cambios de domicilios electorales, cuyo trámite se realizará a través del Registro Nacional de las Personas. CONSIDERANDO (4): Que el cambio de domicilio electoral no podrá efectuarse en el periodo comprendido en los tres meses y medio anteriores a la fecha de las elecciones primarias y generales. CONSIDERANDO (5): Que el Tribunal Supremo Electoral como ente responsable de la autorización de los cambios de domicilio electoral emitió ciento setenta y un mil novecientos setenta (171,970) formularios de actualización de domicilio, cada uno con un código de barras que identifica el departamento y municipio para el cual se emite. Estos formularios fueron puestos a disposición de la ciudadanía hondureña a través de los Registradores Civiles Municipales para que se procediera conforme a la ley a realizar el trámite de actualización de domicilio a los ciudadanos en los casos permitidos por el artículo 60 de la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas. CONSIDERANDO (6): Que el Registro Nacional de las Personas remitirá a este Tribunal los formularios y su base de datos especificando cuales cambios domiciliarios proceden conforme a la huella dactilar del solicitante; recibidos los mismos
DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES LIC. MARTHA ALICIA GARCÍA Gerente General JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 230-4956 Administración: 230-3026 Planta: 230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL el Tribunal Supremo Electoral autorizar en definitiva los cambios de domicilio solicitados, cuando éstos cumplan los requisitos legales. CONSIDERANDO (7): Que los cambios de domicilio sólo procederán cuando se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 60 de la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas, y además, cuando: a) Las solicitudes de actualización de domicilio se realicen en los formularios emitidos por este Tribunal con el código de barras único de cada formulario emitido para tal fin. b) El Registro Nacional de las Personas valide que la huella dactilar del ciudadano corresponda a quien dice ser en su declaración realizada al momento del llenado del formulario. c) El Registro Nacional de las Personas verifique que la firma y sello del registrador que recibe la solicitud sea una firma valida, registrada en el Registro Nacional de las Personas, y que corresponda al municipio para el cual fue emitido el formulario. d) El formulario haya sido debidamente llenado y firmado por el solicitante y Registrador Civil Municipal, y que se consigne el domicilio exacto del ciudadano en el espacio del formulario asignado para tal fin. e) El formulario haya sido llenado en el municipio para el cual fue emitido y que el domicilio solicitado pertenezca al municipio para el cual se emitió el formulario y en el cual se llenó la solicitud. f) El formulario haya sido llenado en el periodo autorizado por la ley, que en este caso es antes del 2 de agosto a las 12:00 de la noche. CONSIDERANDO (8): Que en vista de denuncias formuladas por diferentes ciudadanos respecto a supuestas irregularidades en los cambios de registro de domicilio electoral y las investigaciones realizadas por este Organismo Electoral, en fecha primero (01) de agosto de 2012 se dio traslado de casos en diecinueve (19) municipios a la Fiscalía de Delitos Comunes, relacionados con cambios de registro de domicilio electoral (traslados domiciliarios), con el propósito de que esa Institución realice las investigaciones pertinentes. CONSIDERANDO (9): Que al día de hoy se han recibido múltiples denuncias, a las cuales el Tribunal Supremo Electoral ha dado el trámite respectivo y ha tomado medidas administrativas y legales, a fin de garantizar a la ciudadanía hondureña, la transparencia en el manejo de las actualizaciones domiciliarias. CONSIDERANDO (10): Que para todo lo relacionado con los actos