Acuerdo SAR-002-2017, No.34,229 del 3 de enero del 2017: Estructura Organizacional del Servicio de Administración de Ren
DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES LIC. MARTHA ALICIA GARCÍA Gerente General JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 Administración: 2230-3026 Planta: 2230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL Acuerdos, Resoluciones y Providencias, según lo establecido en el Artículo 116 de la Ley General de la Administración Pública. POR TANTO En uso de las facultades de que está investida y en aplicación de los Artículos 30 párrafo final, 35, 116, 118 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; 3, 4, 5, Ley de Procedimiento Administrativo; 195 No. 1), 197 No. 1), 199 No. 5) del Código Tributario; 27 y 28 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo; y, Acuerdo Ejecutivo No. 001-A-2017. ACUERDA PRIMERO: Nombrar a la ciudadana CARMEN ALEJANDRA SUÁREZ PACHECO, en el cargo de Secretaria General del Servicio de Administración de Rentas (SAR). Asimismo, se le delega la facultad de firmar Providencias. SEGUNDO: La funcionaria devengará el salario asignado en la escala salarial que se aprobó al efecto. TERCERO: La Delegada es responsable de la función delegada. CUARTO: El presente acuerdo es efectivo a partir de la presente fecha y deberá ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta. NOTIFÍQUESE. MIRIAM ESTELA GUZMÁN BONILLA MINISTRA DIRECTORA Servicio de Administración de Rentas ACUERDO No. SAR-002-2017 SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE RENTAS CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo 170-2016 que contiene el Código Tributario se creó a la Administración Tributaria como una entidad Desconcentrada adscrita a la Presidencia de la República, con autonomía funcional, técnica, administrativa y de seguridad nacional, con personalidad jurídica propia, responsable de la administración tributaria, con autoridad y competencia a nivel nacional y que estará a cargo de un Director Ejecutivo con rango Ministerial nombrado por el Presidente de la República. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 01-2017, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 195 del Código Tributario se denominó a la Administración Tributaria como SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE RENTAS (SAR). CONSIDERANDO: Que mediante acuerdo ejecutivo número 001-A-2017 se nombró a la ciudadana MIRIAM ESTELA GUZMAN BONILLA en el cargo de Directora Ejecutiva con rango ministerial, con facultades para aprobar y ejecutar los actos administrativos conforme a ley. CONSIDERANDO: Que los órganos administrativos desarrollarán su actividad sujetándose a la jerarquía normativa establecida en el Artículo 7 de la Ley General de la Administración
Pública y con arreglo a las normas de economía, celeridad y eficacia, a fin de lograr una pronta y efectiva satisfacción del interés general. CONSIDERANDO: Que según el numeral 6 del artículo 199 del Código Tributario, establece como facultad del Director Ejecutivo aprobar los acuerdos que contengan las normas internas de la institución, incluyendo aquellos instrumentos, normas y manuales que regulan la estructura organizacional y funcional, su régimen laboral de remuneraciones y de contrataciones; así como los relacionados con la implementación de los reglamentos de la materia tributaria, según corresponda. CONSIDERANDO: Que en aplicación a la normativa antes enunciada y para promover la consecución de los objetivos y mejorar el cumplimiento de la misión, políticas y funciones de la Institución, se hace necesario aprobar la Estructura Organizacional del Servicio de Administración de Rentas. POR TANTO En uso de las facultades que la Ley le confiere y en aplicación de lo establecido en los Artículos: 321 de la Constitución de la República; Artículos 195, 197 y 199 del Código Tributario; 43, 45, 116, 118 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; 30 de la Ley de Procedimiento Administrativo y demás disposiciones legales aplicables. ACUERDA: PRIMERO: Aprobar la Estructura Organizacional del Servicio de Administración de Rentas (SAR) como se detalla a continuación: DIRECCIÓN NACIONAL DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE RENTAS