y procedimientos electorales habrá un Tribunal Supremo Electoral, autónomo e independiente, con personalidad jurídica, con jurisdicción y competencia en toda la República, cuya organización y funcionamiento serán establecidos por la Constitución y la Ley, la que fijará igualmente lo relativo a los demás organismos electorales. POR TANTO: El Tribunal Supremo Electoral como organismo autónomo e independiente, responsable de todo relacionado con los actos y procedimientos electorales entre ellos la autorización de cambios de domicilios electorales, en uso de sus facultades y en aplicación de los artículos 1, 15 numerales 1, 15 literal b), 19 y 30; 58, 59, 60 y 208; de la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas, por unanimidad de votos; RESUELVE: PRIMERO: Tener por vencido el plazo para que los Registradores Civiles Municipales puedan recibir solicitudes de
actualización domiciliaria, el cual concluyó el día dos (02) de agosto del año dos mil doce (2012) a las doce de la media noche (12:00 m.). SEGUNDO: Instruir al Jefe del Departamento del Censo Nacional Electoral y Cartografía del Tribunal Supremo Electoral, para que con la participación del Registro Nacional de las Personas como lo establece la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas, se procesen las solicitudes de cambio de registro de domicilio electoral, en los términos fijados en los Considerandos 2 y 7 de la presente resolución, debiendo rechazar todas aquellas solicitudes que no cumplen con los requisitos establecidos. TERCERO: En los municipios donde se han recibido denuncias de supuestas irregularidades, mismas que han sido trasladadas a la Fiscalía de Delitos Comunes, sólo procesar las solicitudes de cambio de registro de domicilio electoral de aquellos ciudadanos que sean originarios del municipio para el cual solicite el cambio, entre los cuales se encuentran comprendidos los siguientes: No No. Expediente Fecha de Presentación Departamento Municipio 1 428-2012 06-07-2012 Comayagua San Sebastián
2 534-2012 27-07-2012 Comayagua Ojos de Agua 3 538-2012 27-07-2012 Comayagua San Jerónimo 4 414-2012 04-07-2012 Choluteca San Isidro 5 415-2012 04-07-2012 Choluteca Apacilagua
6 416-2012 04-07-2012 Choluteca Santa Ana de Yusguare 7 503-2012 23-07-2012 Choluteca El Corpus
8 509-2012 24-07-2012 Choluteca Concepción de María 9 449-2012 11-07-2012 El Paraíso Liure 10 498-2012 23-07-2012 Francisco Morazán Santa Lucia
11 520-2012 25-07-2012 Francisco Morazán Cantarranas
12 521-2012 25-07-2012 Francisco Morazán Santa Ana 13 527-2012 26-07-2012 Francisco Morazán San Antonio de Oriente 14 529-2012 26-07-2012 Francisco Morazán Talanga 15 445-2012 10-07-2012 Santa Bárbara Nuevo Celilac
16 536-2012 27-07-2012 Santa Bárbara Santa Rita 17 483-2012 17-07-2012 Olancho Catacamas 18 483-2012 17-07-2012 Olancho San Francisco de Becerra
19 507-2012 23-07-2012 Yoro Morazán
No obstante lo anterior se concede un plazo de siete días calendario, iniciándose el día cuatro (04) y finalizando el día diez (10) de agosto del presente año, a todos aquellos ciudadanos no originarios del municipio que hayan solicitado legalmente su cambio de domicilio electoral, a efecto de que se apersonen en la Secretaría General del Tribunal Supremo Electoral a presentar documentación que acredite fehacientemente su nuevo domicilio. CUARTO: Sobre las últimas denuncias recibidas después del veintisiete (27) de julio de dos mil doce (2012) hasta la fecha y que se encuentran en proceso de investigación por el Tribunal Supremo Electoral, relativos a los municipios de:
No No. Expediente Fecha de Presentación Departamento Municipio 1 473-2012 02-08-2012 Comayagua Minas de Oro 2 463-2012 01-08-2012 Copán Corquin 3 464-2012 01-08-2012 Cortés Santa Cruz de Yojoa 4 444-2012 30-07-2012 Choluteca Marcovia 5 462-2012 01-08-2012 El Paraíso Morocelí 6 459-2012 01-08-2012 El Paraíso Oropolí 7 447-2012 30-07-2012 Francisco Morazán Nueva Armenia 8 446-2012 30-07-2012 Francisco Morazán Orica 9 477-2012 02-08-2012 Francisco Morazán San Juan de Flores (Cantarranas) 10 474-2012 02-08-2012 Francisco Morazán San Miguelito 11 445-2012 30-07-2012 Francisco Morazán Santa Ana 12 478-2012 02-08-2012 Francisco Morazán Tatumbla 13 465-2012 01-08-2012 Francisco Morazán Villa de San Francisco 14 533-2012 26-07-2012 La Paz Cane 03-08-2012 La Paz Mercedes de Oriente 16 454-2012 31-07-2012 Lempira Las Flores 17 475-2012 02-08-2012 Atima Santa Bárbara 18 468-2012 01-08-2012 Valle Amapala, Caridad, Goascorán, Nacaome, Langue, San Francisco de Coray 19 449 -2012 31-07-2012 Valle Aramecina, Langue, Nacaome y San Lorenzo
Se resolverán dentro del plazo que la ley señala, para la elaboración del Censo Nacional Electoral definitivo, mientras tanto sólo se procesarán las solicitudes de cambio de registro de domicilio electoral de aquellos ciudadanos que sean originarios del municipio para el cual solicitó el cambio. No obstante lo anterior se concede un plazo de siete días calendario, iniciándose el día cuatro (04) y finalizando el día diez (10) de agosto del presente año, a todos aquellos ciudadanos no originarios del municipio que hayan solicitado legalmente su cambio de domicilio electoral, a efecto de que se apersonen en la Secretaría General del Tribunal Supremo Electoral a presentar documentación que acredite fehacientemente su nuevo domicilio. QUINTO: La presente resolución está basada en los principios que debe de regir el sistema electoral de legitimidad, transparencia y honestidad, legalidad, buena fe, debido proceso y equidad y tiene como fin fundamental garantizar el derecho de los habitantes de una comunidad para elegir sus autoridades sin ningún tipo de injerencias de ciudadanos de otra comunidad. SEXTO: El presente acuerdo es de ejecución inmediata y deberá ser comunicado al Registro Nacional de las Personas, a los Partidos Políticos legalmente inscritos y publicado en el Diario Oficial La Gaceta para los efectos de ley correspondientes. CÚMPLASE.- LIC. JOSÉ SAÚL ESCOBAR ANDRADE MAGISTRADO PRESIDENTE ABOG . DA VID MATAMOROS BATSON MAGISTRADO PROPIETARIO ABOG. ENRIQUE ORTEZ SEQUEIRA MAGISTRADO SECRETARIO
MODIFICACIÓN No.1 AL CONTRATO DE SUPERVISIÓN DEL PROYECTO Secretaría de Estado en el Despacho de Obras Públicas, Transporte y Vivienda “SOPTRAVI” CONSTRUCCIÓN Y PA VIMENTACIÓN DE LA CARRETERA ZAMORANO – GÜINOPE, LOCALIZADA ENTRE LOS DEPARTAMENTOS DE FRANCISCO MORAZÁN Y EL PARAÍSO CON UNA LONGITUD APROXIMADA DE 24.80 KILÓMETROS Nosotros, JOSÉ ROSARIO BONANNO , hondureño, mayor de edad, casado, Ingeniero, con Tarjeta de Identidad No. 0101-1956-00310 y de este domicilio, actuando en mi condición de Secretario de Estado en los Despachos de Obras Públicas, Transporte y Vivienda (SOPTRA VI), nombrado mediante Acuerdo No. 002-2006 del 27 de Enero de 2006 y que en adelante se llamará LA SECRETARÍA y JANCE CAROLINA FUNES, de nacionalidad hondureña, mayor de edad, con Tarjeta de Identidad No.1801-1963-09919, Registro Tributario Nacional No. 0801900324825, actuando en su condición de Representante Legal de la Empresa Consultora: ECOMAC, S. A. de C.V ., que en adelante en este Acto se llamará EL CONSULTOR, convenimos en celebrar y al efecto celebramos la presente Modificación No. 1 al Contrato de Supervisión del Proyecto: CONSTRUCCIÓN Y PA VIMENTACIÓN DE LA CARRETERA ZAMORANO- GÜINOPE, LOCALIZADA ENTRE LOS DEPARTAMENTOS DE FRANCISCO MORAZÁN Y EL PARAÍSO CON UNA LONGITUD APROXIMADA DE 24.80 KILÓMETROS. CONSIDERANDO: Que con fecha 11 de Diciembre del año 2007, se suscribió el Contrato para la Supervisión del Proyecto: CONSTRUCCIÓN Y PA VIMENTACIÓN DE LA CARRETERA ZAMORANO – GÜINOPE, LOCALIZADA ENTRE LOS DEPARTAMENTOS DE FRANCISCO MORAZÁN Y EL PARAÍSO CON UNA LONGITUD APROXIMADA DE 24.80 KILÓMETROS, por valor de NUEVE