DIRECCIÓN GRANDES CONTRIBUYENTES TEGUCIGALPA
DIRECCIÓN GRANDES CONTRIBUYENTES SAN PEDRO SULA OFICINAS TRIBUTARIAS
SEGUNDO: La DIRECCION NACIONAL tendrá su sede en la Capital de la República. TERCERO: Se crean las Direcciones Regionales Siguientes: DIRECCIÓN REGIONAL CENTRO SUR con sede en la Ciudad de Tegucigalpa y jurisdicción en los departamentos de Francisco Morazán, Choluteca, El Paraíso, Olancho, Comayagua, V alle, Intibucá y La Paz; DIRECCIÓN REGIONAL NOR OCCIDENTE con sede en la Ciudad de San Pedro Sula y jurisdicción en los Departamentos de Cortés, Santa Bárbara, Copán, Lempira, Ocotepeque y Yoro, y DIRECCIÓN REGIONAL NOR ORIENTE con sede en la Ciudad de La Ceiba y jurisdicción en los Departamentos de Atlántida, Colón, Islas de la Bahía y Gracias a Dios. CUARTO: Se crean las DIRECCIONES DE GRANDES CONTRIBUYENTES con sede en las Ciudades de Tegucigalpa y San Pedro Sula con la siguiente jurisdicción: Grandes Contribuyentes Tegucigalpa en los Departamentos de Francisco Morazán, Choluteca, El Paraíso, Olancho, Comayagua, Valle, Intibucá y La Paz; y Grandes Contribuyentes San Pedro Sula en los Departamentos de Cortés, Santa Bárbara, Copán, Lempira, Ocotepeque, Yoro, Atlántida, Colón, Islas de la Bahía y Gracias a Dios. QUINTO: El Departamento de Fiscalidad Internacional y Precios de Transferencia asignado a la Dirección de Grandes Contribuyentes con sede en Tegucigalpa tendrá jurisdicción para conocer asuntos a nivel nacional y sobre cualquier categoría de contribuyentes. SEXTO: Se crean las DIRECCIONES DEPARTA- MENTALES siguientes: Olancho con sede en Juticalpa, El Paraíso con sede en Danlí, Choluteca con sede en Choluteca, Comayagua con sede en Comayagua, Copán con sede en Santa Rosa de Copán, Santa Bárbara con sede en Santa Bárbara y Colón con sede en Tocoa. SÉPTIMO: Se crean las OFICINAS TRIBUTARIAS con sede en: Nacaome, Marcala, La Esperanza, Gracias, Ocotepeque, Puerto Cortés, Peña Blanca, El Progreso y Roatán. OCTA VO: El presente Acuerdo es efectivo a partir de su fecha y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. PUBLÍQUESE. MIRIAM ESTELA GUZMÁN BONILLA MINISTRA DIRECTIORA, SAR CARMEN ALEJANDRA SUAREZ PACHECO SECRETARIA GENERAL ACUERDO No. SAR-005-2017 SERVICIO DE ADMINISTRACION DE RENTAS CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo número 170-2016 de fecha quince de diciembre del dos mil dieciséis que contiene el Código Tributario, se crea la Administración Tributaria como una entidad Desconcentrada adscrita a la Presidencia de la República, con autonomía funcional, técnica, administrativa y de seguridad nacional, con personalidad jurídica propia, responsable del control, verificación, fiscalización y recaudación de los tributos, con autoridad y competencia a nivel nacional, denominándose por el Poder Ejecutivo SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE RENTAS (SAR). CONSIDERANDO: Que la desconcentración funcional se verifica mediante la creación de entidades u órganos que no obstante depender jerárquicamente de un órgano central, se les atribuye competencia propia, la cual ejercitan con autonomía técnica-administrativa y financiera. CONSIDERANDO: Que el Artículo 197 numeral 1) del Decreto Legislativo precitado establece que la Administración Tributaria, ahora denominada Servicio de Administración de Rentas (SAR) está a cargo de un(a) Director(a) Ejecutivo(a), debiendo contar con un Subdirector(a) Ejecutivo(a) quien le sustituye en su ausencia. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 001-A-2017 se nombró a la ciudadana MIRIAM ESTELA GUZMÁN BONILLA en el cargo de Directora Servicio de Administración de Rentas