MILLONES CIEN MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO LEMPIRAS CON DOCE CENTA VOS (LPS. 9,100,395.12) y un plazo de DIEZ Y SEIS (16) MESES con QUINCE (15) DÍAS. CONSIDERANDO: Después de evaluar las necesidades del Proyecto se modifican algunos de los Conceptos; en algunos casos se disminuyen y en otros aumentan, con lo cual se optimizan los recursos, además se incluyen actividades como ser Muros de Tierra Armada, Excavación Estructural y Cunetas de Concreto Reforzado con Concreto de 4,000 PSI de resistencia para mejorar lo que es la Estructura del Pavimento y así cumplir con las Especificaciones de Carretera. CONSIDERANDO: Que con el propósito de ampliar la calzada se construirán muros de tierra armada mejorando así la estructura de soporte del pavimento y protegiendo las viviendas que se encuentra a la orilla de la estructura misma, dando como resultado un volumen adicional de excavación. CONSIDERANDO: Que durante la ejecución del proyecto se han producido fuertes lluvias que sobrepasan el nivel de precipitación aceptado (5 mm), provocando un retraso en la ejecución de 105 días, esto soportado con la información plasmada en la bitácora y en los registros de lluvias de la supervisión. CONSIDERANDO: Que a la Empresa Constructora se le incrementó su periodo de tiempo en Siete (7) Meses, por lo cual es necesario ampliar el tiempo a los Servicios prestados por parte de la Supervisión para darle la cobertura necesaria. CONSIDERANDO: Que debido a lo antes expuesto, se hace necesario modificar el Contrato ampliando el plazo de ejecución en SIETE (7) MESES Para totalizar un plazo de VEINTITRÉS (23) MESES CON QUNCE (15) DÍAS e incrementar el monto en TRES MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MIL SEISCIENTOS VEINTIDÓS LEMPIRAS CON SESENTA Y CINCO CENTA VOS (L. 3,381,622.65) para un nuevo monto de ONCE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS VEINTISIETE LEMPIRAS CON CATORCE CENTAVOS (L. 11,986,627.14). POR TODO LO ANTERIOR AMBAS PARTES CONVIENEN: PRIMERO: Modificar las Cláusulas V numeral 6, VII, VIII y X del Contrato Original, las que deberán leerse de la siguiente manera:
CLÁUSULA QUINTA: INFORMES, OTRA DOCUMEN- TACIÓN Y MULTA: 6.- MULTA: Por cada día de retraso en la presentación de cada informe, el Consultor deberá pagar una multa por la cantidad de MIL CIEN LEMPIRAS EXACTOS (LPS.5,100.00). CLÁUSULA SÉPTIMA: VALIDEZ, VIGENCIA Y DURACIÓN DEL CONTRATO: a. V alidez del Contrato: Este Contrato no tendrá validez o efecto hasta tanto no haya sido debidamente firmado por las partes contratantes. b. Plazo de Ejecución del Contrato: Se estima que el Consultor realizará todos los trabajos objeto de este Contrato, en un plazo de VEINTITRÉS (23) MESES CON QUNCE (15) DÍAS calendario, contados a partir de la fecha de la Orden de Inicio que emita la Dirección General de Carreteras, la cual podrá tener carácter retroactivo en el caso de que el Contratista inicie a cuenta y riesgo los trabajos de construcción antes de que este Contrato haya sido firmado. CLÁUSULA OCTAVA: COSTO DEL CONTRATO: El Costo de este Contrato ha sido estimado en la cantidad de ONCE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS VEINTISIETE LEMPIRAS CON CATORCE CENTA VOS (L. 11,986,627.14), según se detalla en el Estimado de Costos que se describe a continuación: CUADRO DE CANTIDADES VIGENTES No. DESCRIPCION ORIGINAL ORDEN DE CAMBIO EJECUTADO HASTA EL 18 DE MAYO DEL 2009 (Contrato Finalizado) I SUELDOS Y SALARIOS 1.1 PERSONAL PROFESIONAL 1.1.1 Gerente del Proyecto 160,200.00 141,043.63 141,014.83 1.1.2 Ingeniero Residente 528,000.00 565,409.07 565,409.08 Ingeniero Especialista (Suelos y Pavimentos) 106,800.00 82,303.63 82,296.79 Sub-Total 1.1 PERSONAL PROFESONAL 788,720.70 1.2 PERSONAL TECNICO Y AUXILIAR 1.2.1 Laboratorista 135,000.00 159,021.30 159,021.29 1.2.2 Inspector de Campo A 120,000.00 141,352.27 141,352.28 1.2.3 Ins pector de Campo B 105,000.00 123,683.23 123,683.23 1.2.4 Dibujante-Calculista 148,500.00 159,021.30 159,021.29 1.2.5 Topógrafos 120,000.00 179,237.87 179,237.86 1.2.6 Cadeneros 210,000.00 313,666.26 313,666.26 1.2.7 Motoristas 148,500.00 180,331.95 180,331.89 1.2.8 Ayudante de Laboratorio 66,000.00 72,483.43 72,483.43 1.2.9 Peones de Topografía 84,000.00 160,226.66 160,226.70 1.2.10 Vigilantes 49,500.00 85,580.00 85,580.00 1.2.11 Secretaria 30,000.00 29,071.40 29,071.41 Sub-Total 1.2 PERSONAL TECNICO Y AUXILIAR 1,603,675.64 1.2.12 Tiempo Extra de Personal de Campo 25% 304,125.00 400,918.92 331,608.83 TOTAL I SUELDOS Y SALARIOS 2,724,005.17 BENEFICIOS SOCIALES 40% s/Sueldos para Prestaciones IHSS, INFOP, FOSOVI, 13 avo y 14 avo. 926,250.00 1,096,455.34 949,387.54 TOTAL II BENEFICIOS SOCIALES 949,387.54
No. DESCRIPCION ORIGINAL ORDEN DE CAMBIO EJECUTADO HASTA EL 18 DE MAYO DEL 2009 (Contrato Finalizado) III GASTOS DIRECTOS 3.1 Materiales y Suministros 3.1.1 Materiales de Oficina 57,750.00 7,000.00 6,025.04 3.1.2 Materiales de Ingeniería 66,000.00 10,500.00 637.30 Sub-Total 3.1 MATERIALES Y SUMINISTROS 6,662.34 3.2 Gastos de Operación y Oficina 3.2.1 Reporte y Reproducción 49,500.00 49,300.00 49,300.00 3.2.2 Alquiler de Oficina de Campo 90,750.00 90,383.33 90,383.33 3.2.3 Servicios Públicos 82,500.00 3,500.00 330.00 3.2.4 Comunicaciones 16,500.00 1,750.00 318.50 3.2.5 Subsistencia Ingenieros 57,750.00 61,841.62 61,841.62 3.2.6 Subsistencia Personal de Cam po 693,000.00 707,120.70 707,120.62 3.2.7 Viáticos 420,000.00 182,750.00 154,000.00 3.2.8 Seguros Patronal 34,734.38 41,117.08 0.00 Sub-Total 3.2 GASTOS DE OPERACIÓN Y OFICINA 1,063,294.07 3.3 Compra y Alquiler de Equipo 3.3.1 Alquiler de Vehículo (4) 940,500.00 779,633.37 779,633.37 3.3.2 Alquiler Equipo de Laboratorio 180,000.00 221,000.00 198,400.00 Equipo de Topografía (Transito y Nivel) 285,000.00 165,616.67 165,616.67 Alq. Equipo de Oficina, Campo e Informa. 495,000.00 261,500.00 261,500.00 Sub-Total 3.3 COMPRA Y ALQUILER DE EQUIPO 1,405,150.04 TOTAL III GASTOS DIRECTOS 2,475,106.45 IV GASTOS GENERALES 35% S / Cuenta (I+II) 1,134,656.25 1,361,432.19 1,285,687.45 15% S / Cuenta (III) 520,347.66 387,556.92 371,265.97 TOTAL IV GASTOS GENERALES 1,656,953.42 V HONORARIOS
HONORARIOS 15% S / Cuenta (I+II+IV) 734,531.84 845,819.30 799,551.92 TOTAL V HONORARIOS 799,551.92 GRAN TOTAL 8,605,004.49
CUADRO DE CANTIDADES MODIFICADAS No. CONCEPTO HOMBRES MES SUELDO ESTIMADO I SUELDOS Y SALARIOS 1.1 PERSONAL PROFESIONAL 1.1.1 Gerente del Proyecto 0.50 35,600.00 17,800.00 1.1.2 Ingeniero Residente 7.00 43,297.83 303,084.81 Ingeniero Especialista (Suelos y Pavimentos) 0.50 35,600.00 17,800.00 Sub-Total 1.1 PERSONAL PROFESIONAL 338,684.81 1.2 PERSONAL TECNICO Y AUXILIAR 1.2.1 Laboratorista 6.50 12,177.51 79,153.82 1.2.2 Ins pector de Campo A 7.00 10,824.46 75,771.22 1.2.3 Inspector de Campo B 6.50 9,471.40 61,564.10 1.2.4 Dibu jante-Calculista 3.00 12,177.51 36,532.53 1.2.5 Topógrafo 6.50 10,824.46 70,358.99 1.2.6 Cadeneros (2) 13.00 9,471.40 123,128.20 1.2.7 Motoristas (2) 13.00 6,088.75 79,153.75 1.2.8 Ayudante de Laboratorio 5.00 5,928.60 29,643.00 1.2.9 Peones de To pografía (2) 13.00 6,271.43 81,528.59 1.2.10 Vigilante 6.50 6,128.57 39,835.71 1.2.11 Secretaria 2.00 5,471.41 10,942.82 Sub-Total 1.2 PERSONAL TECNICO Y AUXILIAR 687,612.72
1.2.12 Tiempo Extra de Personal de Campo % 130,217.48 TOTAL I SUELDOS Y SALARIOS 1,156,515.01 BENEFICIOS SOCIALES % s/Sueldos para Prestaciones IHSS, INFOP, FOSOVI, 13 avo y 14 avo. 393,875.99 TOTAL II BENEFICIOS SOCIALES 393,875.99 III GASTOS DIRECTOS 3.1 Materiales y Suministros 3.1.1 Materiales de Oficina 5.00 1,000.00 5,000.00 3.1.2 Materiales de In geniería 5.00 2,500.00 12,500.00 Sub-Total 3.1 MATERIALES Y SUMINISTROS 17,500.00 3.2 Gastos de Operación y Oficina 3.2.1 Reporte y Reproducción 7.00 3,000.00 21,000.00 3.2.2 Alquiler de Oficina de Campo 6.50 5,500.00 35,750.00 3.2.3 Servicios Públicos 5.50 1,000.00 5,500.00 3.2.4 Comunicaciones 5.50 500.00 2,750.00 3.2.5 Subsistencia Ingenieros 7.00 3,500.00 24,500.00 3.2.6 Subsistencia Personal de Campo 52.50 3,000.00 157,500.00 3.2.7 Viáticos 28.00 2,000.00 56,000.00 Sub-Total 3.2 GASTOS DE OPERACIÓN Y OFICINA 303,000.00 3.3 Compra y Alquiler de Equipo 3.3.1 Alquiler de Vehículo (2) 14.00 19,000.00 266,000.00 3.3.2 Alquiler Equipo de Laboratorio 6.50 12,000.00 78,000.00 Equipo de Topografía (Transito y Nivel) 6.50 9,500.00 61,750.00 Alq. Equipo de Oficina, Campo e Informa. 7.00 15,000.00 105,000.00 Sub-Total 3.3 COMPRA Y ALQUILER DE EQUIPO 510,750.00 TOTAL III GASTOS DIRECTOS 831,250.00 IV GASTOS GENERALES 35% S / Cuenta (I+II) 1,550,391.00 0.35 542,636.85 15% S / Cuenta (III) 831,250.00 0.15 124,687.50 TOTAL IV GASTOS GENERALES 667,324.35 V HONORARIOS HONORARIOS 15% S / Cuenta (I+II+IV) 2,217,715.35 0.15 332,657.30 TOTAL V HONORARIOS 332,657.30 GRAN TOTAL 3,381,622.65
No. CONCEPTO HOMBRE SUELDO ESTIMADO TOTAL CUADRO RESUMEN DE MODIFICACION No. 1 CONSTRUCCIÓN Y PA VIMENTACIÓN DE LA CARRETERA ZAMORANO – GÜINOPE, LOCALIZADA ENTRE LOS DEPARTAMENTOS DE FRANCISCO MORAZÁN Y EL PARAÍSO CON UNA LONGITUD APROXIMADA DE 24.80 KILOMETROS No. CONCEPTO HOMBRES MES SUELDO ESTIMADO I SUELDOS Y SALARIOS 1.1 PERSONAL PROFESIONAL 1.1.1 Gerente del Pro yecto 5.00 35,600.00 178,000.00 1.1.2 Ingeniero Resident e 23.50 43,297.83 1,017,499.01 Ingeniero Especialista (Suelos y Pavimentos) 3.50 35,600.00 124,600.00 Sub-Total 1.1 PERSONAL PROFESIONAL 1,320,099.01 1.2 PERSONAL TECNICO Y AUXILIAR 1.2.1 Laboratorista 21.50 12,177.51 261,816.47 1.2.2 Ins pector de Campo A 21.50 10,824.46 232,725.89 1.2.3 Ins pector de Campo B 21.50 9,471.40 203,635.10 1.2.4 Dibujante-Calculis ta 19.50 12,177.51 237,461.45 1.2.5 Topógrafo 21. 50 10,824.46 232,725.89 1.2.6 Cadeneros (2) 43.00 9,471.40 407,270.20 1.2.7 Motoristas (2 ) 46.00 6,088.75 280,082.50 1.2.8 Ayudante de Labora torio 21.50 5,928.60 127,464.90 1.2.9 Peones de Topograf ía (2) 43.00 6,271.43 269,671.49
CLÁUSULA DÉCIMA: PAGOS: El consultor recibirá como pago por los servicios objeto de este contrato una cantidad estimada de ONCE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS VEINTISIETE LEMPIRAS CON CATORCE CENTAVOS (L. 11,986,627.14), según de los cuales UN MILLÓN CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO LEMPIRAS CON OCHENTA Y CUATRO CENTA VOS (LPS. 1,187,494.84), corresponden al concepto de honorarios.- EL CONSULTOR recibirá sus pagos en VEINTITRÉS (23) MESES CON QUNCE (15) DÍAS, cuotas mensuales previa presentación de los reembolsos. Este contrato será por costos reembolsables más Honorarios Proporcionales para lo cual se deberá presentar la solicitud de reembolso con los documentos de soporte respectivos para la posterior aprobación del Coordinador del Departamento de Construcción y de la Dirección, así como el informe mensual con toda la información requerida. En caso de existir un paro mayor a treinta (30) días, en al obra en construcción, por incumplimiento del contratista o paralización por 1.2.10 Vigilante 21.50 6,128.57 131,764.26 1.2.11 Secretaria 7.00 5,471.41 38,299.87 Sub-Total 1.2 PERSONAL TECNICO Y AUXILIAR 2,422,918.01 1.2.12 Tiempo Extra de Personal de Campo % 461,879.04 TOTAL I SUELDOS Y SALARIOS 4,204,896.05 BENEFICIOS SOCIALES % s/Sueldos para Prestaciones IHSS, INFOP, FOSOVI, 13 avo y 14 avo. 1,338,998.24 TOTAL II BENEFICIOS SOCIALES 1,338,998.24 III GASTOS DIRECTOS 3.1 Materiales y Suministros 3.1.1 Materiales de Oficina 21.00 1,000.00 21,000.00 3.1.2 Materiales de Ingeniería 21.00 2,500.00 52,500.00 Sub-Total 3.1 MATERIALES Y SUMINISTROS 73,500.00 3.2 Gastos de Operación y Oficina 3.2.1 Reporte y Reproducción 23.50 3,000.00 70,500.00 3.2.2 Alquiler de Oficina de Campo 23.00 5,500.00 126,500.00 3.2.3 Servicios Públicos 22.00 1,000.00 22,000.00 3.2.4 Comunicaciones 22.00 500.00 11,000.00 3.2.5 Subsistencia In genieros 23.50 3,500.00 82,250.00 3.2.6 Subsistencia Personal de Campo 86.00 3,000.00 258,000.00 3.2.7 Viáticos 120.00 2,000.00 240,000.00 3.2.8 Seguros Patronal 41,117.08 Sub-Total 3.2 GASTOS DE OPERACIÓN Y OFICINA 810,250.00 3.3 Compra y Alquiler de Equipo 3.3.1 Alquiler de Vehículo 63.50 19,000.00 1,206,500.00 3.3.2 Alquiler Equipo de Laboratorio 21.50 12,000.00 258,000.00 3.3.3 E quipo de Topografía (Transito y Nivel) 21.50 9,500.00 204,250.00 Alq. Equipo de Oficina, Campo e Informa. 22.00 15,000.00 330,000.00 Sub-Total 3.3 COMPRA Y ALQUILER DE EQUIPO 1,998,750.00 TOTAL III GASTOS DIRECTOS 2,882,500.00 IV GASTOS GENERALES 35% S / Cuenta (I+II) 5,543,894.29 0.35 1,940,363.00 15% S / Cuenta (III) 2,882,500.00 0.15 432,375.00 TOTAL IV GASTOS GENERALES 2,372,738.00 V HONORARIOS
HONORARIOS 15% S / Cuenta (I+II+IV) 7,916,632.29 0.15 1,187,494.84 TOTAL V HONORARIOS 1,187,494.84 GRAN TOTAL 11,986,627.14
No. CONCEPTO HOMBRE SUELDO ESTIMADO MES TOTAL
notificación enviada al contratista a través de la Dirección, automáticamente se le notificará la suspensión de labores a la supervisión, llevando como efecto el no reconocimiento de pago durante ese periodo, hasta nueva orden de re-inicio. En el presente año el costo de este contrato será cancelado con cargo a la estructura presupuestaria siguiente: Institución 0120. Programa 11. Sub Programa 63. Act/Obra 001, Objeto 47220. Fuente 11. También se realizará lo siguiente: a. Todos los pagos se harán en Lempiras con la presentación del documento de reembolso acompañado por una certificación de la Secretaría, donde se exprese que las cantidades facturadas representan costos reembolsables, recargo por Gastos Directos, Gastos Generales y Honorarios al Consultor y que pueden ser pagados. Honorarios Proporcionales: El Consultor recibirá por concepto de Honorarios Proporcionales la cantidad UN MILLÓN CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO LEMPIRAS CON OCHENTA Y CUATRO CENTA VOS (LPS. 1,187,494.84), pagaderos en VEINTITRÉS (23) MESES CON QUINCE (15) DÍAS en cuotas Mensuales, cada una proporcional al valor del reembolso que presente en el período que corresponda. No se hará ningún pago adicional por Honorarios a menos que exista un trabajo extra no contemplado en el alcance del trabajo. Dicho trabajo extra deberá ser ordenado o aprobado por la Dirección. Gastos Generales: Para compensar al Consultor por los Gastos Generales, el Gobierno acuerda a la misma, un sobrecargo de treinta y cinco por ciento (35%) sobre sueldos y salarios más Beneficios Sociales, Estipulado en el Acuerdo 000459 del 22 de Junio de 1998. Cargo por Manejo: Se pagará al Consultor una cantidad equivalente al quince por ciento (15%) del total de los Gastos Directos incurridos en el Proyecto, a fin de compensarlo por los gastos administrativos y financieros derivados de tales Gastos Directos, Estipulado en el Acuerdo 000459 del 22 de Junio de 1998. e. Anticipo: El Consultor recibirá dentro de los treinta (30) días siguientes a la presentación de la garantía aprobada por la Secretaria General de SOPTRA VI, hasta un 20% del monto total del Contrato, en concepto de anticipo para cubrir gastos de traslado de personal, equipo, materiales, acondicionamiento del campamento, etc. La finalidad de este anticipo es evitar gastos financieros al Consultor durante la ejecución del Proyecto, incluyendo los ocasionados por la adquisición de equipos costosos. Esta cantidad será amortizada mediante deducciones no menores del veinte por ciento (20%) del valor total de cada reembolso. Retención:
- El Gobierno retendrá mensualmente el diez por ciento (10%) de los Honorarios mensuales, como garantía adicional a la garantía de cumplimiento especificada en la Caución de Contrato, Cláusula Décima Primera.
- El Gobierno retendrá los pagos al Consultor por incumplimiento en la entrega de los trabajos especificados en este Contrato, pagándose al Consultor una vez subsanado tal incumplimiento. SEGUNDO: El consultor deberá ampliar la garantía de cumplimiento de contrato, de conformidad con la Ley de Contratación del Estado. TERCERO: Continúan vigentes las Cláusulas del Contrato Original, que no se oponen a este documento. En fe de lo cual, ambas partes aceptan las anteriores estipulaciones y firman la presente Modificación No.1 al Contrato de Supervisión en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C. a los 15 días del mes de mayo del año 2009. JOSÉ ROSARIO BONANNO Secretario de Estado en los Despachos de Obras Públicas, Transporte y Vivienda (SOPTRA VI) YANCE CAROLINA FUNES Representante de Empresa CONSULTORA ECOMAC, S.A. DE C.V .
SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir de su fecha y deberá ser publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”. PUBLÍQUESE. CARMEN ESPERANZA RIVERA PAGOAGA SUBSECRETARIA DE GOBERNACIÓN Y TERRITORIO PASTOR AGUILAR MALDONADO SECRETARIO GENERAL Secretaría de Estado en los Despachos del Interior y Población ACUERDO No. 4038-2011 EL SEÑOR SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DEL INTERIOR Y POBLACIÓN CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo No. 002-2002, el Presidente de la República delegó en el Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, emitir los acuerdos dispensando la publicación de los edictos para contraer matrimonio. CONSIDERANDO: Que en uso de las facultades de que está investido y en aplicación a los artículos 245 atribución 11) de la Constitución de la República; 119 de la Ley General de la Administración Pública, 44 numeral 5) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 02-2010 de fecha 27 de enero de 2010, se nombró al ciudadano CARLOS ÁFRICO MADRID HART; como Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia y se modificó mediante Acuerdo No. 271-2010 de fecha 7 de octubre de 2010. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ministerial No. 474-A-2010 de fecha 10 de febrero de 2010, el Secretario de Estado del Ramo CARLOS ÁFRICO MADRID HART, delegó en la Subsecretaria de Gobernación y Territorio, ciudadana CARMEN ESPERANZA RIVERA PAGOAGA, la facultad de firmar los Acuerdos Dispensando la publicación de edictos para contraer Matrimonio. A C U E R D A: PRIMERO: Dispensar la publicación de Edictos para contraer matrionio civil a las siguientes personas: El Ella DEPART AMENTO MUNICIPIO JUAN CARLOS CARIAS ALMENDARES KATHIA VANESSA CARDONA UCLES FRANCISCO MORAZAN T alanga DAVID ENRIQUE PLANAS CRUZ CINTHIA SARA BARAHONA CARRASCO FRANCISCO MORAZAN Cedros RAFAEL ARTURO SANDOV AL MENDOZA ANA GISELA SANDOV AL GONZALEZ FRANCISCO MORAZAN Distrito Central FREDY ENRIQUE RAUDALES DIAZ DULCE EFIGENIA PALENCIA CENTENO FRANCISCO MORAZAN Distrito Central FAUSTINO GARCIA CARDENAS ANTONIA FUENTES A VILA FRANCISCO MORAZAN Distrito Central ALLAN JOEL MARTINEZ TOSCANO RUTH ALEJANDRA ALVARADO POLANCO FRANCISCO MORAZAN Distrito Central ABRAHAN ERIBERTO OSORTO LOBO MERCY DAYANNA SIERRA VALLADARES FRANCISCO MORAZAN Distrito Central JOSE LUIS CERRATO ARMIJO JHOSEAM ETHELL ACOSTA PORTILLO FRANCISCO MORAZAN Distrito Central
(E.N.A.G.) PBX: 2230-3026. Colonia Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental Tels.: 2230-6767, 2230-1120, 2291-0357 y 2291-0359 Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Suplementos ¡Pronto tendremos! A) Suplemento Corte Suprema de Justicia.
- Acuerda: Conceder la GRACIA DE INDULTO a favor del señor JOSÉ DÍAZ DÍAZ. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN: LA CEIBA SAN PEDRO SULA CHOLUTECA La Ceiba, Atlántida, Barrio El Centro, Choluteca, Choluteca, barrio Solares Nuevos, Ave. Colón, 5a. calle, 6 y 7 avenida, 1/2 cuadra arriba barrio La Esperanza, calle edificio Pina, 2a. planta, Aptos. de Farmacia SIMÁN. Tel.: 5550-8813 principal, costado Oeste A-8 y A-9 del Campo AGACH Tel.:4443-4484 Tel.:7782-0881 Nombre: Dirección: Teléfono: Empresa: Dirección Oficina: Teléfono Oficina: Remita sus datos a: Empresa Nacional de Artes Gráficas precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 Suscripciones: